Monotributistas: cuántos cobrarían el ingreso de emergencia y qué requisitos deben cumplir
En las categorías A y B del monotributo hay 943.000 personas por las cuales no se registran otros ingresos. Es decir: son contribuyentes que facturan hasta $313.108,87 anuales (ese es el tope de ingresos para estar en esos casilleros del régimen impositivo simplificado) y que no reciben dinero de otra fuente, ya sea por ser empleados bajo relación de dependencia o por estar jubilados o pensionados. Si a esa cifra, informada a LA NACION por la AFIP, se le suman los 430.000 anotados en la categoría social, son entonces 1.373.000 los monotributistas que podrían recibir, en principio, el ingreso familiar de emergencia de $10.000 creado por el decreto 310.
La medida alcanza también a los trabajadores de la economía informal, a las familias que cobran Asignación Universal por Hijo (AUH), a los desocupados y a las personas que se desempeñan en el servicio doméstico; en este último caso, según informaron en la Anses, el ingreso les llegará tanto si están en blanco como si están en el sector informal. Con excepción de las familias con AUH, los beneficiarios deberán inscribirse en la página del organismo previsional en los últimos días de este mes (según un cronograma que se detalla en esta misma nota) para solicitar el subsidio, que busca aliviar los efectos del agravamiento de la crisis de la actividad económica provocado por el coronavirus.
El número de monotributistas de menores ingresos -que incluye a 676.000 contribuyentes de la categoría A y a 267.000 de la categoría B- no es el del total de personas que accederán al beneficio, sino el del universo dentro del cual están quienes resultarán alcanzados. Según la medida dispuesta y anunciada por los ministros de Economía y de Trabajo, Martín Guzmán y Claudio Moroni, para cobrar habrá que cumplir, en términos generales (es decir, no solo si se es monotributista) también otros requisitos (además de tener entre 18 y 65 años y residir legalmente en país desde hace al menos dos años) que son los siguientes:
-Ningún integrante del grupo familiar directo debe recibir un sueldo por ser trabajador dependiente, ya sea del sector público o privado.
-Tampoco puede haber en el grupo familiar alguien que perciba prestación por desempleo, jubilación, pensión u otro tipo de retiros de carácter contributivo o no contributivo que provengan de la Nación, de alguna provincia o de algún municipio.
-Además, el ingreso es incompatible si en la familia hay alguien que está en el régimen de autónomos o en el monotributo en una categoría superior a la B. Es decir, si hay alguien en el sistema impositivo simplificado que tenga ingresos por una cifra superior a los $313.108,87 anuales (eso da un promedio mensual de $26.092).
-Ningún integrante del hogar debe estar cobrando algún plan social (Salario Social Complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otro, de cualquier jurisdicción). El ingreso de emergencia sí es compatible, en cambio, con el cobro de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y con el de la beca Progresar para estudiantes. Para quienes perciben planes sociales, en rigor, el Gobierno ya había anunciado un bono extraordinario de $3000 (que se suma a la prestación mensual), en tanto que para las familias que perciben AUH, los $10.000 se suman a los $3103 por hijo que también ya se habían establecido.
¿Y quiénes son las personas que integran el grupo familiar, para el objetivo de establecer si hay incompatibilidades? Según afirmaron en la Anses ante la consulta de LA NACION, esa definición estará incluida en la reglamentación que se conocerá en los próximos días. En principio, se trataría del titular, cónyuge o conviviente e hijos menores de 18 años o con discapacidad (en este último caso, sin límite de edad).
En el caso de los monotributistas, el número total de quienes están en las categorías A y B y en la social y no tienen otros ingresos registrados, equivale al 57% de los considerados "puros" (sin entrada de dinero de otras fuentes laborales o previsionales), y al 38% del total de contribuyentes del régimen (aquí se incluye a los que son, por ejemplo, también asalariados), siempre según datos de la AFIP. Por las incompatibilidades, los porcentajes serán menores.
Por otra parte, si se da el caso de dos integrantes de un matrimonio que están, cada uno de ellos, alcanzados por la medida, entonces el cobro será de $10.000 y no se duplicará, ya que la medida fue pensada para ingresos por hogar y no por personas.
Según lo establecido hasta ahora, para cobrar el ingreso de emergencia no será una condición estar al día con los pagos de los aportes mensuales del sistema. Y, en el caso de que se estén percibiendo ingresos vinculados a la propia actividad declarada en el monotributo (es decir, si se facturó en los últimos días o se factura en los próximos, sin importar cuanto), también se abonará el subsidio, según aclararon fuentes de la Anses.
El organismo previsional está trabajando en la redacción de las normas de reglamentación. Mientras tanto, se dispuso que entre el viernes 27 y el martes 31 de este mes, todos los beneficiarios (con excepción de las familias en las que se cobra la AUH) tendrán que completar un formulario que estará en la página web y en la app de la Anses.
Para quienes tengan documento cuyo último número sea 0 o 1, la fecha para ingresar la solicitud será el viernes 27 de marzo; si el documento finaliza en 2 o 3, habrá que hacer el trámite el sábado 28 y si termina en 4 o 5, el domingo 29. Si el último número es 6 o 7, el aplicativo deberá completarse el lunes 30, y si es 8 o 9, el martes 31.
Una vez terminado ese período, la Anses hará el relevamiento de información y el cruce de datos para detectar eventuales incompatibilidades. Luego se pedirá, en los casos en que haya, la identificación de una cuenta bancaria.
Las familias que cobran Asignación Universal por Hijo (AUH) no deberán hacer este trámite de pre-inscripción y el pago (ya previsto sin gestión previa), será en la misma cuenta en la que se recibe la prestación todos los meses.
Una cuestión práctica, según afirmaron en la Anses, es que se necesitará tener activada la clave de la seguridad social, que es la que permite ver datos personales y hacer trámites dentro de la página del organismo. Esa clave se gestiona de manera online (hay que ir al apartado que dice Mi Anses). Para verificar la identidad de la persona que la está pidiendo, el sistema requiere responder preguntas sobre su situación laboral o previsional, o sobre datos tales como domicilio y vínculos familiares.
El pago de los $10.000 se hará durante el mes de abril, aunque todavía no está establecida la fecha exacta. Y se están definiendo las modalidades de cobro para quienes no están bancarizados.
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