Pérez Volpin: procesaron por homicidio culposo a los dos médicos que la trataron
El juez consideró que el endoscopista y la anestesióloga actuaron de un modo "incorrecto" durante el procedimiento en el que murió la periodista
El juez Carlos Bruniard, a cargo de la causa que investiga la muerte de la periodista y legisladora Débora Pérez Volpin, procesó ayer al endoscopista Diego Bialolenkier y a la anestesióloga Nélida Inés Puente por el delito de homicidio culposo. Además, los embargó por 1,7 millones de pesos.
El magistrado encontró elementos suficientes para comprobar "el nexo de causalidad entre la muerte ocurrida y aquellas conductas reprochadas a los doctores Bialolenkier y Puente, quienes debieron actuar con la celeridad, precaución y recursos disponibles que la emergencia provocada requería". Consideró, además, que la conducta que se les imputa encuadra en el artículo 84 del Código Penal, que engloba a "quien por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los deberes a su cargo causare a otro la muerte".
"Son responsables por el resultado lesivo a título de culpa, al violar el deber de cuidado que les era exigible, por haber causado y contribuido a aumentar el riesgo para la paciente, que pudo ser evitado o al menos solucionado", escribió el juez, que estableció que ambos profesionales deben responder en calidad de coautores. De probarse, podrían ser penados con prisión de hasta cinco años e inhabilitados en su profesión por hasta diez.
"El incorrecto manejo instrumental ocurrido durante los primeros minutos del procedimiento por parte del Dr. Diego Ariel Bialolenkier, sumado al incorrecto y demorado proceder a posteriori de la Dra. Nélida Inés Puente determinaron el fatal resultado acontecido", concluyó el juez.
El magistrado es contundente con el accionar de Bialolenkier. "No ha podido explicar qué causó que una paciente sin ninguna patología previa de relevancia para realizar un estudio de diagnóstico inocuo, durante su supuestamente correcta e inofensiva intervención, a minutos de comenzar, presentara el enorme desmejoramiento en su salud que finalmente terminó con su vida". Y continuó: "El imputado, como consecuencia de un incorrecto manejo del equipo a su cargo, produjo una lesión de tipo instrumental endoscópico en la vía digestiva, que generó el paso de aire a presión en la zona del tórax -lo cual no advirtió ni trató en tiempo oportuno- provocando un barotrauma que derivó en una congestión y edema pulmonar que llevó a la falla cardíaca final de su paciente".
Bruniard también argumentó sobre el accionar de Puente. "Considero que la médica, confiada en que se trataba de un estudio de rutina en el cual estadísticamente no se registran complicaciones, desatendió los signos vitales de su paciente, recostándose en el equipo que la monitoreaba".
Indagatorias
Sobre los procesamientos, el abogado de la familia Pérez Volpin, Diego Pirota, señaló: "Estamos muy satisfechos, es lo que la fiscalía y la querella venían sosteniendo". Y agregó: "Los hechos y las pruebas han sido determinantes para que el juez decidiera de este modo".
Roberto Churba, abogado defensor de Bialolenkier, señaló que la decisión no se ajusta a derecho, por lo que apelará. Lo mismo hará la defensa de Puente. "Explicaremos por qué no estamos de acuerdo con este pronunciamiento que se aparta de los informes médicos que hay en el expediente", expresó el abogado defensor de la anestesióloga, Eduardo Gerome.
El 6 pasado, Bialolenkier declaró que el estudio endoscópico no tuvo ninguna complicación. Tampoco evidenció ninguna perforación endoscópica. Y aclaró que es casi imposible no percibir una lesión de este tipo cuando se tiene una visión frontal del conducto u órgano a través de la punta de la caña del equipo. Sobre los informes de los médicos forenses en la autopsia -que indicaron que Pérez Volpin tenía una perforación instrumental del esófago, producto de las maniobras endoscópicas- señaló que resulta absolutamente improbable que la lesión ubicada en la cara anterior del órgano fuese causada por el endoscopio, sobre todo tratándose de un esófago sano. Agregó que el endoscopio no tiene ninguna punta filosa ni cortante que pueda generar una lesión, sino que es de un material flexible y con punta redondeada sin vértices cortantes.
Indicó también que es imposible que la cantidad de aire que insufla el endoscopio pudiera generar o insuflar la cantidad de aire que se dice fue encontrada en el cuerpo de Pérez Volpin. Y agregó que aun en la mera hipótesis de perforación, esta no genera la muerte de la paciente de forma abrupta o inmediata. En su versión de los hechos, al llegar al duodeno Puente le informó sobre la desaturación de la paciente, por lo que detuvo el estudio por completo y retiró el endoscopio. Luego se dedicó a colaborar en la reanimación con masajes cardíacos hasta que llegaron los terapistas y la cardióloga.
El 7 pasado, Puente presentó un escrito en el que detalló que al advertir la desaturación solicitó que se suspenda el procedimiento porque notó un marcado enfisema de cara y cuello con cianosis. Según dijo presumió que se trataba de una reacción alérgica, y que cuando Bialolenkier retiró el endoscopio no se refirió a ninguna posible lesión. Señaló que intentó elevar la saturación con una máscara y una bolsa de oxígeno. Sin embargo, expresó que se dificultó por la obstrucción de la vía aérea. Según su relato, de inmediato tomó el laringoscopio para entubar, pero fue sumamente complejo. Por eso optó por colocar una máscara laríngea, lo que le permitió elevar la saturación de oxígeno de la paciente. Pese a los esfuerzos, según declaró, no se revirtió el cuadro de paro cardíaco.