Suspenden la prohibición de poner azucareras en las mesas de los bares de Córdoba Capital
Un juez federal tucumano dejó sin efecto la ordenanza municipal; rechazo cordobés
SAN MIGUEL DE TUCUMÁN y CÓRDOBA.- Tucumán le ganó una batalla a Córdoba Capital en la "guerra del azúcar", que se desató tras la sanción de una ordenanza que busca limitar el consumo de ese producto en los locales gastronómicos de la ciudad mediterránea.
La justicia federal le ordenó ayer a la Municipalidad de Córdoba que suspenda inmediatamente la aplicación de la norma, que prohíbe la exhibición de azucareras y sobrecitos en las mesas de los bares y restaurantes de esa ciudad. Pero también obliga a los establecimientos a contar con productos light (10%, en el caso de las heladerías) y a colocar carteles en lugares visibles donde se advierta que "el consumo excesivo de azúcar es perjudicial para la salud".
Por considerar que la norma cordobesa es perjudicial para la principal actividad agroindustrial de Tucumán, donde se genera el 70% de la producción nacional de azúcar, con 1,4 millones de toneladas por año, distintas entidades vinculadas al sector recurrieron a la Justicia para pedir que sea declarada inconstitucional.
El titular del Juzgado Federal 1 de Tucumán, Daniel Bejas, hizo lugar a ese reclamo y dictó una cautelar en la que le ordena a la Municipalidad de Córdoba "la inmediata suspensión de la ordenanza, hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo (es decir si es considerada inconstitucional o no)".
La norma de la polémica fue sancionada por el Concejo Deliberante el 7 de septiembre y quedó promulgada automáticamente el 4 de este mes, debido a que el intendente Ramón Mestre (Cambiemos) dejó cumplir los plazos sin expedirse al respecto. De todos modos, recién entraría en vigencia en abril de 2018, cuando se cumpla el período de 180 días desde su promulgación, tal como quedó establecido cuando fue aprobada.
En su sentencia, el juez Bejas advirtió que la ordenanza estaría violando distintos artículos de la Constitución que le otorgan al Estado nacional y a los gobiernos provinciales la facultad de legislar en materia de salubridad pública. "El municipio legisló como si tuviera facultades exclusivas, tanto en la información al consumidor como en la publicidad, la etiquetación, comercialización, producción, etcétera; invadiendo competencia del Estado federal y de la provincia en clara transgresión de los artículos 5 y 31 de la Constitución nacional", detalla el fallo que se conoció el mismo día en que trascendió que concejales de la ciudad de La Rioja estudian sancionar una ordenanza similar a la cordobesa.
"No tiene competencia"
En la Municipalidad de Córdoba negaban haber sido notificados respecto del fallo y advertían que el juez tucumano "no tiene competencia para resolver sobre algo dispuesto en Córdoba", según Alfredo Sapp, subasesor letrado de ese distrito.
"La ordenanza no implica cercenamiento a la actividad que desarrollan los productores azucareros de Tucumán ni de otros distritos; no existe en el texto la palabra prohibición, sino que se refiere al consumo responsable, a que los trabajadores gastronómicos la ofrezcan en lugar de estar en las mesas", argumentó Saap.
Otras noticias de Alimentación saludable
Más leídas de Economía
Cronograma. Quiénes cobran prestaciones de la Anses esta semana
Emprendedor. El secreto de un profesional para aumentar la facturación de una empresa de US$1 a 25 millones de dólares
Director. Un hermano del subsecretario de Prensa de Milei quedó a cargo de una oficina del Senasa
Para diciembre. El Gobierno actualizó los valores de la jubilación: de cuánto son el mínimo y el máximo