Monotributo: ARCA notificó recategorizaciones de oficio; cuáles son las causas y cómo oponerse y apelar la decisión
El organismo envió notas por considerar que tuvieron más ingresos que los declarados, y se generó polémica porque contadores y contribuyentes sostienen que se usaron datos de transferencias de billeteras virtuales ajenas a la actividad económica; cuál es la respuesta oficial y cómo oponerse a la reubicación
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Luego de un cruce de datos sistémico, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) notificó a un grupo de monotributistas que los recategorizará de oficio, por haber detectado que la ubicación que tienen en la tabla “resulta inexacta”. Se trata de un procedimiento que hace el organismo recaudador cada vez que finaliza un período en el cual los contribuyentes deben revisar su situación frente al impuesto y, en caso de resultar necesario, cambiar de categoría. En relación con lo facturado en todo 2025, ese trámite debió realizarse entre mediados de enero y el 5 de este mes.
Desde ARCA señalaron, ante la consulta de LA NACION, que se observó lo percibido el año pasado por quienes tienen habilitados cobros con QR, tarjeta de crédito o de débito en la actividad que desarrollan, para verificar si los montos ingresados por esas vías se condicen con la facturación admitida en la categoría en la que se ubicó el monotributista, o en la cual se quedó si no hizo el trámite. La información con la que cuenta el organismo respecto de lo percibido por ventas o servicios a través de tarjeta o códigos QR no tiene montos mínimos (le llegan los datos de todas las operaciones).
Fuentes del organismo dijeron que esa fue la principal causa de las recategorizaciones de oficio y afirmaron que no se usaron datos de transferencias a billeteras virtuales, pese a los comentarios en redes sociales de quienes dicen haber sido mudados de categoría por la recepción de dinero en ese instrumento, que respondió a razones personales o familiares y no a la actividad económica por la que están en el monotributo.
La cuestión, de hecho, provocó mucho ruido en las redes, dado que contadores y monotributistas refieren casos en los que, aseguran, la explicación a la recategorización está en las transferencias recibidas por motivos diversos, ajenos a la venta de bienes y servicios. Incluso, reportan casos en los que el monotributista no acepta pagos con QR o tarjetas y, aun así, fue recategorizado de oficio sin que haya otras causas posibles más que las transferencias a billeteras virtuales, como la de Mercado Pago.
La alta repercusión respondería también a que habría muchas más notificaciones que en períodos anteriores.
En ARCA recordaron que en mayo de 2025 se modificaron los parámetros que definen qué información recibe el organismo de determinadas operaciones. Según lo dispuesto, de las billeteras virtuales solo deberían llegarle datos de transferencias y acreditaciones superiores a $50 millones, si se trata de personas físicas. Es decir, según el organismo, no se consideran esos ingresos de dinero, ni se tienen siquiera los datos (salvo que, por algún motivo como un error, estén incluidos en la información reportada al organismo por la billetera).
Las fuentes dijeron que, pese a tener información de meses de 2025 previos a la decisión de subir el umbral para el reporte de datos, tampoco se usaron para las recategorizaciones de oficio. Y no fue tenida en cuenta, agregaron, información sobre consumos.
Según la normativa, el ente estatal tiene 10 días hábiles, tras el cierre del período de recategorización, para hacer las tareas de oficio. Ese plazo ya está ahora cumplido, por lo que no llegarán nuevas notas.
Polémica por las billeteras
A media mañana del jueves, luego de que se expandieran los posteos de monotributistas sobre el tema, la cuenta de la red X “Oficina de Respuesta Oficial” calificó como “absolutamente FALSO” que se utilice información de ”transferencias personales o movimientos familiares de billeteras virtuales" para la recategorización. ”ARCA no utiliza transferencias personales (préstamos, regalos, propinas, dinero propio transferido entre cuentas, etc.) para recategorizar. Lo que se informa y se analiza son operaciones comerciales cobradas con tarjeta de crédito, débito o QR, tal como figura explícitamente en las notificaciones enviadas", se señaló. Y se recordó que hay un plazo para poder aclarar la diferencia entre lo declarado y el dinero ingresado.
