Restricciones en la Argentina: ¿hasta qué hora podrán estar abiertos los bares y restaurantes?
Los negocios gastronómicos sufrirán una modificación en su horario luego del anuncio del presidente Alberto Fernández; la batería de medidas regirá hasta el 30 de abril
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A raíz del pico histórico de contagios de coronavirus y de un eventual colapso del sistema de salud, el presidente Alberto Fernández anunció medidas para reducir al máximo la propagación. Además de la restricción de circulación entre las 0 y las 6 horas que comenzará a regir a partir de este viernes, los bares y restaurantes también sufrirán un cambio en el horario respecto al que mantenían desde la fase de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO).
Hasta qué hora podrán estar abiertos bares y restaurantes
- A partir del viernes 9 y hasta el viernes 30 de abril, los bares y los restaurantes deberán cerrar a las 23.
El horario del cierre de bares y restaurantes responde a la necesidad de que los empleados de dichos locales comerciales puedan regresar a sus hogares antes de las 0 horas, cuando empieza a regir la restricción de circulación. Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.
Asimismo, en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) se suspenderán las actividades sociales en domicilios particulares. Para evitar la propagación del virus desde los conglomerados de mayor densidad poblacional a otros de menor riesgo se suspenden los viajes grupales de egresados, de estudio y de grupos turísticos.
Específicamente en el AMBA solo podrán usar el transporte público de pasajeros aquellas personas consideradas trabajadores esenciales, toda la comunidad educativa y quienes ya habían sido expresamente autorizados.
Zonas de mayor riesgo epidemiológico
Además de la restricción para la circulación, en aquellas zonas del país donde hay mayor riesgo epidemiológico y sanitario se tomarán las siguientes medidas:
- Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares.
- Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 20 personas.
- Se suspenden actividades de Casino, Bingo, Discotecas o cualquier salón de fiestas.
- Se suspende la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.
Zonas de mediano riesgo epidemiológico
En las zonas del país consideradas de mediano riesgo epidemiológico y sanitario será facultad y responsabilidad de los gobiernos provinciales adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios. Una medida simular a la que se había implementado desde el pase del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) al DISPO.
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