Receta electrónica. Rige desde hoy su uso exclusivo para la prescripción de medicamentos: lo que hay que tener en cuenta
Por el momento, tiene vigor en 17 provincias; solo tendrá validez la de papel en lugares en los que no haya conectividad; los siete datos mínimos obligatorios que deben figurar
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El día llegó… finalmente. A partir de hoy, se tendrá que usar solo la receta electrónica para indicar medicamentos, excepto en lugares alejados y sin conectividad. En principio, esto será así en la mayoría de las provincias, tras los seis meses de gracia para poner al día registros, plataformas y la denominada interoperabilidad. Es decir, que todos esos sistemas puedan “comunicarse” entre sí desde la prescripción en un consultorio hasta la dispensa en una farmacia. Aún restan terminar de adecuarse algunos distritos.
“A partir del 1° de enero de 2025, la receta electrónica será la única modalidad vigente para la prescripción de medicamentos. No habrá prórroga ni nuevos plazos de adecuación. La dispensa se podrá hacer en cualquier farmacia del país, tenga o no convenio con la obra social o la prepaga del afiliado”, habían lanzado en el Ministerio de Salud de la Nación los primeros días de diciembre.
Desde entonces, los números se mantienen igual. Hay 17 provincias con una ley de receta electrónica, sea porque adhirieron a la norma nacional (11 distritos), cuentan con legislación propia (cuatro) o está “en curso” un proyecto de ley provincial (dos). En el primer grupo están Chaco, Catamarca, Entre Ríos, Corrientes, Jujuy, Mendoza, Misiones, Salta, San Juan, Tierra del Fuego y Tucumán, mientras que están funcionando con un régimen propio la Ciudad de Buenos Aires, la provincia de Buenos Aires, La Rioja y Chubut. Se les sumarán Río Negro y Santa Fe con proyecto propio.
Hay otras siete provincias sin ley local, pero cuatro adhieren al uso de la receta electrónica –son San Luis, Córdoba, Santa Cruz y Santiago del Estero– y podrían tener un proyecto “próximamente”, mientras que hay tres aún con ese plan “en revisión”: Formosa, La Pampa y Neuquén.
En Salud acordaron en que hay todavía provincias rezagadas en la digitalización de sus procesos, aunque aclararon que “ninguna expresó de manera formal querer estar fuera de la implementación de la receta electrónica”. De hecho, todos los distritos, sea a través de PAMI, los prestadores privados, los profesionales en la consulta particular o el sector público están utilizando la prescripción electrónica, además de las farmacias, con las plataformas de validación para la dispensa.
Opción de contingencia
Pero donde la implementación todavía sea gradual, en los lugares alejados o sin conexión a Internet, la receta en papel seguirá siendo válida. Lo mismo para las prescripciones emitidas en 2024, mientras tengan vigencia.
“Es una alternativa que va a seguir vigente porque lo importante es que el medicamento llegue siempre al ciudadano que lo necesita. Es, además, una opción de contingencia cuando haya problemas de conectividad o un incidente informático. Todo esto lo estamos comunicando a las farmacias y los colegios profesionales”, explicó Susana Azurmendi, subsecretaria de Vigilancia Epidemiológica, Información y Estadísticas de Salud de la cartera sanitaria nacional. “El 100% de los profesionales está en condiciones de emitir receta electrónica: muchas de las plataformas autorizadas, si no la mayoría, son gratuitas y les ofrecen acceso a través del celular o la tableta”, resumió.
El megadecreto presidencial de diciembre del año pasado había fijado hasta el 1° de julio como el plazo límite para abandonar el uso del papel en hospitales, centros privados, consultorios y farmacias. Pero, por las dificultades para la implementación, se postergó la plena aplicación otros seis meses, intervalo que se cumple hoy para “alcanzar la digitalización total en la prescripción y la dispensa de medicamentos”, como se había definido.
