Medio Ambiente: se prohíbe el plástico de un solo uso en los Parques Nacionales
- 3 minutos de lectura'
En medio de la pandemia del coronavirus Covid-19, una buena noticia para el cuidado del medio ambiente llegó a través del Boletín Oficial donde se publicó una resolución de la administración de Parque Nacionales que dispone “la reducción progresiva y la prohibición de los plásticos de un solo uso en las áreas protegidas” del país.
A través de la Resolución 19/2020 se estableció que los Parques Nacionales tendrán un plazo de seis meses desde su reapertura para adaptarse y podrán pedir una prórroga de seis meses más para alcanzar la meta de reducir al máximo el plástico.
Según el "Reglamento para la reducción progresiva y prohibición específica de los plásticos en jurisdicción de la administración de Parques Nacionales", se considera plástico de un solo uso a todo aquel "producto desarrollado a partir de materiales plásticos destinados a ser empleados una sola vez y a ser desechados tras su primer uso; no son reutilizables y su reciclabilidad es baja por cuestiones técnicas y/o económicas".
Luego se establece la prohibición del "ofrecimiento a la vista, la entrega al consumidor final, la distribución y comercialización en todas las áreas protegidas sujetas a la jurisdicción de este organismo, de los siguientes productos plásticos de un solo uso".
Dentro de los incluidos en la norma se estipulan:
- Las botellas de bebidas, vajilla y utensilios plásticos descartables, comprendiendo vasos y sus accesorios, platos, tazas y sus accesorios, cubiertos, bandejas, recipientes alimentarios con sus accesorios, sorbetes, agitadores de bebidas y palillos o escarbadientes de plástico.
- Las varillas de plástico destinadas a ser adheridas o utilizadas como soporte de objetos descartables como globos y los soportes de plástico utilizados para el consumo de helados tipo "palito".
- Los hisopos y cotonetes realizados con plástico no compostable.
- Las bolsas plásticas no reutilizables, entendidas como bolsas de polietileno u otro material plástico convencional, no compostables, livianas, con un espesor menor a cincuenta micrones, tipo camiseta y tipo rectas conocidas también como "de arranque", destinadas a contener o transportar productos y bienes, que sean suministradas bajo cualquier título, en cualquier punto de venta o entrega.
- Envoltorios de plástico a ser utilizados para el transporte o entrega de diarios, revistas, facturas, recibos y otros objetos similares.
- Productos cosméticos y de higiene oral con micro perlas o micro esferas de plásticos.
Las excepciones contempladas son "los productos plásticos de un solo uso que, por cuestiones de profilaxis, asepsia, razones médicas, conservación o protección de determinados alimentos, no pudieren ser reemplazados por materiales alternativos".
El retiro del plástico que genera grandes focos de contaminación en el mundo, especialmente en los océanos y que afecta a la fauna y flora marina, alcanza a todos aquellos emprendimientos concesionados dentro de todos los Parques Nacionales del país.
Otras noticias de Parques Nacionales
Más leídas de Sociedad
“Un aumento sostenido”. Las tres razones por las que un hospital universitario registra un boom de demanda
Quejas y mucho enojo. Ya comenzó el paro escalonado de subtes: a qué hora interrumpe el servicio cada línea
Crisis educativa. Preocupa que menos de la mitad del país cuenta con datos fehacientes de sus estudiantes
Las noticias, en 2 minutos. Milei dijo que Victoria Villarruel no tiene injerencia en el Gobierno; envían al Congreso el proyecto para eliminar las PASO