Dólar. Cambian reglas para que los pequeños emprendedores les vendan a otros países
Con el objetivo de aumentar la cantidad de productos argentinos que se vendan a otros países, el Gobierno subió los límites para que los pequeños emprendedores exporten.
La Administración Federal de Ingresos Públicos ( AFIP ) cambió el régimen para que las empresas habilitadas como prestadores de servicios postales PSP/Courier puedan exportar productos por hasta US$3000 por año. También se modificaron las exigencias para los usuarios que adquieran mercancías bajo este sistema.
Anteriormente, el límite para exportar tenía un tope de hasta US$1000, que ahora se triplicó y llego al mismo valor vigente para importar. "La idea es promover las micro exportaciones. Este cambio impactará favorablemente en las exportaciones de las pymes, porque les permite vender mercadería de bajo volumen sin agregar costos", explicaron fuentes de la AFIP.
Según la resolución 4450/2019 de la AFIP, publicada hoy en el Boletín Oficial, los envíos que ingresen dentro del régimen de importación por courier podrán ser de hasta 50 kilos, conformados por hasta tres unidades de la misma especie y que no presuman finalidad comercial. Además, la normativa oficial consigna que los envíos sólo podrán ser utilizados cinco veces por año y por persona. Estas mismas condiciones se adaptan para importación y exportación.
En tanto, el prestador de servicios postales deberá contar con domicilio fiscal electrónico constituido en la AFIP e informar a ese organismo la entrega del envío dentro de las 24 horas con el CUIT, CUIL o clave de identificación. Es decir, que ya no será necesario que los usuarios confirmen su compra.
El comprador recibirá un correo asociado a su domicilio fiscal electrónico donde se notifique la operación y podrá ingresar al módulo "envíos postales internacionales" de la página web de la AFIP para seguir los detalles del envío. Para realizar este movimiento, deberá contar con la clave fiscal tipo dos como mínimo, que se puede conseguir a través de la web de la AFIP o del banco, cuando anteriormente era el número tres, que requiere concurrir a la agencia de la AFIP.
El prestador de servicios postales PSP/Courier deberá conservar las constancias digitalizadas de entrega de los envíos por cinco años después de la operación porque podrán ser requeridas por la Aduana.
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