Impuesto a la riqueza: una decisión de Economía le facilita el cobro a la AFIP
Primero fue una advertencia; ahora es una realidad: la AFIP podrá endurecer su estrategia para “adelantarse” a las eventuales jugadas que los contribuyentes del impuesto a la riqueza desplieguen con el objetivo de evitarlo. El fisco va detrás de 13.000 personas que, según calculó, tienen una obligación de cumplir con el vencimiento, que será el 30 de marzo. Varias de ellas confirmaron que irían a la Justicia a pelear este pago antes de realizarlo, decisión que hoy podría complicarse por una confirmación del Ministerio de Economía: el “aporte solidario” es un “ingreso no tributario”.
Para abogados que se dedican a los impuestos y tributaristas, esta precisión del Ministerio de Economía ayudaría a la AFIP a tener más libertad y rapidez para, por un lado, complicar la judicialización y suspensión del pago por parte de los contribuyentes y, por el otro, para intimar más fácilmente al pago a través de inhibiciones y embargos sin tener que pasar por una determinación de oficio, un proceso tributario que tiene sus tiempos.
“Si uno califica al ‘aporte’ como ‘no tributo’, eso podría ser utilizado por la AFIP para considerar que no tiene que seguir el procedimiento de determinación de oficio y llevarlo hasta el Tribunal Fiscal. Allí, el contribuyente puede litigar sin pagar un solo centavo mientras se mantiene el pleito. En cambio, si esto no existe, el fisco puede saltearlo y directamente emitir una intimación, y si no se paga, se va al apremio con inhibiciones y traba de medidas en forma automática”, explica Luciano Cativa, abogado especializado en impuestos y socio de FB Tax Legal.
Ante la consulta de este medio, fuentes oficiales confirmaron que el organismo recaudador está “evaluando los pasos a seguir” a partir de esta decisión. Cabe recordar que el fisco ya advirtió que prepara denuncias penales contra 2500 contribuyentes del impuesto a la riqueza que no presentaron su declaración jurada, lo que, según su visión, constituiría un ardid para evadir el impuesto.
César Litvin, de Lisicki Litvin & Asociados, advierte que la AFIP y el Gobierno deberían ponerse de acuerdo sobre si considerarán al “aporte” como un tributo o no, porque de eso dependerá la posibilidad de aplicar la Ley Penal Tributaria, a la que remite la propia norma del “impuesto a la riqueza” para dirimir conflictos. En ese sentido, el contribuyente podría llegar a defenderse en el Tribunal Fiscal de la Nación, y todo ese proceso hasta llegar a la sentencia suspende el pago del impuesto, explica el tributarista.
De todos modos, añade, “aunque se lo quiera disfrazar, este es un impuesto, y por eso se le aplican todas las posibilidades recursivas que tiene un contribuyente ante un tributo que considere ilegítimo”.
“Hay una contradicción entre el objetivo de no considerarlo tributo con la remisión que hace la propia ley del ‘aporte solidario’ al procedimiento penal tributario; el fisco quiere recaudar y después pelearlo judicialmente a largo plazo, para después, si pierde, devolver un ‘helado derretido’”, agrega Litvin sobre el efecto que la inflación y el paso del tiempo tendrían en una posible compensación por parte del fisco luego de una sentencia positiva para el contribuyente.
Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios, no ve tan sencillo que la AFIP no aplique el procedimiento de determinación de oficio a pesar de la declaración de “ingreso no tributario”, pero podría suceder que “el fisco sostenga que la determinación no es apelable ante el Tribunal Fiscal de la Nación porque ‘esto no es un impuesto’”.
Para Humberto Bertazza, del estudio Bertazza, Nicolini Corti y Asociados, la resolución de hoy solo tiene importancia “a los efectos del registro presupuestario”. El contribuyente, asegura, todavía podría ir a la Justicia, porque la norma que dio origen al “aporte solidario” así lo permite. “Una resolución no puede cambiar lo que está escrito en una ley”, concluye.
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