Monotributo: vence hoy el plazo para adherir a un beneficio clave
Los monotributistas que hayan cumplido con todos sus pagos desde enero de 2017 y hasta el 26 de agosto de este año estarán liberados, durante el primer semestre de 2021 y por un período de entre dos y seis meses, de pagar el componente impositivo de su aporte mensual. La extensión exacta en el tiempo de esa exención dependerá de la categoría en la que esté ubicado el contribuyente.
Pero ese beneficio, que fue dispuesto por la ley de moratoria impositiva para quienes no necesiten ingresar a un plan de perdón fiscal (justamente, por haber cumplido con sus obligaciones) no es automático: hay que hacer un trámite de inscripción en la página de la AFIP. El plazo, que originalmente iba a vencer el 30 de noviembre, fue luego prorrogado hasta hoy, martes 15 de diciembre, según informó el organismo de recaudación en su página web.
El "premio" para contribuyentes cumplidores fue incluido en la ley 27.562 a pedido de legisladores de la oposición. Se trata de la normativa con la cual el Congreso amplió los alcances de la moratoria por deudas con el fisco que se había aprobado a fines de 2019. Una resolución de la AFIP, la 4855, definió luego cuáles son los períodos por los que regirán las exenciones.
En rigor, la ley incluyó disposiciones que alcanzan a tres grupos de contribuyentes, siempre para los casos de quienes, por su situación frente al sistema impositivo, no necesiten la moratoria: monotributistas, autónomos y micro y pequeñas empresas.
En el caso de los contribuyentes adheridos al régimen impositivo simplificado, la cantidad de cuotas que no se pagarán depende de la categoría en la que se esté. Los ubicados en los escalones más bajos de la escala, en las categorías A y B, los meses con exención serán los seis que van de enero a junio de 2021. Para las categorías C y D, el beneficio regirá de enero a mayo; en las categorías E y F no se abonarán las cuotas mensuales entre enero a abril, en tanto que quienes, por su nivel de facturación, estén en las categorías G y H tendrán tres meses con exención. Y, finalmente, para los ubicados en los niveles I, J y K (que incluye solo actividades de comercio y no la prestación de servicios) estarán liberados de los pagos de enero y febrero, aunque de manera limitada, dada la disposición de un tope en el monto total.
La condición es que, al 26 de agosto pasado, todas las obligaciones hayan estado al día, aun cuando se hubieran pagado fuera de término (pero, siempre, antes de esa fecha). Con cualquier deuda registrada por la AFIP hasta esa fecha, por reducida que sea, el pedido de adhesión del contribuyente resulta rechazado.
La exención temporal no alcanza a los aportes previsionales y a la obra social: esos pagos sí deberán hacerse. El límite que regirá para todos los casos es de $17.500, según establece la ley. Por eso, en las categorías más elevadas el beneficio no contemplará la totalidad del pago correspondiente a la cantidad de meses dispuesta, porque en la práctica se superará ese tope.
En rigor, todavía no se sabe de cuánto serán las cuotas del monotributo durante 2021. En los últimos años y por una disposición legal, la actualización tanto de los montos a pagar mensualmente como de las cifras topes de facturación de cada categoría, se hizo en función del porcentaje en que habían aumentado en el año previo las jubilaciones y pensiones de la Anses, de acuerdo con la fórmula de movilidad. Pero este año no rigió la fórmula de cálculo, sino que el Poder Ejecutivo dispuso recomposiciones a los haberes otorgadas de forma discrecional y de niveles inferiores a los que hubieran correspondido por la fórmula que rigió en 2018 y 2019. El porcentaje no fue para todos por igual, sino que varió entre el 24,3% y el 35,3%, dependiendo del nivel de ingresos. Por ahora, no se conoce cómo se hará para 2021 la actualización de las variables del monotributo.
"La ley fijó un tope de monto fijo, que es de $17.500, no actualizable; el paso del tiempo para la instrumentación de la medida hace que eso cada vez represente menos", sostuvo la contadora Florencia Fernández Sabella, en referencia al deterioro del valor de una suma en pesos, por efecto de la inflación. Esa cifra, de hecho, se aprobó agosto de este año y regirá para el primer semestre de 2021, cuando los valores de pago del monotributo serán, seguramente, más elevados que los actuales. Solo entre agosto y octubre el Índice de Precios al Consumidor (IPC) medido por el Indec acumuló un alza de 9,6%, en tanto que hoy se conocerá el dato de noviembre.
En el caso de los autónomos, lo establecido por la ley es que para el ejercicio anual 2020 puedan descontar de la base imponible una deducción especial, que en la práctica equivale a $61.930,58. La ley dice, específicamente, que esos contribuyentes "tendrán derecho a deducir, por un período fiscal, de sus ganancias netas un importe adicional equivalente al cincuenta por ciento (50%) del previsto en el artículo 30, inciso a) de la Ley de Impuesto a las Ganancias". Ese inciso se refiere a la ganancia no imponible, hoy de $123.861,17.
Para las micro y pequeñas empresas que hayan cumplido con sus obligaciones de declaraciones y pagos desde enero de 2017 y hasta agosto pasado, en tanto, se habilita la posibilidad de hacer amortizaciones aceleradas por inversiones en bienes muebles y obras de infraestructura que se hagan en el período comprendido entre el 26 de agosto pasado y el 31 de diciembre de 2021.
La reglamentación, en el Boletín Oficial:
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