Un caso de vientre subrogado divide las aguas del Poder Judicial rosarino
Implantarán embriones desarrollados en el útero de una mujer, para que dé a luz a los hijos de otra pareja, que no puede tener hijos
SANTA FE.- La Justicia autorizó a una pareja rosarina a iniciar un procedimiento de maternidad subrogada. Es decir que otra mujer se sometió a la implantación de embriones desarrollados en su útero. Al nacer, el niño será entregado y anotado en el Registro Civil como hijo de la pareja, y no de la mujer.
Un tribunal colegiado de Familia de Rosario autorizó un procedimiento de maternidad subrogada solicitado por una pareja que no puede gestar hijos. Esto permitió la implantación de embriones desarrollados para que crezcan en el útero de otra mujer, con la condición de que al nacer el niño sea entregado y anotado en el Registro Civil como hijo de los solicitantes.
Mientras, las técnicas de fertilización asistida avanzan sobre esta laguna legal, lo que lleva a planteos judiciales al respecto.
El fallo, que data de diciembre pasado, generó reacciones aún dentro de las filas del Poder Judicial por tratarse de una resolución que va más allá de la letra de la ley, que no contempla la maternidad subrogada. El Código Civil y Comercial reformado lo incluyó en la redacción original pero luego fue retirado, dejando un vacío legal ya que ni lo contempla ni lo prohíbe. Mientras, las técnicas de fertilización asistida avanzan sobre esta laguna legal, lo que lleva a planteos judiciales al respecto.
La jueza de Familia del Tribunal Colegiado Nº 7, Valeria Vittori, autorizó el procedimiento bajo la condición de que al nacer, el niño sea entregado y anotado en el Registro Civil como hijo de los solicitantes.
El fallo, que data de diciembre pasado, generó reacciones aún dentro de las filas del Poder Judicial por tratarse de una resolución que va más allá de la letra de la ley, que no contempla la maternidad subrogada
La jueza destacó la resolución de la CIDH que pone de resalto el derecho a fundar una familia
La magistrada tomó como punto de partida la Convención Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Cita un fallo de la Sala Constitucional de Justicia de Costa Rica que declaró contrario a la Carta Magna de ese país un decreto que regulaba la fecundación in vitro. Víttori destacó la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que pone de resalto el respeto a la vida privada y familiar, el derecho a fundar una familia, el respeto de la autonomía personal, reproductiva, a la integridad psicofísica, el derecho a la maternidad, a acceder a servicios de salud reproductivos y el goce de los beneficios del progreso científico, según refiere el extracto del fallo.
Eleonora Lamm, especialista en el tema, sostuvo que "lo importante de la sentencia es que es el primer caso que autoriza la Justicia de manera previa a que se produzca el embarazo. Los casos, generalmente, se judicializaban cuando el niño ya había nacido, como manera de presionar a los jueces, porque en caso de que no se avance sobre la situación, el menor no podrá tener acesso al DNI, a la salud, a la educación", precisó.
La cronología de los hechos
En noviembre de 2014 una pareja solicitó a la jueza Víttori autorización para implantar embriones criopreservados del matrimonio en una mujer, quien se ofreció voluntariamente a llevar adelante la gestación. En caso de que el tratamiento fuera exitoso la inscripción del niño a nombre de la pareja. Según refiere el fallo, la pareja mantuvo una dura batalla para concebir, y para ello se sometió a numerosos tratamientos de fertilización asistida que no llegaron a concretarse.
La situación empeoró cuando la mujer fue sometida a una histerectomía total, por lo que la pareja apeló a un pedido judicial para implantar en el vientre de otra mujer los embriones que previamente habían conservado.
En diciembre del año pasado la jueza hizo lugar al pedido tras corroborar la situación médica de la requirente, su consentimiento y los resultados emanados de la junta transdisciplinaria a la que fue sometida.