Qué documentación se necesita para ingresar al país y cómo es el cronograma hasta la apertura completa
Las nuevas disposiciones incluyen flexibilizaciones paulatinas hasta el ingreso libre; hoy se publicaron en el Boletín Oficial
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El Gobierno publicó en el boletín oficial del viernes 1° de octubre una serie de modificaciones respecto de los recaudos implementados en la vida cotidiana desde que se decretó la pandemia y una de ellas es sobre el ingreso de argentinos y extranjeros al país.
Estos cambios se suman a las aperturas previas, ya que desde el viernes 24 de septiembre no es más necesario el aislamiento para los argentinos, residentes y extranjeros que viajan por trabajo y están autorizados por la autoridad migratoria.
A partir de la publicación de este decreto, podrán ingresar extranjeros de países limítrofes sin aislamiento. La excepción serán aquellas personas que no presenten esquema de vacunación completo, incluyendo los menores, que deberán realizar cuarentena.
El Gobierno también anunció que la apertura de las fronteras terrestres quedará supeditada al pedido de los gobernadores locales y la autorización de los pasos fronterizos por parte del ministerio del Interior. Durante el mes, además, aumentará progresivamente el cupo de ingreso en los corredores seguros (Aeropuerto Internacional de Ezeiza, Aeroparque Jorge Newbery, Aeropuerto de San Fernando y Terminal portuaria de Buquebus), aeropuertos, puertos y fronteras terrestres.
Las medidas, paulatinamente, se irán ampliando hasta el ingreso libre de todos los extranjeros, pautado para el 1° de noviembre.
Qué documentación se necesita para ingresar al país
Actualmente quienes ingresan a la Argentina deben presentar una serie de documentación, vinculada a las medidas de prevención y cuidado que incluyen lo siguiente:
- Esquema de vacunación completo, con fecha de última aplicación por lo menos 14 días previos al arribo al país.
- Test de PCR negativa en las 72 horas previas al embarque o antígeno en el punto de ingreso hasta que defina la autoridad sanitaria.
- Test de PCR al día 5 a 7 del arribo hasta que lo defina la autoridad sanitaria.
- Aquellas personas que no presenten esquema de vacunación completo, incluyendo los menores, deberán realizar cuarentena, test de antígeno al ingreso y test de PCR al día 7.
- Al momento de alcanzar el 50% de la población completamente vacunada se dejará de realizar test de antígeno al ingreso (salvo los no vacunados) y PCR al día 5-7, y se podrá levantar el cupo.
La medida gubernamental de permitir progresivamente el ingreso de más cantidad de viajeros al país se basa en la baja de casos de contagios diarios que mantiene una tendencia decreciente desde los primeros días del mes de junio.
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