Se agravan las penas para el acoso callejero en Buenos Aires
La prohibición de la actividad de trapitos y limpiavidrios en toda la ciudad, votada esta tarde en la Legislatura porteña, está enmarcada en la reforma del Código Contravencional porteño que, además, incluye la reformulación de varios artículos y la incorporación de otras faltas que hasta ahora no eran consideradas tales, como el acoso callejero, el hostigamiento digital o las pegatinas en la vía pública de oferta sexual y de otros servicios.
La reforma aprobada establece nuevos agravantes para los casos de acoso sexual callejero cuando la víctima sea una mujer o menor de edad. Aunque se debatió hasta último momento para incluirla, la denuncia anónima fue retirada del proyecto. Quienes pretendían incluirla argumentaban que era una herramienta útil para denunciar los casos de acoso.
El nuevo código también plantea un nuevo escenario de penas para la suplantación digital de la identidad, la difusión de imágenes o grabaciones íntimas y las pegatinas con oferta sexual en la vía pública. Todas medidas acordes al espíritu de la propuesta del Ejecutivo de darle mayor protección a los derechos de la mujer y crear mejores regulaciones contra la violencia de género.
En 2016 se aprobó en la Legislatura la ley que creó la figura del acoso callejero y la incorporó al Código Contravencional, fijando una pena de dos a diez días de trabajo de utilidad pública o una multa de entre $200 y $1000. La reforma planteada por el oficialismo endurecerá las sanciones con entre uno y cinco días de arresto o multa económica de 80 a 400 UF (cada UF tiene un valor de $17,85 por lo que las multas van de $1428 a $7140) por acosar sexualmente en lugares públicos o privados, por hostigar o intimidar de modo amenazante o por ejercer violencia o maltrato físico o psicológico.
Entre los argumentos, la iniciativa explica que -según cifras del Ministerio Público Fiscal porteño- se registran tres denuncias de acoso sexual callejero por semana y que en el primer trimestre de 2018 se reportaron 41 casos, un 4000% más que en igual período de 2017. Como agravantes, el nuevo código contempla los casos en los que la persona damnificada es menor de 18 años o mayor de 70 o tenga una discapacidad; también, cuando participan dos o más agresores o cuando el acoso sexual gira en torno de la desigualdad de género.
En línea con todo el espíritu de la reforma y para profundizar las políticas contra la violencia de género, la prohibición de pegar carteles o afiches en la vía pública pretende atacar la oferta sexual que suele aparecer en contenedores, postes o cualquier mobiliario público y privado. Las sanciones van de uno a quince días de trabajo de utilidad pública o multa de un 1000 a 5000 UF ($17.850 a $89.250) o arresto de uno a cinco días. También aplica para todo tipo de publicidad ilegal y en lugares no habilitados.
A tono con las nuevas tecnologías y con los delitos que se cometen a través de sus plataformas, la Legislatura incorporará las figuras contravencionales de difusión de imágenes o grabaciones íntimas, hostigamiento digital y suplantación digital de la identidad. "Quien difunda, publique, distribuya, facilite, ceda y/o entregue a terceros imágenes, grabaciones y/o filmaciones de carácter íntimo sin el consentimiento de la persona y a través de cualquier tipo de comunicación electrónica o transmisión de datos (...), siempre que el hecho no constituya delito, es sancionado con una multa de 400 a 1950 unidades fijas ($7140 a $34.807) o con cinco a 15 días de trabajo de utilidad pública o con tres a diez días de arresto. El consentimiento de la víctima para la difusión, siendo menor de 18 años, no será considerado válido", dice el artículo 71 bis.
En tanto, el hostigamiento en cualquier medio digital, siempre que no sea un delito, se penará con entre 160 y 800 UF ($2856 a $14.280), con tres a diez días de trabajo de utilidad pública o con uno a diez días de arresto. La multa económica llega hasta las 400 UF ($7140) para los culpables de utilizar la imagen o los datos filiatorios de una persona o crear una identidad falsa con esos elementos.