Punta del Este | Los argentinos lideran las multas por exceso de velocidad: cómo se pagarán las infracciones
Son los principales infractores en el universo de turistas extranjeros; la norma fija el pago de US$200 como punto de partida para quienes superen la máxima permitida
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PUNTA DEL ESTE (enviada especial).- El último verano, los locales y turistas en el Este se toparon con la masiva instalación de controles de velocidad vehicular. Los tótems y cámaras se volvieron parte de la escena, especialmente en las zonas más transitadas, como la rambla y el puente de La Barra. No obstante, las multas no comenzaron a aplicarse hasta entrado el 2023. ¿Qué pasa con los vehículos de patente extranjera?
Según explicaron a LA NACION, la intendencia de Maldonado implementó los dispositivos de fiscalización electrónica para regular (y multar, si fuera necesario) la velocidad de circulación. Previo a la señalización tanto en el asfalto como en cartelería vertical, autoridades instalaron tótems que registran la velocidad a la que circulan los vehículos en distintos puntos del departamento. El objetivo, claro está, es aplicar sanciones a todos los rodados que se excedan de los límites permitidos.
Pese a las teorías que indicaban que los vehículos extranjeros serían exceptuados de potenciales sanciones, este medio confirmó por el intendente de Maldonado, Enrique Antía que todos los rodados que infrinjan el máximo permitido deberán enfrentar el pago de multas.
“Todas las violaciones a las normas de tránsito constatadas a través de los dispositivos de fiscalización electrónica serán sancionadas”, aseguraron autoridades municipales.
La aplicación de contravenciones y multas que correspondan se fijarán de dos maneras. Si los vehículos están empadronados en Uruguay, los datos se pasarán a cargar en el Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (SUCIVE), por lo que se exigirá el pago de las obligaciones generadas a los titulares de los vehículos.
Los turistas que circulen en Uruguay con vehículos de chapa extranjera, en tanto, deberán enfrentar la exigencia de pago al momento de pasar por Migraciones. Así está dispuesto en el artículo 27 de la ley 19.824.
“Cuando el infractor no acredite su residencia legal en el territorio nacional, deberá abonar las infracciones de tránsito cometidas antes de abandonar el país”, afirma la norma. Sin embargo, todavía no se encuentra reglamentada.
La duda es, entonces, si los veraneantes que se retiren del Uruguay y regresen el próximo verano deberán enfrentar el pago de las multas adeudadas. En diálogo con LA NACION, el Director de Tránsito y Transporte de Maldonado, Juan Pigola, explicó que el registro de infracciones se extiende durante cinco años, por lo que el Estado podría barajar cobrar a los turistas que vuelvan en la temporada 2024/2025.
“Hay dos formas a aplicar: no permitir a los turistas ingresar al país hasta que paguen sus deudas, o no dejarlos salir”, señaló el funcionario, y destacó que los argentinos son los principales infractores sobre el total de turistas extranjeros. Además, sobre el total de infractores en general, las multas de chapas argentinas representan un 18%.
Al ser consultado por si las multas generan intereses mientras se demora el pago, Pigola explicó que no es necesario, pues los montos se rigen por Unidades Reajustables (UR). Las infracciones se podrán pagar con tarjeta de crédito o en efectivo.
El valor de las multas
Este año, el gobierno de Luis Lacalle Pou fijó por decreto los valores de las multas de tránsito, que fueron unificadas a nivel nacional. Según la norma, los importes se fijan en Unidades Reajustables (UR), por lo que los montos a pagar varían a medida que se ajustan. Hasta diciembre de 2023, una UR equivalía a 1634 pesos uruguayos (unos US$40).
En el listado de infracciones penalizadas en todo el territorio uruguayo hay un segmento dedicado en particular al exceso de velocidad. De acuerdo al texto normativo, las multas se fijan según cuántos kilómetros por encima del valor permitido haya circulado el vehículo.
- Un conductor que haya acelerado hasta 20 kilómetros por hora por encima de la velocidad permitida deberá pagar el equivalente de cinco Unidades Reajustables (UR), o sea, unos US$200.
- El vehículo que circulase entre 21 km/h y 30 km/h por encima de la velocidad permitida desembolsará el equivalente de ocho Unidades Reajustables (UR), es decir, unos US$320.
- Quien circule a más de 30 km/h de la velocidad permitida será multado con 12 Unidades Reajustables (UR), unos US$480.
Otros comportamientos sujetos a multas:
Participar en competencias vehiculares no autorizadas: 15UR (US$600)
No usar el cinturón de seguridad: 2UR, por pasajero (desde US$80)
No usar casco: 1UR, por pasajero (desde US$40)
Circular a contramano: 4UR (US$160)
No respetar señales luminosas: 6UR (US$240)
Dónde están los radares
De Punta Ballena a José Ignacio, los controles inundan el Este. En los dos puentes de La Barra, donde por día esta temporada llegaron a circular más de 50 mil vehículos, se subió la máxima del último verano y se fijó un tope a la circulación de 45 kilómetros por hora. Además de los radares y las cámaras, quienes circulen por esa vía registrarán una torre (llamado radar pedagógico) que arroja al conductor la velocidad a la que circula. Si está excedido del índice permitido, el número se muestra en rojo, mientras que si está habilitado el número se pone en verde y arroja un: “Gracias”.
Todos los radares de control de velocidad se encuentran distribuidos en el corredor esteño, con máximas entre los 45 km/h y los 75 km/h. “Están instalados en los llamados puntos negros”, aseguró Pigola.
Tras la prueba piloto, Maldonado cambia cambió la velocidad en zona de radares y devolvió a los entonces infractores el importe de multas aplicadas durante 2023. Además, se dispuso una disminución en el valor de las multas hasta en un 30% en los casos en los que se abone dentro de los 60 días de verificada la infracción.
Así, quienes habían sido multados por exceder las velocidades establecidas en ese momento, recibirán el importe de la infracción paga, siempre y cuando estén comprendidos dentro de los límites razonables. Vale decir, si alguien fue multado a 55 kilómetros en zona que ahora pasó a ser de 60, le será devuelto el importe, pero si lo hacía a 120 kilómetros por hora no aplica el beneficio.
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