Qué es la corrupción de menores y de cuánto son las penas
Se trata de un delito que altera el desarrollo normal de la sexualidad y las condenas varían según la edad de las víctimas y la situación de poder que el autor tiene sobre los menores
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El lunes 20 de marzo, el exganador del reality Gran Hermano en la versión 2001 Marcelo Corazza y otras tres personas fueron detenidas, en el marco de una causa por corrupción de menores. La denuncia fue realizada por dos personas de identidad reservada (actualmente mayores de edad) que dijeron haber sido víctimas cuando tenían entre 11 y 14 años.
Además de Corazza, hay otros tres imputados en la causa, que fueron identificados como Andrés Fernando Charpenet, Raúl Ignacio Mermet y Francisco Rolando Angelotti, a quien indican como el jefe de la organización.
¿De qué se acusa a Marcelo Corazza?
De acuerdo a lo que figura en la causa las personas detenidas están acusadas de “haber conformado una organización destinada a reclutar menores y mayores de edad en situación de vulnerabilidad, con el fin de someterlos a la práctica de relaciones sexuales y la explotación sexual sin su consentimiento, ya fuere por intercambio de dinero o por satisfacción personal o de terceros”.
En los días siguientes a la detención, todos los detenidos fueron indagados por el juez a cargo de la causa, pero se negaron a responder preguntas. En su llegada al tribunal, y escoltado por oficiales del Servicio Penitenciario, Corazza tuvo un breve intercambio con la prensa en el que alcanzó a decir: “Soy inocente”.
¿Qué es la corrupción de menores?
El delito de corromper menores implica pervertir o seducir a personas menores de 18 años. Se trata de actos que alteran el desarrollo normal de la sexualidad, independientemente de si la persona menor de edad dio o no su consentimiento, según consta en el sitio oficial del Ministerio de Justicia de la Nación.
Entre los agravantes del delito de corrupción de menores figuran:
- Si la persona es menor de 13 años.
- Si en la situación hay engaño, violencia, amenaza, abuso de autoridad o cualquier tipo de intimidación
- Si el autor es familiar, cónyuge, persona conviviente o encargada de la educación del menor.
¿Cuál es la pena por corrupción de menores?
Las penas para el delito de corrupción de menores varían de acuerdo a la edad de la víctima, el contexto en que se haya producido el hecho y la situación del autor del delito sobre esa víctima.
El Artículo 125 del Código Penal señala que el que promoviere o facilitare la corrupción de menores de dieciocho años, aunque mediare el consentimiento de la víctima será reprimido con reclusión o prisión de tres a 10 años.
La pena será de seis a 15 años de reclusión o prisión cuando la víctima fuera menor de 13 años.
Cualquiera que fuese la edad de la víctima, la pena será de reclusión o prisión de 10 a 15 años, cuando mediare engaño, violencia, amenaza, abuso de autoridad o cualquier otro medio de intimidación o coerción, como también si el autor fuera ascendiente, cónyuge, hermano, tutor o persona conviviente o encargada de su educación o guarda.
¿Cuánto tiempo debe pasar para que prescriba un delito?
En el artículo 62 del Código Penal se detallan los plazos para la prescripción de la acción penal de un delito, los cuales se dan de la siguiente forma:
- A los 15 años, cuando se trata de delitos cuya pena fuere la de reclusión o prisión perpetua.
- Después de transcurrido el máximo de duración de la pena señalada para el delito, si se trata de hechos reprimidos con reclusión o prisión. En ningún caso, el término de la prescripción puede exceder de doce años ni bajar de dos años.
- A los cinco años, cuando se trata de un hecho reprimido únicamente con inhabilitación perpetua.
- Al año, cuando se trata de un hecho reprimido únicamente con inhabilitación temporal.
- A los dos años, cuando se trata de hechos reprimidos con multa.
En este sentido, cabe señalar que, en el ámbito local, el Congreso Nacional sancionó dos leyes que introdujeron causales de suspensión del inicio del curso de la prescripción de la acción penal, cuando se trate de delitos contra la integridad sexual cometidos en perjuicio de víctimas menores de edad.