En tanto, para las órdenes médicas –excepto de análisis de laboratorio o estudios por imágenes– habrá que esperar por lo menos otros tres meses para contar, primero, con un nomenclador de todas las prestaciones disponibles que puedan indicar los profesionales. En Salud, estiman que para mediados de este año se emparejará el uso de las ordenes médicas al de las recetas electrónicas en el país.
Al momento, según explicaron, las recetas electrónicas en las plataformas autorizadas para funcionar (hay más de un centenar habilitadas ya en un registro nacional y otras 40 en proceso de aprobación) cuentan con un espacio libre que los profesionales ya están utilizando para indicar análisis o estudios.
También, prevén ampliar la cantidad de “renglones” para la prescripción de medicamentos. Ahora, la mayoría de las opciones incluyen la posibilidad de recetar dos o tres drogas. “Pero podría no haber limite en la receta electrónica porque el concepto de renglón es el límite que tenía el papel. Se está trabajando para que las plataformas lo amplíen”, indicó Azurmendi.
En diálogo con LA NACIÓN, la funcionaria refirió también que la prescripción electrónica o digital “es un hecho en muchos subsectores”. Para alcanzar la implementación plena, según añadió, “se propicia el uso de todas las plataformas habilitadas por el Ministerio de Salud” en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (Renapdis). Anticipó que, en 2025, a ese registro se van a sumar otros procesos y plataformas necesarios para el sistema sanitario y su uso. Se relevaron más de 200 inscriptos y se aprobaron más de 110 empresas o plataformas para uso de los profesionales.
En la farmacia
Los datos mínimos obligatorios que por default completan los profesionales en los recetarios electrónicos a través de apps o sistemas online estaban entre los requisitos para ingresar al Renapdis. Son los datos del paciente y quien prescribe, la cobertura y las drogas por nombre genérico o principio activo y, opcionalmente, la marca comercial. “Esto no implica que, en la farmacia, el paciente no pueda elegir otra opción del medicamento indicado”, aclararon desde Salud.
Para la dispensa, se puede solicitar el DNI y el carnet de afiliado y/o token en las apps de las obras sociales o prepagas, de acuerdo con el validador online que utilice la farmacia. Azurmendi explicó que no es un requisito para la entrega de los medicamentos tener que presentar la receta impresa. Si la farmacia está sin sistema, por ejemplo, pueden solicitar exhibir la copia de la receta que los recetarios online envían por WhatsApp, correo electrónico o a la que los pacientes pueden acceder a través del sitio de su cobertura, según sea el caso.
Si por algún motivo el paciente no puede llevarse los medicamentos (por ejemplo, no cuenta en ese momento con dinero suficiente o no es la presentación indicada), tiene que solicitar que la farmacia revierta la dispensa para no perder la receta. “Todas las plataformas o software contemplan esa función, por lo que hay que asegurarse de que lo hagan”, recomendaron.
Si en la farmacia falta alguno de los medicamentos recetados, puede dispensar lo que tenga disponible y el paciente puede ir a otra farmacia por el resto. Se van anulando de la receta electrónica los productos que se dispensan, de acuerdo con las guías oficiales para el sector. Acá se pueden consultar las directrices oficiales para el uso de esta herramienta.
Siete datos mínimos obligatorios
Para tener validez, las recetas electrónicas deberán contar con la siguiente información:
- Identificación del médico o el profesional prescriptor (nombre, matrícula, profesión, especialidad y domicilio).
- Código de barras.
- Identificación del paciente (nombre, obra social o prepaga, fecha de nacimiento, DNI y sexo).
- Descripción del medicamento recetado con nombre genérico o denominación común internacional, presentación, forma farmacéutica y cantidad de unidades para el tratamiento indicado. Opcionalmente, el nombre comercial del medicamento que el profesional sugiera.
- Diagnóstico.
- Fecha de emisión.
- Firma digital del profesional.
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