Seguridad del paciente: un proyecto de ley busca reducir los daños evitables durante la atención médica
El texto ingresó ayer a la Comisión de Salud de Diputados y es el primer marco jurídico e institucional para contrarrestar complicaciones que afectan a uno de cada 20 pacientes que entran al sistema de salud
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El alivio del dolor con el que conviven familiares y víctimas de mala praxis o errores evitables sigue siendo una deuda pendiente en el país, donde su denuncia –ya sean leves o graves– no es obligatoria, el único relevamiento local es de hace 14 años y, por sus malos resultados, permaneció en el cajón de un escritorio oficial una década. Si bien la presentación, ayer, en el Congreso de un proyecto de ley de seguridad del paciente no cubre todos los reclamos de las familias afectadas, consideran que es un primer paso para reducir la opacidad en el sistema sanitario de una de las 10 principales causas de muerte o discapacidad.
El texto dispone un marco jurídico e institucional para mejorar la calidad de la atención de los pacientes y las condiciones de trabajo de médicos, enfermeros y técnicos para prevenir y reducir riesgos. Propone hacerlo a través de herramientas conocidas, como los protocolos de actuación y los sistemas de auditoría/vigilancia que disminuyen la posibilidad de que ocurran daños evitables en la práctica diaria, junto con la capacitación del personal en seguridad del paciente y su incorporación en las carreras de grado y posgrado, la detección activa de fallas o debilidades para corregirlas y la sanción de malas prácticas, con distinción de entre responsabilidad profesional y deficiencias del sistema o la institución.
El proyecto, que ingresó ayer a la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, lleva la firma del diputado Fabio Quetglas (UCR) y lo acompañan otros 19 legisladores del mismo bloque, Evolución, la Coalición Cívica y el PRO. Hoy, a las 13.30, se presentará públicamente en el edificio Anexo del Congreso y cuenta con el apoyo de la Academia Nacional de Medicina (ANM).
“En nuestro país, uno de cada 20 pacientes que ingresa al sistema sanitario sufre algún tipo de evento adverso de distinta gravedad y cerca del 15% de la actividad total de los hospitales y de su gasto es consecuencia directa de esta clase de situaciones. Es importante que la Argentina legisle para mejorar las condiciones de trabajo de los profesionales de la salud y que de más garantías y confianza a los pacientes”, dice Quetglas.
Cambios
El texto, según señala, apunta a los aspectos “más irritativos” por los que falta calidad en seguridad del paciente. “Hay que tomar conciencia de que hay daños en las prestaciones y que, como pacientes, todos tenemos derecho a investigaciones imparciales de lo que los provoca. El espíritu de esta ley es bajar la litigiosidad no porque no se reclame, sino porque se pueda evitar que los daños ocurran. Es lograr un cambio de cultura que eleva los estándares de seguridad y la Argentina, no los médicos o los enfermeros, es refractaria a funcionar normativamente.”
Más allá del Estudio Iberoamericano de Eventos Adversos (Ibeas) sobre la seguridad en la atención en los hospitales de 2007-2008, no hubo otra medición nacional, según recuerda Viviana Rodríguez, del Observatorio de Seguridad del Paciente. “Los incidentes o casi incidentes sin daño tampoco se miden, excepto los que se revisan dentro del hospital, pero que nadie solicita como obligatorios. Y dentro de las infecciones asociadas con los cuidados de la salud, está el programa Vihda [ Vigilancia de Infecciones Hospitalarias de la Argentina] para que los hospitales las notifiquen, pero es voluntario y solo para los que se sumaron al programa”, comenta a LA NACION.
El observatorio, que fue consultado para el proyecto de ley, promueve que las instituciones se animen a compartir datos, la población conozca cómo se gestionan los riesgos en el sistema y el sistema incorpore más medidas preventivas. “Por el momento, nos manejamos con datos internacionales. Sabemos lo que pasa en el mundo, pero hay que medirlo para saber de qué estamos hablando en la Argentina”, agrega.
La Organización Mundial de la Salud, como recuerda, estima que hay 134 millones de eventos adversos por año en el mundo, entre muy leves, que a lo mejor causan dolor que desaparece en el día, y los que causan la muerte. “En los países de ingresos medianos y bajos, cada año mueren 2,6 millones de personas por eventos asociados con el cuidado de la salud. Algunos son porque la medicina aún no es tan efectiva para salvar a todo el mundo, pero un 50% de esos eventos son prevenibles”, advierte Rodríguez, infectóloga certificada en seguridad del paciente.
Cultura justa
El proyecto de ley también impulsa “un modo de actuación sanitario basado en el criterio de «cultura justa», que promueva el reporte de fallas y errores, su análisis transparente orientado a la mejoría continua de los procesos [de atención]”, además de mejorar la transparencia de la información sobre esos procesos.