De este modo, la ley 26.705, del año 2011, introdujo un párrafo segundo al artículo 63, cuyo texto declaraba: “En los delitos previstos en los artículos 119, 120, 124, 125, 125 bis, 128, 129 —in fine—, y 130 —párrafos segundo y tercero— del Código Penal, cuando la víctima fuere menor de edad la prescripción de la acción comenzará a correr desde la medianoche del día en que éste haya alcanzado la mayoría de edad”.
Este texto fue sustituido por la ley 27.206, de 2015, actualmente vigente, que dispuso que la prescripción de la acción penal por esos mismos delitos se suspende mientras la víctima sea menor de edad y hasta que formule la denuncia una vez cumplida la mayoría de edad.
Antes de estas reformas, el plazo de la prescripción para la corrupción de menores comenzaba a correr desde la fecha de cometido el hecho.
“Con la modificación de 2011, la prescripción de la acción penal para los delitos vinculados a la agresión sexual se computa desde que el damnificado cumple la mayoría de edad (18 años)”, explica Castro.
El abogado especialista en Derecho Penal añade lo que ocurrió con la modificación de 2015: “La última reforma estableció una modificación importante que tiene que ver con la prescripción en casos de delitos vinculados a la integridad sexual de menores. En este caso, la prescripción se suspende hasta que la víctima menor de edad cumpla la mayoría de edad y además formule la denuncia”.
“Con esto estamos hablando que una persona que fue víctima a los cinco años, por ejemplo, puede hacer la denuncia a los 30 y la prescripción se empieza a contar desde ahí y no desde el momento del delito”, explica.
¿Puede prescribir la denuncia contra Marcelo Corazza?
Con respecto al caso Corazza y la prescripción o no del delito por el que se lo acusa, Castro explica: “El desafío es establecer la fecha en que ocurrieron los hechos, porque a partir de saber esa fecha, se puede dilucidar qué normativa aplicar. La discusión va a ser esa. Si los hechos son anteriores a 2011, donde no se dilataba en el tiempo la posibilidad de prescripción, lo que corresponde es la aplicación de la ley más benigna para el imputado, porque así lo establece el código penal”.
“La prescripción de la acción penal de estos hechos, en tanto, se puede dilatar en el tiempo si fueron cometidos luego de 2011″, concluye el abogado.
¿De qué se acusa a Jey Mammon?
En medio de la conmoción que generó la noticia, otro caso trascendió a los medios: un joven de 27 años llamado Lucas Benvenuto dijo que fue víctima de la misma red de abusos por la que fue detenido Corazza y, en paralelo a su testimonio, involucró a Jey Mammon en presuntas situaciones similares. “Cuando salimos él tenía 32 años, y yo 14″, aseguró sin nombrarlo, pero con pistas suficientes para que todos dedujeran que se trataba de él. Tras esa entrevista, el joven aseguró en sus redes sociales que efectivamente se refería a Jey Mammon.
Ayer, el humorista se expresó en redes sociales y dijo: “Yo a Lucas lo conozco. Yo no voy a decir ‘no sé quién es, lo desconozco’. Lo conozco. A Lucas lo conoció el 25 de abril de 2009. Él dice que me vio en una fiesta y que tenía 14 años. Él en esa fiesta tenía 16 años. En esa fiesta nos conocimos. Intercambiamos algunas palabras. Hay testigos, hay videos. Se puede probar esto que estoy diciendo”. En aquel momento, el conductor tenía 32 años.
En el mismo sentido, contó: “Yo tuve un vínculo con Lucas, yo tuve una relación con Lucas. No voy a poner abajo de una alfombra mi vínculo con él, como tampoco lo hice en su momento, porque íbamos de la mano por la calle, nos besábamos en la calle. Ese vínculo duró aproximadamente hasta sus 25 años, entre idas y venidas”.
Lucas denunció a Juan Martín Rago, el nombre real de Jey Mammon, por abuso sexual en diciembre de 2020, pero la Justicia decidió cerrar la causa el 9 de marzo de 2021, porque entendió que había proscripto en 2018.
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