Pero esa publicación no logró disipar las dudas y en muchos casos la indignación entre profesionales y monotributistas. El contador Alejandro Rosenfeld indicó que las billeteras virtuales podrían haber enviado información de las transferencias (por ese hecho se habrían originado recategorizaciones). “Me parece que hay que analizar bien qué hizo Mercado Pago pq pareciera que metió en la misma bolsa transferencias de 3eros tipo regalo de colegio o de otras cuentas propias de bancos, con operaciones de venta. Esperemos se pueda dilucidar”, escribió en la red social X.
Desde el Gobierno señalaron que eso puede pasar “en casos aislados” (que haya errores en la información que se le remite a ARCA desde diferentes fuentes). “Para eso está la vía recursiva”, indicaron, en referencia a la posibilidad que tienen los contribuyentes de rechazar lo notificado por ARCA, dando sus argumentos. Y agregaron que si hay un recurso presentado, no se aplica la recategorización hasta tanto se resuelva.
Cómo apelar
Para quienes fueron avisados de una recategorización de oficio, ahora rige un período en el cual pueden justificar que sí estaban correctamente ubicados en la tabla del régimen simplificado. Es decir, pueden apelar la decisión notificada por ARCA.
A las notificaciones se accede ingresando en la página de ARCA con la clave fiscal y clikeando en “Domicilio Fiscal Electrónico”.

La apelación puede hacerse en un período de 15 días hábiles. Ese plazo se cuenta desde que el contribuyente abre la notificación, o bien desde el martes o el viernes inmediato siguiente a la fecha del envío (aunque no haya abierto la nota).
Es un trámite virtual y, para realizarlo, se debe clikear en “Presentaciones Digitales” y luego en “Recategorización de oficio del Monotributo – Apelación en término”. Si pasó más tiempo, está la opción de ir a “Recategorización de oficio del monotributo – Recurso fuera de término”.
En pantalla se habilita un espacio para escribir el descargo y se da la posibilidad de adjuntar documentación. También se piden datos de contacto, pero hay que tener en cuenta que las notificaciones sobre la resolución del trámite aparecerán en la solapa del “Domicilio Fiscal Electrónico”.
Según datos oficiales, los monotributistas eran, a septiembre pasado, poco más de 4,7 millones y, de ellos, alrededor de 2,4 millones son aportantes a la seguridad social. Seis de cada diez estaban en las dos categorías más bajas, la A y la B.
Nuevos montos
A mediados de enero el organismo de recaudación publicó la tabla del monotributo vigente desde este mes, con valores incrementados en un 14,29% respecto de los del semestre anterior. Ese índice responde a la inflación acumulada entre julio y diciembre de 2025. En línea con esa dinámica, la próxima actualización será en julio y estará referenciada en la variación de precios del primer semestre del año.
En la categoría A, el ingreso bruto tope anual es de $10.277.988,13, en tanto que en la B y en la C los montos son de $15.058.447,71 y $21.113.696,52 respectivamente (con promedios mensuales de $856.499; $1.254.871, y $1.759.475 en cada caso). El tope anual para estar en el régimen, que equivale a la mayor facturación de la categoría K, es de $108.357.084,05 (un promedio mensual de $9.029.757).
El reajuste de 14,29% incluyó los montos a pagar cada mes por el componente impositivo y por los aportes a la obra social y al sistema jubilatorio. En la categoría A se paga por los tres conceptos $42.386,74, de los cuales $4780,46 corresponden al impuesto; $15.616,17, al aporte jubilatorio, y $21.990,11, a la obra social.
El impacto que la suba tiene en cada monotributista respecto de lo pagado hasta enero depende de si, después de la recategorización, quedó en la misma categoría en la que ya estaba, o si se trasladó a otra más alta o más baja.
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