Semáforo del Gobierno: cuál es el nivel de riesgo y las medidas a aplicar en cada lugar de la Argentina
El Gobierno clasificó los distintos departamentos y dispuso qué restricciones se deberían dar en cada uno
- 4 minutos de lectura'
El Gobierno anunció la extensión de las restricciones hasta el 21 de mayo y la suspensión de clases presenciales en zonas de “alarma” como una estrategia para intentar controlar el avance del coronavirus en el país. “Las próximas semanas pueden llegar a ser muy duras en la ocupación de camas de terapia intensiva”, sentenció Alberto Fernández en el discurso que brindó.
De esta manera, clasificó a los distintos departamentos en zonas epidemiológicas y sanitarias, y los dividió en cuatro niveles: bajo riesgo, medio riesgo, alto riesgo y alerta epidemiológica. Para ello usó dos parámetros: la razón y la incidencia de los contagios. El primer valor se obtiene al comparar los casos que hubo en los últimos 14 días con los de los 14 días previos; mientras que la incidencia es el número de positivos confirmados acumulados de los últimos 14 días por cada 100 mil habitantes.
Entonces, por ejemplo, se decretó que los departamentos de más de 300.000 habitantes donde la incidencia es igual o mayor a 500 C/100.000 habitantes, o donde el porcentaje de ocupación de camas UTI es igual o mayor al 80% están en alerta epidemiológica y sanitaria. A esta categoría se le sumaron los siguientes departamentos por fuera del Área Metropolitana de Buenos Aires (donde se habían focalizado las últimas medidas impuestas por el presidente Alberto Fernández):
En provincia de Buenos Aires:
- Bahía Blanca
- General Pueyrredón
En Santa Fe:
- Rosario
- San Lorenzo
En Mendoza:
- Mendoza (capital)
- Godoy Cruz
- Guaymallén
- Las Heras
- Luján de Cuyo
- Maipú
El listado de cada nivel de riesgo, departamento por departamento
Estas son las medidas generales en todo el país:
- Viajes grupales: se suspenden los viajes grupales de egresados y egresadas, de estudio y de grupos turísticos
- Reuniones sociales: se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas
- Personas de riesgo: suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo
En zonas de riesgo sanitario y epidemiológico medio:
- Es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios
En zonas de alto riesgo sanitario y epidemiológico
- Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados
- Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas
- Se mantendrán cerrados casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta
- Deportes: la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas
- Horario de cierre del sector gastronómico: se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23
- Prohibición de circulación: se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar
- Aforo: se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines, locales gastronómicos y gimnasios
Medidas para zonas de alerta epidemiológica y sanitaria
- Restricción en ámbito educativo: se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles
- Se mantendrán cerrados centros comerciales, shoppings, casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta
- Se suspenden las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados como así también los deportes grupales en espacios abiertos
- Locales comerciales entre las 19 y las 6 del día siguiente, con excepción de los esenciales e industriales con horario nocturno
- Horario de cierre del sector gastronómico: entre las 19 y las 6 del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery y take away. En los horarios autorizados de funcionamiento, solo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre
- Prohibición de circulación: se prohíbe la circulación entre las 20.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar
- Transporte público: solo para esenciales y autorizados
El DNU publicado en el Boletín Oficial
Otras noticias de Hoy
- 1
Ya tiene fecha el comienzo del juicio a la enfermera acusada de asesinar a seis bebés
- 2
Un vuelo de Aerolíneas Argentinas tuvo problemas cuando pasaba por Río de Janeiro y debió regresar a Buenos Aires
- 3
La advertencia de un psicólogo sobre los festejos en Navidad: “No hay que forzar a nadie”
- 4
En la ciudad. Lanzan un programa para que los mayores de 25 terminen el secundario en un año: cómo inscribirse