Proyecto ómnibus: eliminan el lenguaje inclusivo de la llamada “ley de los 1000 días” y la reenfocan en los más vulnerables
Además, el control sobre su aplicación sale de la esfera de Salud y queda en Capital Humano
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El paquete de reformas que el Gobierno envió ayer al Congreso en la ley ómnibus incluye la llamada “ley de los 1000 días”, una norma aprobada en 2020 para mejorar los cuidados de madres e hijos durante el embarazo y los tres primeros años de vida. Sus tres ejes como políticas públicas, de aprobarse el nuevo texto, serán la detección y la asistencia a las embarazadas y sus hijos, el acompañamiento familiar y el fortalecimiento de la primera infancia.
Los cambios propuestos, que dejan afuera el lenguaje inclusivo e incorporan conceptos como la protección desde el momento de la concepción, ponen más énfasis en la población con vulnerabilidades y la búsqueda activa de las embarazadas sin controles médicos para reducir la mortalidad y la malnutrición materno infantil, la atención oportuna en el caso de enfermedades y la disminución de la prematuridad.
En lugar del Ministerio de Salud, a cargo de Mario Russo, la autoridad de aplicación pasaría a quedar dentro del Ministerio de Capital Humano, que lidera Sandra Pettovello, entre otras modificaciones.
La mayoría de las críticas en las últimas horas apuntan a cuestionar que el nuevo texto no hable de personas gestantes, sino de embarazadas o mujeres embarazadas; que tampoco se refiera a “niños y niñas”, sino simplemente a niños o niños por nacer, o que refiera a la violencia contra las mujeres en lugar de atribuirla a cuestiones de género. La referencia a la protección desde el momento de la concepción es otro de los términos cuestionados. En una comparación párrafo por párrafo de los 17 artículos que busca modificar el Ejecutivo –casi la mitad de la ley vigente–, efectivamente ya no se habla de “personas gestantes” en la ley, pero sí se mantiene en algunos artículos la mención a la violencia por motivos de género o incluso “niños y niñas”.
Pero más allá de la cuestión terminológica, ¿qué cambios incorpora la propuesta oficial? De forma, la norma pasa de 35 a 42 artículos al reemplazar el último de los siete capítulos en que se divide la ley de 2020 y sumar otros dos. En esos párrafos, sustituye al Ministerio de Salud de la Nación como autoridad de aplicación por la Secretaría de Niñez y Familia –hoy a cargo de Pablo de la Torre– del Ministerio de Capital Humano y elimina así del organigrama de la cartera sanitaria una unidad de coordinación administrativa creada para implementar la ley.
Además, incorpora dos políticas públicas. Una es de asistencia a las embarazadas y sus hijos en situación de vulnerabilidad mediante “la detección activa y el registro” de esas mujeres sin control médico, “para evitar la morbimortalidad materno infantil” y reducir la prematurez mediante el control de la gestación. Otra es de acompañamiento familiar a través de la “detección de niños de hasta tres años en situación de vulnerabilidad” en todo el país.
En ambos casos, la implementación de esas políticas queda a cargo del Estado nacional, con planes y protocolos que defina, mientras que la ejecución propone que sea junto no solo con las provincias, sino también con los municipios “que adhieran” a esas directrices.
Cambios en la redacción
Los cambios en la redacción de los artículos arrancan desde el primer artículo. El objeto de la ley se concentra en “fortalecer el cuidado integral de la salud de las madres en situación de vulnerabilidad y de los niños desde el momento de su concepción hasta los tres años”, en lugar de referirse a “las mujeres y otras personas gestantes, y de los niños y las niñas en la primera infancia, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado en materia de salud pública y derechos humanos de las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar, y de sus hijos e hijas”. La finalidad original se mantiene, que es la de reducir la morbimortalidad materno infantil, la malnutrición y desnutrición, la protección y la estimulación de los vínculos tempranos y el desarrollo físico y emocional.
Los “principios rectores” se reemplazan por “objetivos” en el artículo 3 y se concentran en las mujeres y los chicos “en situación de vulnerabilidad”. En la lista, elimina la mención al respeto del principio de autonomía progresiva, que es la capacidad civil de los menores de ejercer derechos de acuerdo con la edad y madurez. Por otro lado, promueve que las madres completen la educación formal y logren la inserción laboral y que los chicos vayan a la escuela.
El acceso a la Asignación por Embarazo para Protección Social queda condicionado a que se cumplan con los controles médicos durante el embarazo. De aprobarse los cambios, la provisión pública y gratuita de insumos esenciales (medicamentos esenciales, vacunas, leche y alimentos) dejaría de ser para “las mujeres y otras personas gestantes durante el embarazo y para los niños y las niñas” de hasta tres años para destinarse a “las mujeres durante el tránsito del embarazo y los niños en situación de vulnerabilidad” en esos primeros 1000 días de vida.
Ante la consulta, en la Sociedad Argentina de Pediatría (SAP) todavía analizaban las modificaciones que propone el gobierno de Javier Milei. Una exfuncionaria del área de Maternidad e Infancia del Ministerio de Salud de la Nación que solicitó reserva de su nombre evaluó, tras la lectura del documento, que los cambios “no estarían vulnerando derechos porque el derecho del niño sigue por delante de todo”, aunque le sorprendió que se eliminara el principio de autonomía progresiva reconocido civilmente. Destacó la transferencia de ejecución de acciones que refiere la ley a los municipios y llamó la atención sobre la falta de mención de cómo se financiará. Excepto por los cambios de terminología, como los que se refieren a “personas gestantes” o “niños por nacer”, el nuevo texto, según indicó, mantiene “en gran parte” los conceptos de la ley vigente y habrá que esperar el debate que den los legisladores.
“Este texto de ley [por la versión enviada al Congreso] es más concisa. Apunta al núcleo del problema que tenemos hoy en el país. Es una reforma de la ley que se enfoca por primera vez en la vulnerabilidad durante una etapa esencial, que es la gestación y los primeros años. Y, hoy, los más vulnerables son las embarazadas y los chicos pobres”, opinó Roberto Debbag, vicepresidente de la Sociedad Latinoamericana de Vacunología y autor de un artículo publicado hace dos semanas en la revista Frontiers sobre los primeros 1000 días de vida. ¿Es un período vital desatendido para prevenir el impacto de las enfermedades infecciosas en la morbimortalidad materna e infantil de América latina?, se preguntó con otros autores de la región en ese texto.
El desafío, ahora, según propuso, es el diseño de cómo implementarla, las estrategias y la evaluación de indicadores y resultados. “En ningún lado menciona que estos artículos son los mismos que debe tomar para trabajar al mismo tiempo Salud, Infraestructura, Educación y Desarrollo Social. Faltaría ese eje transversal”, amplió Debbag, expresidente de la Sociedad Latinoamericana de Infectología Pediátrica. “No se especifica cómo se va a poner en práctica [la norma] y medir con tecnología de la información y la comunicación que permita seguir las diferentes variables en línea para la toma de decisiones y los cambios necesarios de acuerdo con las diferentes poblaciones”, indicó. Consideró esencial que el Estado se enfoque en garantizar el acceso a agua potable, vacunas y atención de la salud durante el embarazo, junto con un seguimiento de los chicos en los tres primeros años, con entrenamiento de los pediatras en todo el país en buenas prácticas para el manejo de las infecciones graves en esa etapa de la vida.
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