Viajes a Estados Unidos: cuáles son las excepciones para ingresar sin estar vacunado contra el Covid
El Centro de Control y Prevención de Enfermedades (CDC) publicó un listado de motivos que permiten viajar al país norteamericano sin estar inmunizado
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Tal como se había anunciado semanas atrás, a partir de hoy, los viajeros internacionales que quieran ingresar a Estados Unidos deberán presentar un certificado de vacunación completa contra el Covid-19. La medida, que aspira a ser la receta para reactivar un turismo paralizado hace más de un año, habilita la llegada solo de quienes estén inmunizados con vacunas aprobadas por la Administración de Medicamentos y Alimentos (FDA) o por la Organización Mundial de la Salud (OMS). Así, los inoculados con la Sputnik V quedan fuera del listado de personas habilidadas para ingresar a ese país hasta nuevo aviso, salvo algunas excepciones.
Cuáles son las excepciones para viajar sin estar vacunado contra el Covid
Según detalla el Centro de Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) los motivos que permiten el ingreso de viajeros sin el esquema de vacunación completo contra el Covid-19 incluyen:
Personas en viajes diplomáticos u oficiales de gobiernos extranjeros
Se trata de personas que viajan a Estados Unidos por razones relacionadas con viajes oficiales de gobiernos extranjeros o porque han sido invitadas por las Naciones Unidas quienes se vuelven elegibles para una excepción. Entre otros:
- Cualquier no ciudadano estadounidense que busque entrar o transitar por Estados Unidos bajo una de las siguientes clasificaciones de visa de no inmigrante: A-1, A-2, C-2, C-3 (como funcionario de un gobierno extranjero o familiar inmediato de un funcionario), E -1 (como empleado de TECRO o TECO o miembros de la familia inmediata del empleado), G-1, G-2, G-3, G-4, NATO-1 a NATO-4, o NATO-6 (o buscando ingresar como no inmigrante en una de esas clasificaciones de la OTAN)
- Cualquier extranjero cuyo viaje se encuentre dentro del alcance de la Sección 11 del Acuerdo de la Sede de las Naciones Unidas u otro viaje de conformidad con la obligación legal de los EE. UU. (Como lo demuestra una carta de invitación de las Naciones Unidas u otra documentación que demuestre el propósito de dicho viaje)
- Así, el viajero que aspire a ser exceptuado de presentar un certificado de vacunación contra el Covid-19 deberá demostrar que viaja bajo una de las categorías de visas enumeradas, además de viajar con una carta oficial, como una carta del gobierno de los EE. UU. o un gobierno extranjero. Si ha sido invitado por las Naciones Unidas, necesitará una carta de invitación de las Naciones Unidas u otra documentación que demuestre el propósito de dicho viaje
Niños menores de 18 años
Personas con contraindicaciones médicas documentadas para recibir una vacuna Covid-19
El viajero que presente contraindicaciones médicas para recibir una vacuna contra el coronavirus deberá mostrar una carta de un médico que documente la contraindicación médica a la aerolínea o al operador de la aeronave antes de abordar un vuelo a los Estados Unidos.
- La carta debe estar firmada y fechada en papel con membrete oficial con toda la información de contacto (nombre, dirección y número de teléfono) de un proveedor de atención médica autorizado.
- Asimismo, se debe indicar claramente que tiene una contraindicación médica para recibir la vacuna COVID-19. El nombre del producto de la vacuna COVID-19 y la afección médica deben estar incluidos.
- Las contraindicaciones médicas para la vacuna contra el coronavirus incluyen una reacción alérgica inmediata o grave (por ejemplo, anafilaxia) después de una dosis o componente anterior de una vacuna o alguna alergia conocida a un componente de una vacuna Covid-19.
- Debe tener suficiente información de identificación personal (como mínimo el nombre completo y la fecha de nacimiento) para confirmar que la carta coincide con su pasaporte u otra información de viaje.
- Si la carta está en un idioma que no sea inglés, el pasajero deberá consultar con su aerolínea o con el operador de aeronaves para averiguar si la traducción de la carta es necesaria para su revisión
Participantes en ciertos ensayos de la vacuna contra el Covid-19
Personas a las que se les ha concedido una excepción humanitaria o de emergencia
Estados Unidos puede otorgar una excepción humanitaria o de emergencia en circunstancias limitadas solo cuando una persona debe viajar a los Estados Unidos para preservar la salud y la seguridad (por ejemplo, evacuaciones médicas de emergencia) y no puede vacunarse por completo antes de viajar. Las personas que cumplan con los criterios de excepción establecidos en la Proclamación Presidencial de Joe Biden pueden comunicarse con la embajada o el consulado de los EE. UU. en el país desde el cual parten hacia los Estados Unidos o más cercano al mismo. La embajada luego transmitirá esta información al CDC para su consideración.
Personas con visas válidas [excepto visas B-1 (negocios) o B-2 (turismo)] que sean ciudadanos de un país extranjero con disponibilidad limitada de la vacuna contra el coronavirus
Los países incluidos en la excepción son: Afganistán; Djibouti; Libia; Sierra Leona; Algeria; Egipto; Madagascar; Islas Salomón; Angola; Ethiopia; Malawi; Somalia; Armenia; Gabón; Mali; Sudan del Sur; Benín; Gambia; Mozambique; Sudan; Burkina Faso; Ghana; Myanmar; Siria; Burundi; Guinea; Namibia; Togo; Camerún; Guinea-Bissau; Nicaragua; Uganda; República Centroafricana; Haití; Níger; Tanzania; Chad; Iraq; Nigeria; Vanuatu; Congo; Kenia; Papua Nueva Guinea; Yemen; Cote d’Ivoire; Kiribati; Senegal; Zambia; República Democrática del Congo; y Liberia.
Miembros de las Fuerzas Armadas de los EE. UU. O sus cónyuges o hijos (menores de 18 años)
Miembros de la tripulación de mar que viajen de conformidad con una visa de no inmigrante C-1 y D}
Personas cuya entrada sea de interés nacional, según lo determine el Secretario de Estado, el Secretario de Transporte o el Secretario de Seguridad Nacional (o sus designados)
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