Hasta 24 horas antes de la presentación del proyecto, el borrador preveía la suspensión provisoria de la matrícula profesional durante la investigación penal y el aumento de penas en el caso de muerte o lesiones físicas y mentales. Según se pudo reconstruir, en las consultas con las asociaciones profesionales, los colegios médicos, los gremios y el Ministerio de Salud de la Nación, se pidió eliminar esos puntos porque obstaculizarían cualquier iniciativa.
Gabriela Covelli preside la fundación Por la Vida y la Salud, que fue una de las organizaciones de familiares de víctimas consultadas. Su hijo Nicolás Deanna murió en 2017, cuando tenía 24 años, por meningitis bacteriana no diagnosticada a tiempo. Un médico de una clínica de Villa Gesell lo trató durante tres días por una contractura en la base del cráneo y angina, sin las pruebas para detectar la infección, según lo determinó un informe sobre la actuación del profesional. El proyecto se conoce también como Ley Nicolás.
“Nuestra ONG tiene dos pilares –cuenta Covelli–. Uno está en las fotos de nuestros seres queridos perdidos y es: ‘Si tu vida derramó tanto amor, que tu partida sirva para salvar a otros’. En ese objetivo llegamos a nuestra primera victoria que es lograr una ley de seguridad del paciente para los demás. Nuestro segundo objetivo, aún no está cumplido y, por eso, vamos a defender y ser custodios de esta ley para que se cumpla y cree conciencia de la importancia de defender el derecho a la vida y la salud. Ese objetivo es lograr una reforma del Código Penal y Procesal que tiene que ver con la justicia para las víctimas de mala praxis. Hasta ahora, éramos víctimas ignoradas.”
Hace cuatro años que su familia comenzó con el proceso penal por la muerte de Nicolás. En el país, un juicio “para la gente común”, como detalla la titular de la ONG que participará hoy en la presentación pública del proyecto, puede durar entre ocho y diez años.
Ese es, también, uno de los argumentos por los que las asociaciones o los colegios profesionales se oponen a la suspensión preventiva de la matrícula mientras no haya sentencia firme. Juzgados consultados informalmente ratificaron, como refieren profesionales, que en los últimos años aumentaron los juicios y las condenas por mala praxis.
“Este proyecto surge entre el dolor por las víctimas y el miedo de los profesionales. Tienen que empezar a entender que como legisladores y familiares no tenemos una intención persecutoria”, aclara Quetglas.
Desde la Asociación de Médicos Municipales (AMM), que rechazaba el texto que proponía cambios penales y procesales, señalan que “es bienvenida” toda iniciativa para mejorar la atención, no así la que “imponga condiciones” solo por ser médico. “La asociación acompaña todo proyecto que favorezca la seguridad del paciente, pero ninguna norma que estigmatice la profesión –dice el abogado Vadim Mischanchuk–. El acto médico es bilateral implica un compromiso mutuo donde ambas partes tienen derechos y obligaciones que cumplir.”
El proyecto también propone la obligatoriedad de la certificación de la capacidad profesional cada 10 años o menos si la especialidad ya lo prevé. Al respecto, el letrado de la AMM plantea: “¿Por qué el Estado no hace lo mismo en otras profesiones (abogados, jueces, etcétera) y funcionarios públicos?”.
Si el Congreso aprueba la norma, la cartera sanitaria nacional deberá no solo crear registros unificados de eventos centinela y de sanciones e inhabilitaciones, sino también hacer un estudio nacional de las condiciones en las que trabaja el personal de salud, incluidas las residencias, la litigiosidad, el estrés laboral, las sanciones o la recurrencia de conflictos.
Para Rodríguez, es necesario contar con una ley de seguridad en la atención. “Al tener una norma que estimule, fomente y obligue al sistema a empezar a trabajar sobre las medidas de prevención, con el tiempo se espera que empiece a ser más seguro y, con los años, se pueda pensar en un evento adverso cada millón de pacientes que ingresan al hospital. Un valor mucho menor que el que tenemos actualmente”, finaliza la especialista.
Cuatro definiciones clave de daño
- Incidente de seguridad: es un desvió del proceso de atención que pone en riesgo la seguridad del paciente pudiendo generar o no daño efectivo. Si el daño es efectivo se denomina evento adverso.
- Evento adverso no evitable: es la afectación de la salud de un paciente en el curso de su atención, sin que hubiere mediado posibilidad de prevenirlo mediante un obrar diligente adecuado a reglas del ejercicio profesional o reconocidas buenas prácticas aplicables en el caso concreto.
- Evento adverso evitable: es la afectación de la salud de un paciente en el curso de su atención, habiendo mediado posibilidad de prevenirlo mediante un obrar diligente, oportuno y adecuado a reglas del ejercicio profesional o reconocidas buenas prácticas aplicables en el caso concreto.
- Evento centinela: es un suceso imprevisto, fuera del curso esperable en la práctica médica, que causa la muerte, un daño permanente o daño temporal derivado de la atención sanitaria.
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