Sólo bastaron los indicios para llevarlo a la cárcel
Por Hernán Cappiello De la Redacción de LA NACION
El tribunal que condenó a Carlos Carrascosa a cinco años y medio de prisión y lo mandó preso por encubrir el crimen de su mujer, María Marta García Belsunce, fundamentó su fallo en la suma de indicios "graves, unívocos, precisos y concordantes" y en que dio por probado que mintió cuando negó haber estado tomando un café en el club house del country Carmel minutos antes del crimen de su mujer y al relatar sus movimientos.
La condena gira sobre la base de que Carrascosa, para los jueces del voto mayoritario, María Angélica Etcheverry y Hernán San Martín, instaló la hipótesis del accidente doméstico para encubrir el crimen.
Su colega Luis Rizzi, en disidencia, votó por su absolución por el encubrimiento.
Los principales puntos que dio por probados Etcheverry, a los que adhirió San Martín, son:
- La instalación de la idea de accidente doméstico, a partir de lo que les transmitió a los que iban llegando a la casa.
- La modificación del escenario del crimen, limpiándolo y ordenándolo, dándose directivas para ello.
- Haber sido decisiva su opinión sobre que la bala, conocida como el "pituto", no estaba relacionada con el crimen, para que la arrojaran por el inodoro.
- Haber descartado ropas ensangrentadas.
- Dar instrucciones para acomodar el cadáver y disimular las heridas que presentaba, peinándolo y tratando de detener la abundante pérdida de sangre.
- Haber impedido que se hiciera presente la policía en el lugar.
- Impedimento de acercamiento al cuerpo y al escenario del crimen de algunos allegados.
- Impedir a empleados de la empresa funeraria que manipularan el cadáver.
- Procurarse un certificado de defunción alterado, para evitar la autopsia.
También entendieron que es dudoso que la masajista Beatriz Michelini hubiera estado presente minutos después de la muerte, haciéndole recuperación cardiopulmonar a la víctima, mientras Carrascosa pedía por teléfono una ambulancia. El fiscal entendió que esa mujer, cuya voz de fondo quedó grabada en la llamada telefónica, es Irene Hurtig, que no está imputada en la causa.
Esto, sumado a que tres testigos dijeron haber visto a Carrascosa en el club house de Carmel en momentos en que el acusado aseguró estar en casa de Guillermo Bártoli mirando un partido de fútbol, hizo concluir a los jueces que mintió.
El juez Rizzi, en solitario, en cambio, compartió la idea de que se instaló la teoría del accidente, pero dijo que eso no constituye en sí ningún delito. "No se instaló maliciosamente", dijo.
Tras una dura crítica a la actuación del fiscal, Rizzi añadió las divergencias entre los integrantes de la acusación y los descalificó cuando en su alegato final les aconsejó que demostraran que no hay una justicia para ricos y otra para pobres. "No se ahorró una impertinente admonición del tribunal, con expresiones más propias de una pieza política y no jurídica."
Rizzi no se ahorró una dura crítica al tratamiento mediático del caso. Sostuvo que se crean falsas expectativas en la sociedad defraudadas por la sentencia, con lo que se aumenta el descrédito de la Justicia.
En suma, sólo bastaron los indicios, analizados mediante las reglas de la sana crítica, para que Carrascosa terminara en prisión.