Primer juicio por un "travesticidio" en la Ciudad: prisión perpetua para el asesino de Diana Sacayán
El Tribunal Oral en lo Criminal 4 condenó este mediodía a prisión perpetua a Gabriel David Marino como coautor del "homicidio agravado por odio de género y violencia de género" de la dirigente trans Diana Sacayán, asesinada de 13 puñaladas en su departamento de Flores, en 2015.
El veredicto en el juicio contra el joven de 25 años, acusado como coautor del crimen de Sacayán, se conoció este mediodía en los tribunales porteños.
Fue el primer juicio por un "travesticidio" en la Ciudad de Buenos Aires. Hasta ahora sólo se realizaron dos en el país: uno por el crimen de Natalia Sandoval, de 35 años en Mendoza, y otro por el de Vanesa Zabala, de 31 años en Santa Fe, pero en esos casos, si bien se aplicó pena de perpetua, no se aplicó el agravante de "odio de género".
La duodécima audiencia ante el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 4, integrado por los jueces Adolfo Calvete, Ivana Bloch y Julio César Báez, se celebró con las réplicas de las partes a sus alegatos.
Se escucharon los planteos de la fiscalía y la defensa y antes de dar por clausurado el debate, el presidente del tribunal, el juez Calvete, le preguntó a Marino si quería hacer uso de su derecho a decir sus últimas palabras. El acusado se acercó al micrófono y respondió: "No".
Marino fue condenado a prisión perpetua tal como lo solicitaron la fiscalía y las dos querellas, que agrupan a representantes de la familia de la víctima y al Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (Inadi).
Se estima que el otro sospechoso, detenido al igual que Marino el 28 de octubre de 2015 en el partido bonaerense de Morón, será juzgado por el hecho en otro debate oral.
"Desde las querellas, la familia y los amigos y compañeros de Diana, se espera una sentencia histórica, que el Poder Judicial reconozca que el asesinato de Diana fue un crimen de odio y por prejuicio a su identidad de género travesti y que este Poder Judicial se exprese por primera vez en la historia sobre la muerte de las travestis y reconozca que esto fue un travesticidio", indicaron en un comunicado de prensa.
El asesinato
Sacayán fue hallada muerta en su departamento, en la calle Rivadavia al 6700, el 13 de octubre de 2015. Ese día, el encargado del edificio vio la puerta de su departamento abierta y al asomarse vio que la víctima estaba atada sobre una cama, ensangrentada, por lo que llamó al número de emergencias 911 y a una ambulancia.
La autopsia reveló que la víctima presentaba 27 lesiones, 13 de ellas producidas por un arma blanca, presumiblemente con un cuchillo de una hoja de 20 centímetros secuestrado en la escena del crimen. Desde el comienzo se investigó un posible homicidio.
Diana formaba parte del equipo del Programa de Diversidad Sexual de INADI y era una impulsora de la lucha por los derechos de las personas trans. Era la líder de la Asociación Internacional de Lesbianas, Gays y Bixesuales (ILGA) y dirigente del Movimiento Antidiscriminatorio de Liberación (MAL).
En 2012 había recibido su DNI con su identidad de género autopercibida como mujer trans. El documento le fue entregado por la propia presidenta Cristina Kirchner .
El condenado, Marino, reconoció en su indagatoria que había conocido a Sacayán en el marco de un tratamiento por adicciones y que había tenido encuentros sexuales con ella, pero negó haberla matado.
Según la versión del acusado, él llegó al departamento donde había otro hombre con el que la víctima habría discutido y en esas circunstancias, Sacayán habría sacado un cuchillo, que le fue arrebatado por esa otra persona que la apuñaló.
Para los fiscales que intervinieron en la etapa de instrucción, el contexto y el modo en el que se produjo el hecho permitieron suponer que el homicidio estuvo motivado "por su condición de mujer trans y por su calidad de miembro del equipo del Programa de Diversidad Sexual de INADI, impulsora de la lucha por los derechos de las personas trans, líder de la Asociación Internacional de Lesbianas, Gays y Bisexuales (ILGA) y dirigente del Movimiento Antidiscriminatorio de Liberación (MAL)".
Los fiscales sostuvieron que Marino llamaba por teléfono a Sacayán, la contactaba por Facebook e iba seguido a su departamento, al tiempo que ella lo presentó a sus compañeras y amigas como su novio.
Odio de género
Para los acusadores, el imputado ingresó al círculo íntimo de la víctima durante el último mes de su vida y que esas circunstancias le facilitaron el acceso a la vivienda la noche del homicidio.
En cuanto a la acusación, fundada en el inciso 11 del artículo 80 del Código Penal que permite configurar un homicidio en femicidio , los fiscales explicaron que la identificación del género de una persona debe hacerse en función de su identidad de género. Por ello, el término "mujer" incluye también a las personas travestis, transexuales o transgénero que tienen una identidad femenina.
En ese sentido, los fiscales consideraron que el inciso 11 abarca una modalidad específica de femicidio que es la llamada "travesticidio/transfemicidio" y es la que pretende visibilizar la particular violencia que sufren las travestis y mujeres trans.
Con respecto al odio, indicaron que el primer indicio para establecerlo es el alto grado de violencia con que los autores perpetraron el crimen y "los signos de ensañamiento que exceden claramente la mera intención de matar".
Al respecto, recordaron que la víctima fue apuñalada, amordazada, atada de pies y manos, golpeada, con puños y objetos contundentes y hasta pateada.
Por último, los fiscales remarcaron que en la indagatoria del acusado se evidenciaron "prejuicios que albergaba hacia las personas travestis y homosexuales".
La audiencia
La audiencia, hoy, fue transmitida por pantalla afuera de la sala y vía internet por el Centro de Información Judicial (CIJ), mientras que en la plaza Lavalle se realizó una radio abierta y transmisión en vivo para recordar a la víctima, impulsora de las leyes de Identidad de Género y de Cupo laboral travesti trans.
En la etapa de alegatos, el fiscal Ariel Yapur consideró a Marino responsable del "homicidio triplemente agravado por odio de género, por violencia de género y por el vínculo" de Sacayán y señaló la "inmensa responsabilidad institucional" que posee la causa por la "dimensión de Diana como víctima" y por "el interés especial" que organizaciones internacionales tienen sobre el tema.
"El caso de Diana es un caso testigo de las violencias contra las mujeres trans", agregó sobre el asesinato, cometido entre la noche del 10 y la madrugada del 11 de octubre de 2015.
Por su parte, la representante de la familia de Sacayán, Luciana Sánchez, dijo ante los jueces que éste fue un caso "fundacional", resaltó el "impacto" que tuvo en la comunidad, y suscribió la pena solicitada por la fiscalía.
En tanto, el abogado Ricardo Kassargian, querellante por el INADI, acompañó lo solicitado por sus colegas de la acusación y destacó en su alegato "el valor de las palabras": "Si matan al padre, se habla de parricidio; si matan a un hijo, se habla de filicidio; al hermano, fraticidio... Entonces, cuando matan a una travesti por su condición de tal, se debe hablar de travesticidio".
Durante la última audiencia, realizada el 7 de junio, el defensor oficial de Marino, Lucas Tassara, solicitó en primer lugar la absolución de su asistido, al cuestionar las pruebas presentadas por la acusación en relación, especialmente, a la hora de la muerte de Diana y la presencia de éste en el departamento en ese momento.