Multaron a un jardín maternal por echar a una niña que lloraba mucho
La Justicia de Río Negro multó a un jardín maternal privado de Viedma por pedirle a la familia de una alumna que "no la lleven más y la hagan tratar con un psicopedagogo y un pediatra" porque lloraba mucho.
Según el fallo, la niña comenzó a asistir al jardín con normalidad, pero luego de unos días la directora citó a los padres y les indicó que su hija "no había logrado integrarse al grupo", que presentaba "un cuadro de angustia" y que eso "no permitía que el resto del grupo trabaje".
"La llevamos a un pediatra y a un equipo psicopedagógico que certificaron su buen estado de salud", aclaró la madre tras el proceso, quien además contó que la directora reconoció el error ante el Consejo de Educación, pidió disculpas y solicitó que lleven a la niña nuevamente al establecimiento.
"La conducta de la autoridad del jardín era discriminatoria, excluyente, lesiva de los derechos fundamentales de la niña, excluyéndola arbitraria y tempestivamente del sistema educativo", sostuvo la madre durante el juicio, que empezó en 2015.
Desde el establecimiento se defendieron: "Luego de cuatro semanas sin que pudiera lograr un progreso en su adaptación, el equipo docente y autoridades de la institución efectuaron una evaluación del caso de la cual concluyeron en aconsejarle a los padres el reinicio del período de adaptación, previa consulta de profesionales médicos, psicopedagogos y psicólogos a fin de que evaluaran a la niña".
Es el jardín el que debe adaptarse
El juez Leandro Oyola, en calidad de subrogante del Juzgado Civil 1 de Viedma, concluyó que "el establecimiento no tenía cauce legal para obrar como lo hizo, y tampoco demostró realizar todos los esfuerzos, que por otro lado le corresponden, para que el tránsito de iniciación escolar sea debidamente receptado".
"No se trata que la niña no se adaptó a la institución en su nivel inicial sino que esta última no se adaptó al desafío que la niña presentaba", indicó.
El juez recalcó que no se trataba de un desafío "imprevisible para un establecimiento", sino esperable.
"No surgen de los informes efectuados por la demandada, ni de los dichos de los testigos, cuál fue la propuesta pedagógica que el Jardín Maternal ponía a disposición", explicó el fallo.
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