La Suprema Corte de Mendoza ordenó a un municipio que vuelva a instaurar un concurso de belleza: las razones
La municipalidad de Guaymallén había emitido el año pasado una ordenanza que terminaba con la elección de la reina vendimial porque cosificaba a la mujer; hoy, el tribunal consideró que esa celebración forma parte del patrimonio cultural del distrito
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MENDOZA.– Un fallo judicial con un duro revés para quienes rechazan los concursos de belleza. La decisión llegó de la Suprema Corte de Justicia provincial que obliga a la comuna de Guaymallén, la más poblada del distrito, a realizar la elección de la reina departamental de la Vendimia, luego de un año de fuertes polémicas y larga espera. El principal argumento de la mayoría de los jueces: se trata de un patrimonio cultural inalienable por sobre la autonomía municipal.
La Corte declaró la inconstitucionalidad de la ordenanza comunal N°9196, de 2021, que ponía fin a la tradicional votación de la soberana del departamento. De hecho, en el medio hubo cuestionamientos de exreinas, reproches oficiales, presentaciones judiciales y hasta la aparición de una “reina blue”, Julieta Lonigro, elegida extraoficialmente por los vecinos, que finalmente no pudo participar de la Fiesta Nacional de la Vendimia 2022. Esto, a raíz de que la Corte, en febrero del año pasado, obligó a la comuna a presentar una reina hasta que emitiera el fallo de fondo, pero las autoridades decidieron que fuese la soberana de 2020, Sofía Grangetto.
Ahora, tras una audiencia pública realizada a fin de año, llegó la decisión final del máximo órgano de la Justicia provincial por lo que el municipio está obligado a realizar su fiesta, con elección y coronación, lo que fue celebrado, principalmente por las asociaciones de exreinas nacionales de la Vendimia, ya que fueron las principales demandantes. Eso sí, todo será contrarreloj ya que la celebración departamental está prevista para el 10 próximo, por lo que la comuna debe agilizar las instancias previas de selección de las soberanas distritales.
“Agradecemos a la comunidad y a Julieta, la reina del pueblo. Ahora el municipio tiene que abrir la convocatoria y darle la posibilidad a las mujeres de Guaymallén para que participen libre y voluntariamente de una manifestación tan identitaria de Mendoza”, expresó Ana Paula García, exreina nacional de la Vendimia y una de las impulsoras del reclamo ante la Justicia.
Argumentos
El fallo de la Corte fue casi unánime: seis votos contra uno. Entre las principales posturas plasmadas en la resolución de Dalmiro Garay, José Valerio, Teresa Day, Pedro Llorente, Julio Gómez, Mario Adaro y Omar Palermo, el único que defendió la ordenanza, quedó en claro que la reina es una institución cultural de la provincia al tiempo que se deja en claro que el municipio se excedió en sus facultades.
Garay, presidente del máximo tribunal, plasmó la posición mayoritaria, en uno de los párrafos centrales del fallo de 131 páginas. “Es evidente que si se está ante un instituto (Fiesta de la Vendimia) protegido y regulado mediante leyes provinciales en razón de su ser y carácter de patrimonio cultural de la provincia, el ejercicio de las facultades políticas de legislación vinculadas con el gobierno de ese instituto, no han sido deferidas a los órganos deliberativos municipales y han quedado reservadas a la Legislatura”, indica el documento.
“El municipio de Guaymallén, tienen la capacidad y la potestad para innovar, modernizar, adaptar la fiesta vendimial y sus expresiones, conservando el patrimonio cultural, sin que por ello implique o apele a suprimir o prohibir la elección de la reina departamental, en pos del fundamento de prevenir ‘la cosificación de” la mujer’”, señaló Adaro en sus argumentos. Y agregó: “Ambos derechos humanos fundamentales, la cultura y la protección de las mujeres, pueden convivir, ser compatibles, dialogar e interactuar, en un proceso de resignificación tanto de la cultura como del rol de la/s mujer/es en Mendoza”. Además, planteó “medidas reparativas” para la “reina blue”, quien ahora podría presentarse en la elección, aunque ya había advertido que no estaba en sus intenciones. “Fue parte impulsora de esta causa, primero con un reclamo administrativo ante el municipio de Guaymallén, y posteriormente, ante la denegatoria a su petición, con el inicio de la presente causa ante esta Suprema Corte de Justicia, lo que merece especial atención y reconocimiento”.
El fallo disidente fue el del juez de extracción peronista, Palermo, que, paradójicamente, dio su aval al intendente radical Marcelino Iglesias. Defendió “la legitimidad democrática de la ordenanza” y aseguró que “no excede la competencia municipal en razón de que no existe ninguna disposición provincial que obligue a los municipios a elegir reinas departamentales”.
Para las autoridades comunales, en nombre de Iglesias, se trata de un primer paso clave de un debate que, aseguran, tendrá continuidad, a medida que evolucione la sociedad. Así, más allá de acatar el fallo, consideran que se puso sobre la mesa la postura de romper con la “cosificación de la mujer, a través de un concurso de belleza”.
Previo al fallo, Iglesias había comentado a LA NACIÓN. “Seguramente voy a seguir teniendo problemas por un tiempo, pero es inexorable el cambio. Ya se abolieron cerca de 90 de los concursos que antes había y en numerosas ciudades prohibieron las elecciones de reinas. Hay que bancar la parada y el tiempo nos dará la razón”, indicó el intendente.
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