La muerte de Alejandro Cohn. Tres médicos fueron condenados por el homicidio culposo del joven en San Isidro
Son Marcelo Toro Solano, a cargo de la ambulancia que lo asistió en la vía pública, y Ana María Sánchez y Carla Setti, responsables de la guardia; otros seis profesionales fueron absueltos
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Los tres médicos a cargo de la guardia del Hospital Municipal Melchor Posse, de San Isidro, y responsables de la atención de Alejandro Cohn, que murió el 29 de julio de 2015 dos días después de haber ingresado por un cuadro de hipoglucemia, fueron hallados culpables de homicidio culposo. El joven, que en ese momento tenía 35 años, terminó con muerte cerebral por la falta de atención primaria y de un diagnóstico preciso, lo que derivó en un cuadro que empeoró en 48 horas hasta llegar hasta el punto de que su familia debió tomar la dura decisión de retirarle la asistencia mecánica respiratoria.
Marcelo Toro Solano, a cargo de la ambulancia que asistió a Cohn cuando se descompensó en la vía pública, y Ana María Sánchez y Carla Setti, las médicas de guardia que debieron haberlo asistido en los consultorios de guardias, fueron hallados culpables. Toro Solano recibió la pena de tres años y seis meses de prisión y siete años de inhabilitación para ejercer la medicina. Respecto de Sánchez y Setti, ambas recibieron la pena de un año y ocho meses de prisión de ejecución condicional y cinco 5 años de inhabilitación para ejercer la medicina. Ninguno de los tres médicos se encuentra trabajando en el Melchor Posse de San Isidro.
Además, Toro Solano tendrá prohibido salir del país, fijar domicilio y no permanecer más de 24 horas fuera de allí. Además, deberá asistir al juzgado una vez por mes. El médico, como lo estableció el fallo, no quedará detenido hasta tanto la sentencia quede firme.
Mientras Martín Montagna, María Soledad Seijo y María Quiroga, los otros tres médicos que llegaron imputados al tramo final del juicio, fueron absueltos. En la audiencia de los alegatos ya habían sido absueltos Maximiliano Ragazzoli, Darío Ricardo Campos y Marina Vogelin.
Luego de hacer un repaso inicial sobre las causas que provocó la muerte de Alejandro Cohn, un diagnóstico de encefalopatía hipoxico isquémica o muerte encefálica, el juez Facundo Ocampo, titular del Juzgado Correccional N°4, explicó que realizaría la lectura de los fundamentos centradas en determinar si hubo algún tipo de responsabilidad de los acusados para llegar al desenlace trágico y el fallecimiento de Cohn.
El relato comenzó por la participación de Toro Solano. En sus fundamentos el juez Ocampo sostuvo que el médico no realizó la atención primaria para el cuadro de hipoglucemia que había sufrido Cohn, de acuerdo al trazado testimonial de los relatos que se escucharon durante el juicio. “La testigo que lo asistió en la calle ofreció un poco de azúcar para resolver el problema, pero el médico de la ambulancia les dijo que no, que en el hospital lo atenderían, pero no ocurrió. La ambulancia estaba equipada con todos los elementos para ser atendido, pero tampoco pasó; y en el hospital, la atención no llegó”, se sostuvo en el fallo.
“Los peritos aportaron que no se había realizado la atención primaria en un cuadro que era de hipoglucemia y de deshidratación severa. Se lo debía hidratar, monitorear y agregarle las dosis de glucosa que necesitaba, no cabían dudas de que se trataba de una urgencia. El estado del diabético es urgente”, agrega. “Está clara la participación del médico y su responsabilidad en el hecho. Los 38 minutos que Cohn estuvo bajo sus cuidados y de no atención fueron determinantes para pasar de una situación de código amarillo a código rojo, es decir, una urgencia en una emergencia de mayor gravedad. La no actuación de Toro Solano aumentó el riesgo del paciente”, sentenció el juez.
Respecto de las actuaciones de Sánchez y Setti los fundamentos de la sentencia se basaron en la responsabilidad que les cabía a ambas profesionales en el mismo grado que la da Toro Solano. “Ellas y el médico de la ambulancia eran los responsables de la atención de los pacientes y de las salidas en ambulancias, los tres por igual, tenían la tarea de brindar atención y evitar el desenlace que terminó con la muerte de Cohn”, sostiene el fallo. “La guardia estaba a cargo de los tres médicos y la no atención llevó a este desenlace. Los tres tenían la posición de garantes de Cohn y del resto de los pacientes”, afirma.
