Cuál será el impacto de la medida adoptada por el Unión Europea que obliga a compañías como Google a obedecer las peticiones de los usuarios a remover determinados contenidos no deseados
Empezó en España. Un hombre pidió que borraran de internet una información sobre la subasta de una de sus propiedades por impago de impuestos en 1998, y el caso terminó en un tribunal europeo que por primera vez exige que se respete el "derecho al olvido" de un usuario en internet.
Esta sentencia es importante porque la Unión Europea reconoce que Google debe atender a las peticiones de los usuarios que soliciten el borrado de contenidos que les afectan negativamente.
Google, dijo el tribunal, es responsable de almacenar, indexar y por lo tanto procesar la información, por lo que es responsable del contenido que aparece en el buscador.
Y con este precedente, se espera que pronto empiecen a diluviar peticiones similares de miles de usuarios, lo que es motivo de alarma entre los que, como Google, consideran que esto atentará con el derecho a la información en la red.
Privacidad versus información
¿Hasta qué punto esto puede ser usado también por políticos o corporaciones para evitar que se difunda información de interés público?
Lo cierto es que la justicia europea fue muy clara al respecto.
Este tipo de peticiones sólo serán aceptadas teniendo en cuenta la naturaleza de la información en cuestión, en cómo afecta a la vida privada del usuario y en el interés público que tiene disponer de esta información, un interés que puede variar.
En este caso, la petición la hizo Mario Costeja González , quien en 2010 presentó una denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos porque cada vez que buscaba su nombre en Google aparecían artículos publicados en el periódico barcelonés La Vanguardia sobre la subasta de una de sus propiedades en 1998 por impago de impuestos.
La deuda quedó solventada, por lo que el contenido no sólo no tenía ya validez sino que afectaba negativamente a la reputación de Costeja.
La Agencia pidió a Google que retirara la información del buscador, pero como sucede en muchos de estos casos, el gigante buscador se negó, alegando que no tiene control sobre los datos personales, que sólo ofrece información disponible en la red, y que la compañía no debe ser forzada a actuar como censor.
Limpiar reputaciones
Es cierto que el buscador no tiene un control total sobre los datos difundidos en la red, aunque su labor de indexación contribuye en gran medida a la presencia que estos contenidos tienen en intenet.
Una vez en línea, los datos rebotan, se replican y quedan guardados en servidores de todo el mundo, por lo que borrarlos del todo puede ser una tarea titánica.
El punto conflictivo será el derecho al olvido del que ha cometido un crimen. ¿Tiene derecho al olvido alguien que violó o cometió un crimen hace muchos años?, dijo abogado especialista en derecho informático, Fernando Tomeo
Las empresas que se dedican a limpiar la reputación de sus clientes en la red suelen usar técnicas que van desde manipular el orden en el que aparecen contenidos en un buscador, gestionar redes e incluso, en casos extremos, crear contenidos nuevos para que los datos no deseados bajen en la lista de búsqueda.
Y en última instancia, estos limpiadores de reputaciones presentan acciones judiciales ante buscadores como Google o redes sociales como Facebook para que retiren los contenidos.
Aún así, es posible que algún resquicio de información quede grabado en algún lugar del ciberespacio esperando reflotar en cualquier momento.
Impacto global
Que obliguen a Google a actuar de moderador puede que no sea una solución definitiva, pero sin duda podría tener un impacto en la vida de aquellos cuya reputación se ha visto afectada en el ciberespacio.
Según el abogado especialista en derecho informático, Fernando Tomeo , la decisión del tribunal de la UE podría tener un impacto global, o por lo menos en América Latina.
El 21 de mayo próximo, por ejemplo, la corte suprema argentina tendrá que decidir sobre el caso de la modelo Belén Rodríguez, quien denunció a Google por que al buscar su nombre se la vincula con páginas de contenido pornográfico.
"El tema está en pleno debate ante la falte de una ley especial aplicable a buscadores de Internet", dijo Tomeo a BBC Mundo, "con lo cual este fallo en la UE se vincula con este tipo de casos en los que se pone en juego la reputación de una persona y su derecho a que se olvide su pasado".
"Para mi el punto conflictivo será el derecho al olvido del que ha cometido un crimen. ¿Tiene derecho al olvido alguien que violó o cometió un crimen hace muchos años?"
El límite
El fallo europeo se produce en un momento en que Google todavía capea el temporal desatado por el ex analista de la CIA, Edward Snowden .
Snowden aportó diapositivas que revelaban un programa conocido como PRISM, a través del cual se autorizaba a la Agencia Nacional de Seguridad (NSA) de Estados Unidos a acceder a los datos almacenados en servidores de datos de grandes empresas como Microsoft, AOL, Skype, Google, Apple y Facebook.
Datos que incluían fotografías, archivos, conversaciones de chat y correos electrónicos de civiles.
Google ha negado rotundamente estas acusaciones, pero muchos consideran que estos hechos han afectado su reputación sobre todo en lo que respecta a cómo la empresa concibe lo que es la libertad de información en la red.
De alguna forma, con este fallo, Europa está diciendo que el límite a la libertad de información está definitivamente en toda aquella información que no le concierne a nadie más que al usuario.
De todas formas, y teniendo en cuenta la naturaleza de internet, quizá el mismo consejo valdría tanto para Google como para los usuarios: para cuidar tu reputación en la red, lo mejor es tener precaución a la hora de entregar información privada a terceros.
Los antecedentes del derecho al olvido en la UE
- En 2012, la Comisión Europea anunció una propuesta de ley para defender el "derecho al olvido" de los usuarios en Internet.
- Esta ley obligaría a los proveedores del servicio a acatar la normativo a no ser que tuvieran una razón "legítima" para no hacerlo.
- La normativa sería una actualización de la Directiva de Protección de Datos en la UE de 1995.
- Algunas firmas de tecnología han expresado preocupación por el alcance de esta ley.
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