Lo tuyo es tuyo y lo mío es mío: más parejas firman acuerdos prenupciales
Desde la reforma de 2015, en la ciudad se quintuplicó la demanda de esos contratos para mantener la independencia sobre los bienes personales; muchos prefieren cumplir el trámite sin exponerse a la opinión de familiares y de amigos; tres de cada 10 firmantes ya habían estado casados
Al tradicional "sí, quiero" pronunciado en el Registro Civil, hoy podría agregársele una breve aclaración: "Pero también quiero mantener mi independencia". Porque cada vez son más quienes eligen casarse bajo el régimen de separación de bienes, en el que los cónyuges conservan la libre administración de sus patrimonios. Es una posibilidad que rige desde 2015, por el nuevo Código Civil y Comercial.
Parejas donde se cumple el lema"lo tuyo es tuyo y lo mío es mío", una posibilidad que existe en otras partes del mundo desde hace décadas, pero que a nuestro país llegó recién en 2015, con la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial. Hasta entonces, el único régimen era el de comunidad, por el que los cónyuges comparten todo lo que ganan.
Pablo es dueño de una imprenta y tiene un hijo de un matrimonio que se terminó hace quince años. El trago amargo de aquel divorcio y la tranquilidad de poder gestionar por su cuenta la manutención de su hijo son las razones principales por las que, cuando se casó en segundas nupcias con Natalia, quiso hacerlo con separación de bienes mediante.
"Soy hijo único y mi mamá me dejó un departamento cuando falleció. Con mi primera pareja compramos otro para mudarnos, pero ella no hizo ningún aporte económico. En ese momento, un amigo me dijo: '¿Por qué no especificás que se compró con la venta de algo tuyo?'", cuenta Pablo, de 54 años. El consejo le resultó chocante, decidió ignorarlo e inscribió la propiedad como bien ganancial. Hoy lo lamenta: "En el divorcio la que fue mi señora recibió la mitad sin haber aportado un peso". Por eso, el nuevo sistema le parece "más sano y transparente".
Es una elección que crece en las estadísticas. Según datos del Registro del Estado Civil y la Capacidad de las Personas proporcionados a LA NACION por el Ministerio de Gobierno porteño, menos del 10% de los matrimonios optaron por el régimen de separación de bienes en 2015. Pero en 2016 fue el 13,95% del total, en 2017 el 16,62% y en 2018 el 17,72%. Y de los 5509 matrimonios celebrados en 2019, hasta junio último, el 20% lo eligió. Como también se puede optar después de casarse, estas cifras no incluyen a quienes se fueron sumando con el matrimonio ya constituido.
"Cada vez recibimos más consultas. De parejas que se casan por segunda vez, de casados en comunidad que se quieren divorciar, pero no se deciden a iniciar ese trámite, y de jóvenes que prefieren mantener sus patrimonios separados, porque no saben cuánto va a durar el amor", dice María Marta Herrera, escribana y asesora del Colegio de Escribanos porteño.
En 2018 hubo 6899 divorcios y se casaron 12.031 parejas en la ciudad. De las 2131 que eligieron mantener sus bienes separados, en el 30% de los casos al menos uno de sus miembros ya se había casado con anterioridad. Y más del 65% tenía entre 20 y 40 años, lo que señala un interés por parte de los jóvenes con una visión menos estructurada del matrimonio.
Geraldine (26) y Leandro (36) son pareja desde hace cinco años y en diciembre último se casaron. No tienen hijos, es su primer matrimonio y vivieron la ceremonia casi como un trámite. "Ni lunch, ni fiesta, ni luna de miel, ni nada: fue algo superíntimo, solo con los testigos -cuenta ella, una empleada administrativa-. Para nosotros es un símbolo de unión, de compañerismo, pero también nos sirve para adquirir derechos, como compartir la obra social".
Optaron por el régimen de separación de bienes. "Ninguno de los dos tiene nada, pero somos independientes. Lo mío es mío, lo de él es de él, y siempre nos manejamos así. Está bueno dejar las cosas claras desde el principio", dice Geraldine. Y agrega: "Con el matrimonio no quería perder mi individualidad: yo trabajo y yo elijo. Por como soy, siempre va a ser así y está bueno también encontrar a alguien que pueda entender eso".
Además de la independencia, Pablo destaca la posibilidad de manejar su economía a voluntad: "No tenés que andar justificando tanto, hasta en lo básico. A mí me gusta todo lo relacionado con el diseño y, en mi primera relación cuando compraba algo, tal vez mi mujer me preguntaba para qué. Ahora puedo comprar lo que quiero mucho más relajado".
De eso no se habla
El manejo de los bienes del matrimonio es un tema que produce incomodidad en público y en privado: la dificultad para obtener testimonios es prueba de ello. Y abundan los prejuicios: quienes compartieron sus historias pidieron resguardar su identidad para evitar explicaciones a familiares que pudieran llegar a pedirlas.
A veces cuesta hablarlo incluso entre los futuros cónyuges. "El tema del dinero todavía es tabú. Es difícil de abordar sin que se mezclen los sentimientos y los propios valores de los miembros de la pareja", opina Herrera.
Geraldine cuenta que entre Leandro y ella "fue una decisión natural y no hubo historia", pero Pablo recuerda que con Natalia lo fue charlando de a poco. "Me costó decirlo, porque yo tenía resquemor. Parecería que lo primero que el otro escucha es: 'Quiero que mis bienes sean míos para que no me los saques'. Lo hablamos varias veces y entendimos que era mejor para ambos, que así cada uno se maneja de la forma más simple", señala.
