Para el organismo, el dar de baja para determinados operadores de granos en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA) facilita la integración y el acceso a los sistemas de información, promoviendo una mayor eficiencia en la gestión de las liquidaciones
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Con el objetivo de impulsar el comercio y la producción mediante la simplificación de trámites y la reducción de la carga administrativa de los contribuyentes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de inscripción en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA) para determinados operadores de granos.
Por medio de la Resolución 5558/2024, publicada hoy en el Boletín Oficial, el organismo conducido por Florencia Misrahi dio de baja la obligación de inscripción en el RUCA para ciertos sujetos que desarrollan actividades de compraventa de granos y derivados para consumo propio.
“Esta actualización facilita la integración y el acceso a los sistemas de información, promoviendo una mayor eficiencia en la gestión de las liquidaciones. En cuanto a la fiscalización, el organismo mantendrá sus facultades de verificación y fiscalización para asegurar el cumplimiento de las normativas vigentes. La permanencia de estos contribuyentes en el régimen estará condicionada a la conservación de sus respectivas categorías como operadores en la cadena de comercialización de granos”, dijeron en un comunicado.
En el mismo sentido, indicaron que se vienen implementado otras simplificaciones al respecto. Recientemente, eliminaron requisitos documentales y lograron dar de baja trámites para los sectores productivos como el agropecuario, tales como la obligación de registrar los contratos de alquiler ante el organismo; la reducción de cinco a dos de las declaraciones juradas que deben presentar los establecimientos rurales con el resultado de la producción de la cosecha.
Además implementaron la eliminación del Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y la evaluación de la Capacidad Económica Financiera (CEF), como pasos previos para comprar mercadería del exterior; la eliminación del Registro de Exportadores de Carbón Vegetal (RECAR), la simplificación del registro de trabajadores que, mediante la aplicación “Mi AFIP” se puede dar de alta un trabajador ingresando solo siete datos y; la eliminación de la necesidad de contar con el comprobante denominado “Hoja de ruta yerbatera” y del “Libro de Movimientos y Existencias”, mediante el cual los molinos, secaderos y/o depósitos ya no tendrán que registrar de forma obligatoria los ingresos, egresos y existencias de dichos productos; entre otros.
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