Un fallo del máximo tribunal de la Justicia italiana simplifica el proceso de obtención de la ciudadanía
Tras la demanda de un brasileño, el Tribunal de Casación consideró comprobada la filiación sin el acta de nacimiento tras evaluar que el sistema tiene varios niveles; se puede probar así la descendencia con diversos documentos y testimonios
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En los últimos días, la Justicia italiana reconoció a través de un fallo la multiplicidad de vías para que los interesados en conseguir la ciudadanía italiana por derecho de sangre -ius sanguinis- demuestren su ascendencia. La decisión flexibiliza el proceso que implica hasta ahora la recopilación de papeles filiatorios requeridos para avanzar con el trámite.
Mediante la sentencia 14.194, el Tribunal de Casación Italiano, la Corte de más alta instancia del sistema judicial de ese distrito europeo, tomó esta decisión orientada a quienes no cuentan con el acta de nacimiento de algún integrante en la línea de descendencia, pero sí pueden comprobar la filiación en otros niveles con otros documentos y testimonios.
Fue un brasileño que, con su reclamo ante la Corte Suprema italiana, dio el pie para que la Justicia se expidiera al respecto. El hombre, que es descendiente de un inmigrante italiano que en el siglo XIX llegó a Sudamérica, recurrió al máximo tribunal cuando un funcionario de la comuna italiana que le correspondía por su residencia le negó la ciudadanía por filiación.
El Registro Civil le indicó al hombre que el acta de nacimiento de su familiar era el único documento válido para probar la filiación a pesar de que existían otros documentos como el certificado de bautismo brasileño, el acta de matrimonio de los padres y el certificado de defunción del hijo, que también mencionaban al inmigrante como padre, informó el medio especializado Italotribu.org.
El demandante apeló la decisión ante al Tribunal en Venecia, y posteriormente, ante el Tribunal de Apelación de Venecia, pero los magistrados de ambos organismos judiciales confirmaban la decisión del funcionario del registro civil argumentando que, según la Circular K 28 de 1991 del Ministerio del Interior, el acta de nacimiento era un documento indispensable para probar la filiación y obtener el reconocimiento de la ciudadanía italiana por ius sanguinis.
El demandante brasileño fue por más y apeló al máximo tribunal que, días atrás, explicó que la ley italiana establece un sistema de prueba de filiación con varios niveles, donde el acta de nacimiento es solo el primer paso. Argumentó que esta modalidad permite utilizar diversos documentos y testimonios para probar la filiación.
Así, para el solicitante brasileño -que tenía otra documentación para comprobar el parentesco-, el máximo tribunal consideró no había necesidad de presentar pruebas adicionales y determinó que, pese a que el acta de nacimiento es fundamental, no es el único medio de prueba. La medida -basada en estándares de la normativa italiana- amplía las posibilidades para presentar otros niveles de evidencia que demuestren el principio ius sanguinis.
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