Licencias de conducir en CABA: prorrogan por dos años la vigencia de los carnets emitidos antes de la pandemia
Se trata de las credenciales con vencimiento entre enero de 2022 y febrero de 2025; los titulares deberán solicitar una reimpresión con la fecha extendida
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Las autoridades porteñas informaron que los conductores que residan en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y cuya licencia haya sido emitida con fecha anterior al 17 de marzo de 2020 y caduquen entre enero de 2022 y febrero de 2025 tendrán una prórroga por dos años.
A través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 11/21 del Gobierno porteño dejó establecido que se extenderá por dos años el vencimiento de aquellos carnets de conducir que fueron emitidos con fecha anterior a la cuarentena y a las restricciones impuestas por la pandemia, que afectaron a los trámites presenciales de este tipo.
El texto de la norma indica: “Prorrógase, por el término de dos años, la vigencia de las licencias de conducir cuyo vencimiento original opere entre los días 1° de enero de 2022 y el día 14 de febrero de 2025, emitidas antes de 17 de marzo del año 2020″.
No obstante, el trámite no es automático y el conductor deberá gestionar la reimpresión de su carnet, a través de un procedimiento on line, y así obtener la credencial con la nueva fecha donde constará la extensión.
Para realizar la prórroga, los titulares de las licencias tienen la obligación de tramitar la “reimpresión de licencia de conducir con dos años de extensión – Covid-19″, en la cual constará la nueva fecha de vencimiento de la habilitación, según se desprende de la información publicada en el Boletín Oficial.
Quienes deban realizar este trámite podrán hacerlo mediante los canales virtuales y a partir de los 30 días anteriores al vencimiento inicial.
Los conductores que ya habían hecho uso de una extensión durante 2020 y 2021 no podrán acceder a este beneficio de carácter excepcional por la emergencia sanitaria que, de acuerdo a la norma, rige hasta el próximo 31 de octubre.
Además, en una fecha cercana a los vencimientos, la Dirección General Habilitación de Conductores, que depende de la Jefatura de Gabinete de Ministros dictará las normas complementarias “necesarias para hacer efectiva la medida”, señala el comunicado y entonces se conocerá en detalle el procedimiento para la extensión.
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