Más remedios pasan a venta libre y ya no tendrán el descuento del 40% en las farmacias
Así lo definió la Anmat para concentraciones de 400 mg de aceilcisteína como monodroga de uso durante un catarro o resfrío a partir de los 14 años de edad
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Otro producto pasará a ser de venta libre a partir de hoy, aunque ya sucedía de hecho en las farmacias: los mucolíticos, un grupo al que pertenecen las gotitas nasales que se indican habitualmente para eliminar la congestión común durante un resfrío o catarro. La decisión de la autoridad regulatoria se publicó en el Boletín Oficial.
Esos medicamentos alcanzados por la resolución de la Administración Nacional de Alimentos, Medicamentos y Tecnología Médica (Anmat) para la dispensa sin receta son las concentraciones de hasta 400 mg, con acetilcisteína (R05CB01, por su código terapéutico internacional) como única droga y cuando su uso esté indicado, de acuerdo con el prospecto, para “reducir la viscosidad de las secreciones mucosas, al facilitar su expulsión, en procesos catarrales y gripales, a partir de los 14 años de edad”, precisaron desde la agencia regulatoria.
“La medida se adoptó luego de un pedido del Ministerio de Salud de la Nación para que se investigue si estos medicamentos cumplen con niveles comprobados de calidad, seguridad y eficacia, y no haber registrado efectos adversos graves durante al menos los últimos cinco años –explicaron desde la Anmat–. Su mecanismo de acción como agente mucolítico consiste en disminuir la viscosidad de las secreciones mucosas al fluidificarlas. Algunos de estos remedios, por su nombre comercial, son: Qura Muk, Tempotane, Acemuk, Toflux, entre otros más.”
Más allá del pase a venta libre de estos productos, que pueden ser en gotas, pastillas o gránulos hasta 400 mg, en la agencia regulatoria recomiendan la consulta con un profesional antes de automedicarse, ya que pueden existir contraindicaciones o interacciones con otros fármacos que ya se estén tomando. “Si se utilizan según el prospecto [por los mucolíticos] y con las condiciones que están indicadas en el prospecto, no debería haber mayor inconveniente. Pero siempre se recomienda consultar a un médico”, respondieron.
Argumentos
En marzo pasado, el Gobierno dispuso a través de la resolución 284/2024 que la Anmat revisara una lista de productos a la dispensa con receta para definir si podían ser de venta libre. A los dos meses de esa resolución, ese organismo dio a conocer que había dispuesto que los fármacos para la protección estomacal de la familia de los “prazoles” (inhibidores de la bomba de protones) dejara de venderse bajo receta. Tras la publicación de esa decisión a través de la Resolución 8227/2024 en el Boletín Oficial, tres sociedades médicas emitieron un comunicado. No habían sido consultados sobre potenciales riesgos de esa modificación.
Así, la Sociedad Argentina de Gastroenterología (SAGE), la Federación Argentina de Gastroenterología (FAGE) y la Federación Argentina de Asociaciones de Endoscopia Digestiva (FAAED) expresaron que existía ya entre los profesionales una “creciente preocupación” relacionada con “los riesgos asociados con la automedicación de síntomas comunes como el reflujo gastroesofágico y la dispepsia”, junto con un aumento de los casos de cáncer de esófago y estómago.
“Uno de los factores que contribuyen con ese problema es la automedicación –advirtieron por escrito, entonces, las entidades médicas–. Muchas personas con síntomas de reflujo o dispepsia optan por tomar medicamentos de venta libre sin consultar a un profesional de la salud. Eso puede enmascarar síntomas graves y retrasar el diagnóstico de condiciones potencialmente mortales. Además, el uso prolongado e incorrecto de ciertos medicamentos puede tener efectos secundarios.”
Hace tres meses, la Anmat informó que pasaban a ser de venta libre fármacos para el herpes, cremas antialérgicas, productos con corticoides, analgésicos, antifúngicos, laxantes y suplementos dietarios.
“La denominación de medicamentos de venta libre corresponde a aquellos productos destinados a aliviar dolencias que no exigen necesariamente, en la práctica, la intervención de un profesional médico –argumentaron desde la agencia regulatoria antes de la publicación de hoy en el Boletín Oficial–. Además, por su forma, uso, condiciones, dosis previstas y su amplio margen de seguridad, este tipo de medicamentos no entrañan ningún tipo de peligro para los consumidores. Para protección del consumidor, corresponde fijar condiciones para su expendio que garanticen un tratamiento fehaciente y veraz de la información y aseguren la libertad de elección sin menoscabar el derecho a la salud.”
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