Monociclos eléctricos: las razones por las que se extiende su uso y claves sobre la legislación que los regula
También llamados “monoruedas”, los usuarios destacan su portabilidad y autonomía; se rigen bajo la misma ley que los vehículos de movilidad personal, como los monopatines
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Quizá la primera imagen mental cuando se habla de un monociclo sea la de un acróbata que hace malabares mientras intenta mantener el equilibrio. Sin embargo, si bien el objeto es el mismo, la tecnología lo convirtió en un vehículo eléctrico que –como sucedió con los monopatines– hoy se amolda a las necesidades modernas. De hecho, cada vez se los ve más en las calles y avenidas de Buenos Aires.
Quienes los usan destacan una serie de ventajas: las baterías de litio, que les habilitan varios kilómetros de autonomía; la portabilidad y la posibilidad de evitar embotellamientos y gastos en combustible, además de su uso recreativo y deportivo.
Martín Díaz fundó Ecoalsina, un local ubicado en la esquina de Armenia y avenida Santa Fe, en el barrio porteño de Palermo. Se especializa en la movilidad eléctrica bajo la premisa de brindar “la solución para que sea posible trasladarse en la ciudad de una forma rápida, segura y generando el menor impacto ambiental”. En diálogo con LA NACION, contó que estos vehículos están específicamente ideados para cumplir con esa función.
Además de vendedor e importador de estos productos, tanto él como su familia los utilizan desde hace años: “La monorueda cambió mi vida, no solo en el uso diario para moverme en la ciudad, también en el sentido recreativo. Mi esposa y mi hija son usuarias, y juntos compartimos salidas y viajes. Las cargamos en la camioneta y recorremos el país. Disfrutamos de lugares increíbles, ya que, al ser un vehículo sostenible, no contamina y se puede usar en todos lados”, comentó.
Pese a que en el mercado global, según contó, los monociclos existen desde hace once años, en la Argentina su emprendimiento empezó a importarlos hace cuatro. La mayoría ronda valores que van de los $3 millones hasta por encima de los $8 millones, pero se encuentran algunos por debajo de esos números.
Los más avanzados pueden tener una autonomía superior a los 100 kilómetros por carga y una velocidad de hasta 100 km/h, aunque esta se suele utilizar en “circuitos de carreras”, ya que la regulación nacional establece que este tipo de vehículos no puede superar los 30 km/h en las calles. Los más accesibles, sin embargo, suelen tener una autonomía cercana a los 15 kilómetros y una velocidad máxima de 20 km/h.
Díaz recomienda que los usuarios circulen por las ciclovías, pero fuentes de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) explicaron, ante la consulta de este medio, que la disposición 480/2020 del organismo regula que los vehículos de movilidad personal (VMP) “podrán circular por calles, avenidas y zonas del entramado urbano que autorice la autoridad jurisdiccional competente, a excepción de las expresamente prohibidas”.
Esto significa que no se pueden usar monociclos eléctricos en las aceras, las zonas exclusivas para peatones, rutas, autopistas y semiautopistas. Es la misma normativa que rige, por ejemplo, para el uso de los monopatines eléctricos, ya que establece que “todo vehículo de una o más ruedas, destinado al traslado de personas y autopropulsado por motorización eléctrica o cualquier otro tipo de motorización” entra en la categoría de VMP.
Además, el organismo agregó que “la disposición regula la circulación de estos e invita a las provincias, municipios y a la Ciudad a adherir e implementarla”. Entre otros puntos, también establece que la velocidad de dichos vehículos no debe superar los 30 km/h, como se contó, con lo cual algunos monociclos quedarían lejos de alcanzar su potencia máxima.
Víctor Jasá, dueño de HIKÕ, un local en Córdoba (sobre la avenida Colón al 4701) que vende monociclos, puso énfasis en los principales puntos que los compradores y usuarios remarcan. “Si consideramos a los monopatines portables, esto está a otro nivel. Es como llevar una valija con rueditas. Una vez que te bajás, podés entrar a negocios, shoppings, restaurantes, bares y oficinas, dejarlo en cualquier esquina o incluso debajo del escritorio o de la mesa”, dijo.
También se refirió a la autonomía, que en general es mayor que la de los monopatines, con un tiempo de carga menor. A la vez, remarcó el hecho de ser, básicamente, una rueda, y agregó: “Quedan ambas manos libres. Al principio suele dar miedo o sensación de inseguridad, pero creo que es un gran plus: podés llevar cosas pequeñas, livianas o frágiles con gran facilidad (pizzas, bolsas de hielo, botellas de vidrio, etc.)”.
Su andar depende enteramente del cuerpo de quien lo maneje, por la tecnología de autoequilibrio que utilizan. Las reglas son relativamente básicas, casi como en la cabalgata: el cuerpo hacia adelante acelerará el vehículo, y hacia atrás lo frenará. En algunos casos, también es posible sentarse sobre la rueda, aunque depende del diseño (es decir, que la parte superior sea plana y no curva).
Jasá mencionó otras ventajas que sus compradores destacaron: por ejemplo, que de ser necesario es sencillo bajarse del monociclo, tomarse de una baranda, poste o pared, y que no existe el riesgo de “clavarse” el manubrio en caso de colisión, ya que no tiene uno.
Por otro lado, en jurisdicción de la ciudad de Buenos Aires los regula la ley 6164, la misma que se aplica a los monopatines eléctricos desde 2019, al igual que a nivel nacional. Según esta, ambos deben contar con un sistema de frenos, una base de apoyo para los pies, timbre o bocina, elementos reflectantes, luz delantera y trasera, y tener una potencia máxima de 500 watts.
Dicha legislación se trató a partir de las observaciones que realizó la Cámara Argentina de Vehículos Eléctricos Alternativos y Autopartes (Caeva), quienes aportaron sugerencias sobre el límite de potencia y de velocidad, las cuales fueron tomadas y aplicadas –como aclararon desde la misma cámara– por la Comisión Nacional de Regulación de Transporte. Además, como se estableció entonces, ante una infracción, al tratarse de vehículos que no están registrados, se podrá labrar una multa a la persona a través del DNI.
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