Les retendrán el vehículo, pero no el registro a los que manejen drogados
La discusión sobre la detección y pena del consumo de sustancias ilegales volvió a filtrarse ayer en la Legislatura porteña durante el debate de reforma del Código de Tránsito. La ley que se sancionó anteanoche incluyó varias causales por las que se castigará con la retención de la licencia de conducir. Entre ellas, se agregaron las de atravesar un paso a nivel con la barrera baj a, invadir los carriles del Metrobús y sancionar a quienes obstruyan ciclovías.
Sin embargo, la oposición y el oficialismo porteños acordaron no agravar la pena a quienes conduzcan bajo los efectos de sustancias ilegales. Hoy, el Ministerio de Seguridad realiza operativos para detectar consumo de drogas y utiliza un pupilómetro. Si esa prueba es positiva, se hace un segundo análisis, de saliva. De resultar positivas, se labra una contravención, se da intervención a la fiscalía de turno y el automóvil es retenido. Ante la detección de la ingestión de drogas ilegales, se secuestra el vehículo y también se impone al automovilista la multa por conducir bajo los efectos de estupefacientes, cuyo valor es de entre 200 y 2000 pesos, de uno a diez días de arresto y la quita de 10 puntos en el scoring . La reforma no cambiará esta operatoria.
Rafael Gentili, diputado de Proyecto Sur, que estaba entre los legisladores que creían que no se debía agravar la pena indicó: "Era una disposición genérica. Si la Legislatura legisla con exactitud en el caso del alcohol, debe darse un debate serio, que se prometió ayer en el recinto, y hablar con precisión en ese punto. Debemos establecer cuáles son esas sustancias y no dejarlas libradas a la reglamentación de una norma. No estuvimos de acuerdo. Creemos que no hay que agravar la pena que ya existe que es retener el auto".
Patricio Distéfano, del bloque Pro, no coincidió con la visión de Gentili: "Las sustancias son las prohibidas por la ley. Si con el alcohol, que no es una sustancia prohibida, ante la ingestión excesiva se quita el carné, creo que es peor aún la situación ante el consumo de una sustancia prohibida. Creo que es algo grave y vamos a presentar un proyecto nuevo para volver a incluirlo".
Pero esta no es la única controversia que ha generado la nueva norma. Es que en la práctica se hace más benévola, por ejemplo, cuando se sanciona el paso con luz roja, ya que pone como condición que se viole la velocidad máxima que establece el Código de Tránsito. Es decir que quien circule por una calle a menos de 40 km/h no podrá ser sancionado con el retiro de la licencia. En las avenidas, ese límite alcanza a quienes circulen a 60 o 70 km/h. Esto, sumado a que sólo se quitará el carné con un concurso de faltas, había generado polémica en el Poder Ejecutivo, en el que evaluaban que esto podría ser impracticable.
Otro cuestionamiento a la ley menciona el hecho de que entre las causales se mezclan contravenciones con faltas, de manera que la devolución de la licencia, hasta 40 días después de haber sido retenida, no puede hacerla en todos los casos la Dirección General Administrativa de Infracciones ya que, en el caso de las contravenciones, es la justicia de ese fuero la que debe intervenir.
Por ejemplo, la alcoholemia positiva y el cruce con las barreras bajas en un paso a nivel son contravenciones en la ciudad de Buenos Aires.
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