De cuánto es el reintegro de AFIP en compras hechas con tarjeta
El organismo fiscal extendió hasta fin de año el beneficio y elevó su tope; quiénes están alcanzados por este régimen y cómo se realiza la acreditación de los montos
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La AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) modificó el porcentaje de reintegro para las compras con tarjeta de crédito y débito que realicen las personas pertenecientes a sectores vulnerables. De esta forma, la devolución ahora es del 15 por ciento y se extiende hasta el 31 de diciembre de 2023.
Según la información oficial publicada en la resolución 5360/2023, el beneficio consiste en un reintegro sobre el monto total de los consumos con tarjetas de débito que hagan las personas que cobren el haber mínimo de la jubilación, de la pensión por fallecimiento o de la Pensión No Contributiva; o que sean titulares de asignaciones universales por hijo o embarazo.
La entidad que dirige Carlos Castagneto señala que los reintegros se acreditan en forma automática cuando los beneficiarios hacen compras en comercios con la tarjeta de débito que tengan asociada a la cuenta en la cual perciben sus prestaciones. Esta devolución también está aplica a las operaciones abonadas con esas tarjetas bajo la modalidad de pago electrónico inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR).
En síntesis, para comprender el alcance de estos reintegros, se deben tener en cuenta las siguientes consideraciones:
- La tarjeta de débito debe estar asociada a la cuenta bancaria de un jubilado, pensionado o titular de asignaciones universales por hijo o embarazo.
- El comercio debe estar inscripto en AFIP con alguno de los siguientes códigos de actividad.
Cuáles son los topes de reintegro de AFIP
Se reintegrará el 15 por ciento del importe total abonado, siempre que no supere los $4.056 por mes y por beneficiario. En caso de percibir dos o más asignaciones, el reintegro no podrá superar los $8.114.
Qué compras se incluyen en el reintegro de AFIP
El régimen abarca a las compras que se hagan en mini, súper e hipermercados, sumado a los que realicen venta de productos alimenticios, como los almacenes de barrio, siempre que se encuentren inscriptos ante la AFIP. También están alcanzados los kioscos, las verdulerías, carnicerías y pescaderías.
Según consta en el sitio oficial de AFIP, además, aplica a las compras que se efectúen con tarjetas de débito en farmacias y en comercios dedicados a la venta minorista o mayorista que facturen a consumidores finales.
Quiénes pueden acceder la reintegro de AFIP
- Jubilados que cobren la mínima.
- Titulares de una pensión mínima por fallecimiento.
- Beneficiarios de una Pensión No Contributiva (PNC) nacional mínima (invalidez, vejez, madre de 7 o más hijos, etc.).
- Titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH).
- Titulares de la Asignación Universal por Embarazo (AUE).
Si el interesado desea conocer con exactitud si aplica a no a este régimen, puede consultarlo ingresando sus datos personales en el apartado de consultas de AFIP, con el número de CUIL y código de seguridad.
Plazos para la acreditación del reintegro
El reintegro se efectuará automáticamente en la cuenta bancaria que percibe el beneficio, pero esto dependerá del horario en que se realizó la compra:
- Para las compras que se realicen hasta las 17, la acreditación se hará efectiva dentro de las 24 horas hábiles de efectuada la operación.
- Para las compras hechas luego de las 17, el reintegro se realizará dentro de las 48 horas hábiles de efectuada la operación.
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