Migrantes rusos: ¿Cómo un extranjero puede obtener el pasaporte argentino?
El trámite de solicitud de ciudadanía por naturalización puede tardar aproximadamente tres años, o bien se puede reducir a alrededor de un año si el solicitante tiene un hijo o un cónyuge nacido en el país
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Al calor de un debate en el que se cuelan opiniones variadas respecto de la pertinencia, o no, de la recepción de mujeres rusas que vienen a tener a sus hijos en la Argentina, y mientras la justicia investiga la forma en que llegan al país, la Constitución, a través de su artículo 20, habilita a que las personas extranjeras pueden obtener la ciudadanía argentina.
¿Cuáles son estos procesos? Las tres formas son por ius soli, es decir, por haber nacido en territorio argentino; por ius sanguini (por opción), al ser hijo de una persona ciudadana argentina nativa; o por naturalización, a través de un proceso judicial.
Según cifras que dio a conocer la titular de la Dirección Nacional de Migraciones, Florencia Carignano, el 13 pasado en diálogo con LN+, desde enero de 2022 hasta esta semana, al menos 3000 ciudadanos rusos habían solicitado la radicación en la Argentina. “Fueron 22.200 los que entraron al país desde enero del año pasado hasta hoy [por el 13]”, señaló y remarcó: “Es decir que unas 19.000 no han pasado por Migraciones”.
En este sentido, la funcionaria destacó: “Al tener un hijo argentino tienen derecho a tener un pasaporte, pero está pensado para quienes vienen a vivir a la Argentina, no para los grupos mafiosos que venden nuestro pasaporte para gente que nunca va a vivir en la Argentina y luego nos generan problemas a todos los argentinos”, sumó.
Más allá de la investigación en curso, y de las razones por las que las familias de nacionalidad rusa llegan al país, LA NACIÓN elaboró un explicativo respecto de los diferentes procedimientos administrativos y/o judiciales mediante los que una persona extranjera puede obtener la ciudadanía y, con ello, el pasaporte argentino.
Ius soli, ius sanguini
Son dos criterios jurídicos que la Argentina admite para poder portar la nacionalidad, concedida, así, a todas las personas que nacen en el territorio argentino -ius soli- o por vínculos de sangre -ius sanguini-.
Esto está estipulado en la ley 346, de Ciudadanía, en la que se distingue entre argentinos por origen y por naturalización. Así, estipula en su artículo 1°, que son argentinos por origen “los nacidos en territorio argentino independientemente de la nacionalidad de sus padres, excepto los hijos de diplomáticos o miembros de delaciones extranjeras en la República; y los nacidos en el extranjero de padre o madre argentina y que optaren por la ciudadanía argentina”.
Las personas extranjeras hijas de padres o madres de argentinos nativos que hayan optado por la nacionalidad argentina, no obstante, no podrán trasmitirle la ciudadanía a sus hijos. Es decir, solo los argentinos nativos podrán hacerlo.
Por naturalización
Cualquier persona extranjera que acredite determinados criterios puede solicitar la nacionalidad argentina a través de un proceso judicial que se lleva a cabo exclusivamente ante los tribunales federales del país, mediante el que se otorga -o deniega- la Carta de Ciudadanía Argentina. Este documento permitirá luego tramitar el DNI argentino, así como el pasaporte.
¿Cuáles son los requisitos?
- tener dieciocho años de edad cumplidos;
- residir en la República dos años continuos, certificada por la Dirección Nacional de Migraciones (excepto si contrajo matrimonio con un ciudadano argentino nativo y/o tiene un hijo nativo);
- manifestar ante los jueces federales su voluntad de serlo.
¿Cuáles son los documentos a presentar?
- Partida de nacimiento debidamente legalizada según corresponda, con apostilla y/o legalización Internacional;
- Fotocopia de DNI (puede ser el provisto por la Dirección Nacional de Migraciones al otorgar una residencia precaria, con vencimiento, o una residencia permanente), o pasaporte;
- Certificado de antecedentes o buena conducta expedido por el país de origen;
- Certificado de domicilio;
- Justificación de medios de vida: contrato de trabajo, certificado de trabajo actual o recibo de sueldo. En caso de ser autónomo, fotocopia de comprobante de aportes;
- Si hay hijos argentinos, acompañar fotocopia de las partidas de nacimiento y certificado de la Dirección de Migraciones.
“Si una persona extranjera tiene un hijo que nace en el país y, por consiguiente, es ciudadano nativo, no se le exige para el trámite de naturalización haber residido en la Argentina dos años continuos, pero el resto de la documentación es la misma”, señaló en diálogo con LA NACION un funcionario de la Justicia Nacional en lo Civil y Comercial Federal.
Respecto de los plazos con que se podría resolver la solicitud de ciudadanía por naturalización en un juzgado federal en la Argentina, en el decreto 3213/84, reglamentario de la ley 23.059 de Ciudadanía, se estipula en su artículo 5° que “dentro del término de tres (3) días, [los jueces] solicitarán de oficio todo informe o certificado que consideren conveniente requerir a la Dirección Nacional de Migraciones, a la Policía Federal Argentina, a la Secretaría de Inteligencia de Estado, al Registro Nacional de las Personas, al Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal y Carcelaria o a cualquier repartición pública, privada o a particulares. Con su resultado, los jueces se expedirán otorgando o denegando el pedido con los elementos de juicio que obren en autos, en un término de noventa (90) días”. Es decir, según la normativa vigente, la justicia tiene un plazo máximo de alrededor de tres meses para expedirse.
“Las reparticiones consultadas no siempre contestan dentro de los tiempos establecidos, por lo que los plazos pueden verse modificados. Asimismo, las personas solicitantes también pueden demorarse en presentar o rectificar alguno de los documentos requeridos”, remarcó el funcionario judicial consultado y precisó que, en promedio, un trámite de estas características puede demorar entre 8 y 12 meses.
Ante la consulta de LA NACIÓN, detalló, además, que fueron 9980 la cantidad de solicitudes de ciudadanía por naturalización que su juzgado recibió entre enero y diciembre de 2022. “Alrededor de un 60% de esas presentaciones son de ciudadanos venezolanos”, señaló.
Asimismo, las posibles causantes de pérdida de la nacionalidad están estipuladas en el decreto mencionado en el párrafo anterior, en su artículo 15, y hace referencia a que si una persona invocó hechos falsos tendientes a la obtención de la ciudadanía, las autoridades pueden revocar tal otorgamiento, respetando el debido proceso.
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