Talles. Se reglamentó la ley, pero recién se aplicará cuando termine un estudio
Estiman que será el año próximo; la norma establece medidas “reales” y estandarizadas para todas las marcas de indumentaria; también alcanza al sector del calzado
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“Ahora sí, ya largamos, pero nos queda mucho para llegar a la meta”. Esa expresión plasmada en las redes sociales por Brenda Mato -modelo y activista por la diversidad corporal- condensa la sensación de miles de personas, que en todo el país, esperan que de una vez por todas se implemente el Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (Suniti). Conocida coloquialmente como “Ley de Talles”, la norma sancionada durante el último tramo del gobierno de Cambiemos, en noviembre de 2019, quedó finalmente reglamentada esta semana al ser publicada en el Boletín Oficial. Sin embargo, aún para que se implemente resta finalizar un estudio antropométrico que quedó interrumpido por las restricciones como consecuencia de la pandemia.
El primer dato a tener en cuenta es que incluye la indumentaria, el calzado y los uniformes de trabajo, y quedan exceptuadas aquellas prendas de alta costura o de diseño de autor, las confeccionadas a medida y aquellas que se realicen de manera personalizada a pedido de los consumidores. También se excluyen los accesorios de vestir (corbatas, bufandas, pañuelos, medias, guantes, sombreros, entre otros) y los implementos destinados a la protección personal en tareas laborales.
La normativa comprende a la indumentaria a partir de los 12 años de edad, fabricada, confeccionada y comercializada de conformidad con el Suniti y que los talles serán estandarizados según las medidas corporales de la población en base al Estudio Antropométrico Nacional Argentino (EAAr) que lleva adelante el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI). La reglamentación no implica que una empresa o comercio tenga que tener una oferta de todos los talles disponibles. “Algo esencial, es que la norma no obliga a las empresas a trabajar un segmento de talles y que además excluye la vestimenta para bebés y niños”, enfatiza Alicia Hernández, gerenta general de la Cámara Industrial Argentina de la Indumentaria (CIAI), entidad que participó activamente durante el proceso de la ley. “Lo que sí tiene que suceder es que los talles tienen que ser iguales en todas las marcas”, asevera Hernández.
“No vamos a ver esto reflejado de un día para el otro, y es importante entender que es un proceso que va a llevar tiempo”, sostiene Mato, en su posteo, y alude a que, por los menos, habrá que esperar hasta el año próximo para que la ley se haga efectiva. Esto está directamente relacionado a que para que exista una tabla de medidas corporales es condición sine qua non que se concluya el EAAr encomendado al INTl. Y en este punto la cuestión principal es que, dado el contexto causado por la pandemia, la tarea fue suspendida y ahora, con la previsión de los protocolos correspondientes, será retomada para finalizar el relevamiento dentro del plazo de 240 días desde la publicación del decreto en el Boletín Oficial, que podrá ser prorrogado.
¿En qué estadio está el estudio? Sandra Jung, licenciada en Matemática y encargada del relevamiento, explica que ya se realizó un 60% de la medición en distintas regiones del país y queda por completar el 40% correspondiente a la zona del área metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y a la región de la Patagonia. “La medición corporal a nivel nacional es fundamental para adecuar la vestimenta a la población, además de que cada persona puede ir a un negocio y conseguir ropa sin importar el tamaño de su cuerpo, también es útil para los que fabrican prendas, porque se trata de una estandarización para el mercado interno”, señala Jung.
Si se considera que el sector de la indumentaria -sobre todo en las marcas que desarrollan productos de moda- trabaja con al menos seis meses de antelación en la confección de la colección para la temporada siguiente, el tiempo de desarrollo del EAAr, y el posterior establecimiento de la tabla de talles constituyen la herramienta fundacional para tener en cuenta al momento de la implementación de la ley. Esto permite anticipar que la estandarización no llegaría a ser aplicada para la colección de prendas a ser comercializada en el próximo verano, y muy difícilmente para el invierno del año que viene. Mientras tanto, tras conocerse la reglamentación, y dada la inquietud de las distintas firmas de indumentaria, la CIAI ya está capacitando a sus socios sobre el alcance y las especificaciones de la normativa.
Sorpresa
Por otro lado, sorprende la inclusión del calzado -rubro que no había sido mencionado en el texto de la norma aprobada hace un año y medio- eso sumado a que no se especifica si los talles de, por ejemplo, los zapatos y las zapatillas, se establecerán de acuerdo a la reciente resolución del Ministerio de Desarrollo Productivo que establece la obligación de incorporar bajo la nomenclatura “AR” el sistema de numeración de los talles de pie vigente en el país determinado por la Norma Técnica IRAM 8604, o si, en cambio, se adecuarán a la tabla de talles que surja como resultado de las mediciones que realiza el INTI. Ante la consulta de LA NACIÓN, fuentes del sector del calzado prefirieron no hacer comentarios por el momento.
Y si bien la ley está destinada a los comercializadores de indumentaria, nacional o importada, de manera presencial, también contempla lo realizado a distancia o por medios digitales. Esto último, tal cual lo menciona la reglamentación, es de significativa importancia para la agenda nacional, sobre todo con el auge del comercio electrónico evidenciado en el transcurso de la pandemia.
Otra de las cuestiones clave refiere a que se establece a la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo como autoridad de aplicación y también decreta la creación del Consejo Técnico Consultivo que podrá examinar y pronunciarse sobre la implementación y difusión del sistema. Este contará con dos representantes de la autoridad de aplicación, uno de ellos a cargo de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo. A su vez, estará conformado por referentes (uno por sector) de cámaras de los rubros; organizaciones de la sociedad civil; asociaciones de consumidores; y autoridades de aplicación locales a elección del Consejo Federal del Consumo. Además, tendrá un miembro representativo de profesores regulares de las universidades nacionales de la carrera de Diseño de Indumentaria y Diseño Textil; uno del Ministerio de Salud; uno del Instituto Nacional Contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (Inadi); y uno del INTI.
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