El juicio se realizó en los tribunales de San Isidro. Al finalizar la etapa de instrucción fueron imputados los médicos Maximiliano Ragazzoli, Darío Ricardo Campos, Marina Vogelin, Martín Montagna, Ana Sánchez, Marcelo Toro Solano, Carla Setti, María Quiroga y Soledad Seijo. Pero al finalizar el proceso tres de ellos fueron absueltos.
El fiscal de la causa, Diego Molina Pico, había pedido penas de hasta cinco años de prisión y ocho años suspensión para el ejercicio de la medicina, a tono con lo solicitado por el abogado querellante, Juan Carlos García Dietze, en representación de la familia Cohn. La única diferencia entre ambas partes fue el pedido de absolución para algunos de los imputados durante la audiencia en la que se leyeron los alegatos. Para el fiscal no había pruebas suficientes para acusar a Campos, Voguelín, Ragazzoli y Montagna, mientras que García Dietze pidió que este también siga el proceso hasta el final como acusado.
Durante el juicio, que se inició el 16 de abril, dieron su testimonio los familiares de Alejandro Cohn, como su hermano, el cineasta Mariano Cohn, sus amigos, peritos que participaron de la investigación, médicos, traumatólogos, enfermeros y otros testigos. Hoy también estuvieron presentes Mariano, su mamá Beatriz, y su papá, Mario. Además, los acompañaron el actor, Luis Brandoni, y el cineasta, Gastón Duprat.
En el proceso también se realizó una inspección ocular en el hospital Melchor Romero y la fiscalía pidió abrir un nuevo proceso sobre la actuación de las enfermeras Nancy Edith Flores y Erlith Valverde, que también participaron en la atención de Cohn. En la lectura del fallo se avaló este pedido por lo que habrá una nueva investigación al respecto
Fractura en la clavícula derecha, lesiones en la parrilla costal del lado derecho, luxofractura y separación intervertebral en la zona cervical y lumbar y una escoriación en el cuero cabelludo fueron las lesiones que tenía Alejandro Cohn y que se comprobaron recién en el Hospital Italiano de la ciudad de Buenos Aires, donde fue trasladado a pedido de su familia después de comprobar varias inconsistencias durante el tratamiento médico en San Isidro.
El 29 de julio de 2015 su familia tomó la difícil decisión de quitarle la asistencia respiratoria al comprobar el diagnóstico de encefalopatía hipoxico isquémica, o muerte encefálica, provocada, presumiblemente, por la falta de asistencia primaria en la emergencia derivada del episodio diabético, como lo sostuvo la doctora Cristina Bustos, forense del Poder Judicial de la Nación que realizó la autopsia del cuerpo.
Descompensación
Alejandro se descompensó en la vía pública mientras se dirigía en su moto a jugar un partido de fútbol con amigos. Fue asistido por Cecilia Masotti y su mamá, Cecilia Sanguinetti, quien lo acompañó en la ambulancia junto al médico Toro Solano. La mujer declaró que habló con Alejandro durante todo el trayecto y que hicieron algunas bromas, lo que permitió demostrar que el paciente estaba orientado en el tiempo, espacio y lugar.
Lo que vino después fueron dos días de terror para Alejandro y su familia, desde que ingresó lúcido a la guardia del hospital municipal Melchor Posse, de San Isidro, donde ocurrieron una serie de irregularidades que fueron parte de la investigación que culminó en el juicio por homicidio culposo y sustracción de elementos de prueba; por la segunda acusación los nueve imputados habían sido absueltos.
La historia de los Cohn se contó en el documental Hermanos de Sangre, de Carlos De Elía, que se estrenó antes del inicio del juicio. Allí se detalla que el 26 de agosto de 2015, casi un mes después de la muerte de Alejandro, Mario Cohn presentó la denuncia en un juzgado penal. Todos los médicos acusados interpusieron distintos recursos planteando la nulidad de las actuaciones de las fiscalías, pero fueron rechazadas por la Cámara de Casación de la provincia de Buenos Aires. Cuatro años después, el 17 de julio de 2019, se ordenó la elevación a juicio oral.
En la etapa de instrucción se allanó el hospital Melchor Posse. Allí se comprobó que la historia clínica de Alejandro no tenía continuidad. La investigación pudo comprobar que habían desaparecido los libros de guardia, de enfermería, las imágenes de la historia clínica, las radiografías, las tomografías y las imágenes de las cámaras de vigilancia. Además, en la epicrisis, el documento que se elabora antes del traslado de un paciente, no se mencionan las lesiones que luego se comprobaron en el Italiano.
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