No todo su entorno comprende la decisión. "Mis amigos solteros lo ven como positivo. Pero tengo un amigo que se casó a los 18, llevan toda una vida juntos y tienen cuatro hijos, y lo ve como algo rarísimo. Creo que muchos lo hacen pero no lo dicen, lo guardan para su intimidad porque todavía no está bien visto. Es un tema álgido, como la política. A la gente le cuesta: quiere ser la pareja perfecta o correcta, pero no entienden que no pasa por ahí".
¿De dónde viene el prurito? Según la doctora Úrsula Basset, directora del Centro de Investigaciones en Derecho de Familia de la Universidad Católica Argentina (UCA), hay razones históricas. Entre 1871 y 2015 rigió el Código Civil, redactado por Dalmacio Vélez Sarsfield, en el que quedó establecida la comunidad como única posibilidad patrimonial.
"Era avanzado para la época y reconocía que la mujer tenía tanto derecho a lo que generaba el marido como el marido mismo. Para Vélez Sarsfield, hablar de dinero en el matrimonio era faltar al pudor. Si ibas a compartir el cuerpo y la vida, separar el dinero era una división artificiosa, vista como indecente. Y 150 años de esa ley en nuestro país crearon una cultura", explica la letrada a LA NACION.
Así, cataloga a la Argentina como "uno de los raros casos en el mundo que tenían el sistema único de comunidad". En otras latitudes la separación de bienes existe desde hace mucho y el tema no produce escozor. En Italia es la opción elegida en dos de cada tres matrimonios y en Francia, lo hacía el 40% ya en el siglo XIX, según las cifras de los respectivos institutos nacionales de estadística. La comparación con Estados Unidos no vale -observa Basset-, porque allí "cada Estado tiene sus propias leyes".
De eso no se sabe
Los especialistas advierten que, a pesar del aumento de casos, todavía prima el desconocimiento sobre el tema. Y recomiendan asesorarse para evitar problemas futuros. "Si una persona gana mucho y la otra poco, una es rica y la otra pobre, aunque estén casadas", aclara Basset.
Por su parte, Ana Rosenfeld, abogada de numerosas celebridades, señala: "Hoy me estoy dedicando a atacar convenios de separación, porque solo ponen una crucecita en el formulario del Registro Civil y no hacen notarialmente las cosas como se deben. Hay que aclarar qué es lo mío y qué es lo tuyo, porque es muy fina la línea si el convenio no está hecho como corresponde".
Para que sea válida, la opción debe registrarse en acta pública frente a un escribano. Además de elegir régimen, se anotan "los activos, pasivos y donaciones que los cónyuges se hagan y quieran consignar", indica Basset. El régimen de comunidad es el que se aplica por defecto, pero nada es definitivo: se puede cambiar entre ambos todas las veces que se quiera, con un permanencia mínima de un año en cada uno.
Independientemente de la elección, hay obligaciones que persisten. Durante el matrimonio los cónyuges deben colaborar en los gastos del hogar y son deudores solidarios respecto de cosas como el colegio de los hijos. "La separación de bienes resuelve temas de divorcio, pero no cambia la situación frente a la cuota alimentaria ni a la compensación económica de la cónyuge ni a la situación hereditaria", agrega Rosenfeld.
Un error común, señala Basset, es asimilar la separación de bienes al contrato prenupcial o prenup popularizado por las celebridades de Hollywood: "Los prenupcial agreements de la doctrina anglosajona exceden la elección del régimen patrimonial y pueden tener cláusulas sobre cómo repartir las cosas, cláusulas penales o acerca de lo que ocurre ante una infidelidad". En la Argentina, no existe algo así para el matrimonio, aunque sí es posible en las uniones convivenciales.
El interés en el nuevo régimen patrimonial es señal de cambios más grandes. "Cambió la posición de la mujer en la vida civil, y hay mujeres que ganan lo suficiente o más que sus parejas. Y también una proyección de menor duración del matrimonio: ya no pensás que es para siempre, sino mientras dure el amor. Triste o no, ese es el escenario", dice Basset.
Desde su experiencia, Pablo concuerda. Y cree que el régimen de comunidad responde a otra época: "Fue pensado hace muchos años para otra situación, cuando te casabas con tu primera novia; seguías así 50 años y si las cosas estaban mal la luchaban desde adentro. Y ahora, no sé si está bien o mal, por una determinada situación tal vez decidís separarte. Entonces hay que adaptarse a estos nuevos tiempos: hoy son más las personas que se divorcian que las que se casan".
Respuestas para las dudas más frecuentes
¿Qué puede contener el contrato prematrimonial?
Un inventario de los bienes o de las deudas de cada uno. Un inventario de los regalos o donaciones que los cónyuges se hagan.
¿Cuándo se puede otorgar la convención matrimonial?
Antes de casarse, aunque rige desde la celebración del matrimonio. Después de casarse, si se deja pasar un año de vigencia del régimen anterior.
¿Se puede cambiar el régimen?
Se puede cambiar tantas veces como se quiera, siempre dejando pasar un año de la vigencia del contrato anterior. Cada vez que se cambia del régimen de comunidad al de separación, deben dividirse los bienes que son comunes.
¿Quién puede otorgar convenciones matrimoniales?
Todas las personas que pueden casarse. Los menores de 18 años, que se casan con autorización del juez, no pueden hasta alcanzar la mayoría de edad.
¿Qué pasa si una pareja no hace una convención matrimonial?
En ese caso, rige el régimen de comunidad de ganancias.
¿Qué regímenes se pueden elegir?
Antes del matrimonio, el de separación. Después de casarse, si se tiene régimen de comunidad, el de separación. Si se tiene de separación, puede pasarse a comunidad.
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