Por la nueva ley, sobreseen a una mujer que cultivaba cannabis para uso medicinal
La flamante norma fue uno de los argumentos para declarar la falta de mérito de Adriana Funaro; los primeros cultivos del INTA estarían entre fin de año y principios del próximo
El 20 de febrero, a las 9 de la mañana, Adriana Funaro salió al jardín de su casa en Ezeiza y la sorprendió una sombra en el quincho. "¿Y eso qué es, Walter?", le preguntó al jardinero. "Es el sauce", le contestó. Ella estaba convencida de que se trataba de una persona. Abrió la puerta y se encontró con un hombre tatuado, en bermudas, que portaba un arma. "Policía, quieta", le gritó. Detrás de él, más personas armadas saltaban desde la casa de al lado.
Se trataba de un allanamiento de la división de drogas ilícitas. Ella lo entendió enseguida: era evidente que su vecino había concretado la denuncia penal con que la había amenazado después de una pelea por la medianera. A Funaro se la llevaron de su casa esposada y detenida, acusada de siembra de estupefacientes. También le incautaron las plantas de cannabis con las que ella elaboraba el aceite con el que trataba la artrosis en sus rodillas, y que también convidaba a un pequeño grupo de personas con distintas afecciones, entre ellas Delfina, una niña de tres años con microcefalia que con el tratamiento del aceite redujo las convulsiones que sufría a cada rato.
Funaro pasó dos meses y cuatro días detenida: los primeros tres en distintas comisarías de la zona y el resto con prisión domiciliaria en la casa de su hija, en el barrio 9 de Abril, de Esteban Echeverría, hasta que, la semana pasada, fue sobreseída tras un fallo unánime de la Sala Tercera de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora. La novedad del fallo es que entre los argumentos cita la flamante ley 27.350 de uso medicinal de la planta de cannabis, sancionada el 29 de marzo pasado y cuya regulación está pendiente.
"No podemos desconocer -dice el fallo- que si bien la ley mencionada [por la 27.350] ha dejado excluido el autocultivo de cannabis con cualquier finalidad, ha establecido un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal de cannabis, reconociendo sus propiedades medicinales y paliativas del dolor en determinadas enfermedades como las padecidas por Adriana Funaro."
Y agrega: "No puede escapar a nuestro análisis que debido a la afección de la imputada y la ausencia hasta entonces de un marco legal que diera respuesta a sus dolencias ésta se vio en la necesidad de sobrellevar su estado de salud mediante la producción del aceite de cannabis en su domicilio, no habiendo acreditado, reiteramos, la fiscalía interviniente otra finalidad distinta que su consumo".
La resolución se fundamenta además en el estado de salud probado por Funaro (hipertensión arterial, insuficiencia cardíaca, además de una artrosis severa en miembros inferiores con imposibilidad de ingerir medicación al padecer úlceras crónicas), la acreditación de que su producción fuera para fines terapéuticos y que no hubiera una intención de comercialización ni afectación de la salud pública.
María Victoria Baca Paunero, defensora pública oficial de Funaro, entiende que ésta es la primera vez que, al menos en la provincia de Buenos Aires, se cita la nueva ley 27.350 como parte de los fundamentos. "Si bien en el ámbito federal hay mucha jurisprudencia sobre el tema, el fallo sienta un precedente importante en la provincia -dijo-. El recurso de apelación fue presentado días después de la sanción de la ley, y la sala hace suyo parte del argumento ahí expuesto e incorpora las nuevas circunstancias que existen con esta nueva ley."
Advierte también que hoy existe una tensión entre la nueva ley y el decreto reglamentario complementario de la ley 23.737 que especifica qué sustancias son estupefacientes: "Una ley dice que el cannabis sirve para fines medicinales y la otra dice que es un estupefaciente; con la reglamentación se va a tener que revisar esa normativa".
La flamante ley de uso medicinal de la planta de cannabis prevé que el Estado debe garantizar el acceso gratuito al aceite de cáñamo a las personas incorporadas al programa que establezca la reglamentación. Pero mientras no exista una reglamentación y el Estado no provea el aceite, la opción es la importación para uso compasivo. En tanto, seguirá habiendo entonces quienes dependan de sus autocultivos, o de los "cultivadores solidarios", y que serán pasibles de allanamientos y detenciones como en el caso de Funaro.
Carolina Gaillard, diputada del FPV y presidenta de la Comisión de Acción Social y Salud Pública, afirma que ante esta situación es imperioso que, cuando se reglamente la ley, el artículo que establece el registro de usuarios disponga que mientras el Estado no produzca el aceite el Ministerio de Salud otorgue autorizaciones para el cultivo con fines medicinales a todos los pacientes que presenten historia clínica y prescripción médica.
Los días corren. La ley prevé su reglamentación dentro de un plazo no superior a los 60 días desde su publicación en el Boletín Oficial. Eso ocurrió el pasado 19 de abril. Y los actores involucrados saben que el cultivo, elaboración y la distribución del aceite llevarán tiempo.
Por eso los titulares del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y el Conicet, las dos instituciones que la ley señala como autorizadas al cultivo de cannabis con fines de investigación médica y/o científica y a la elaboración de la sustancia para el tratamiento del programa estatal, ya se reunieron y acordaron trabajar en conjunto. Incluso irán al Ministerio de Salud en estos días a ponerse a disposición.
"En el mejor de los casos creo que los primeros cultivos pueden estar en la primavera tardía, y si no, el año próximo", dijo Héctor Espina, director nacional del INTA. Desde el punto de vista técnico, ya encargaron el tema al Instituto de Recursos Biológicos, situado en Castelar, que depende del Centro de Investigación de Recursos Naturales, donde trabaja un grupo especializado en plantas medicinales.
Desde el Ministerio de Salud de la Nación sólo informaron que en este momento se está conformando la comisión que va a estar a cargo de reglamentar la ley.
Espina dijo que la idea con el Conicet es abrir el juego a las universidades y formar una gran plataforma de trabajo. "Ahora es clave el relevamiento que haga el ministerio de Salud con las familias que ya están con el tratamiento. Ese conocimiento no científico es muy importante para cualquier investigación que se inicie." Una de ellas, entonces, podría ser Adriana Funaro.
Un caso testigo en el país
Adriana Funaro - Autocultivadora
46 años
Mandataria de automores
Padece artrosis en rodillas
Un fierro caliente atravesando el hueso de su rodilla. Así describe Adriana Funaro el dolor que le produce la artrosis desde 2013. Con úlceras crónicas, encontró en el aceite de cannabis que ella misma aprendió a elaborar un paliativo. “Lo de la ley es un gran paso –dice–. Pero el autocultivo no se puede parar porque es la única manera de empoderar tu salud. Cada uno sabe mejor que nadie cuál es su variedad porque con el cannabis no hay un prospecto.”
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