La Justicia ordenó garantizar el tratamiento con cannabis medicinal a un chico de 14 años
![El cannabis es la planta más antigua cultivada en el lejano oriente, pero se sabe poco si se usaba como droga psicoactiva](https://www.lanacion.com.ar/resizer/v2/el-cannabis-es-la-planta-mas-antigua-cultivada-en-CCD4C6Y2WBDSPOVJCSKTULTA6Y.jpg?auth=74d14ae9519768b051254298aecd21b377dc163ffed3e43a535fa78a297d3a73&width=420&height=280&quality=70&smart=true)
La Justicia hizo lugar ayer a un amparo presentado por una madre en representación de su hijo de 14 años, quien padece epilepsia refractaria severa con crisis múltiples, y ordenó abonar de manera integral el valor del aceite de cannabis recetado como de uso medicinal.
El titular del juzgado Nº 15, Víctor Trionfetti, ordenó a Facturación y Cobranza de los Efectores Públicos S.E. (Facoep), que en el plazo de cinco días garantice la cobertura íntegra de diez unidades de aceite de cannabis.
El producto corresponde al Laboratorio Tilray y es un frasco de 25 mililitros, observó el fallo.
El magistrado dispuso que será "bajo el apercibimiento de aplicar sanciones conminatorias de $5000 por cada día de retardo, en cabeza de quienes revisten el carácter de presidente de Facoep".
"Con relación a la epilepsia refractaria que sufre J. [la inicial del joven afectado] manifestó que debe destacarse que los antiepilépticos no siempre son efectivos para eliminar o reducir las crisis", indicó en su amparo, la madre del adolescente.
Y destacó que su médico "ordenó complementar el tratamiento con aceite de cannabis, en orden a los reportes médicos que se vienen generando a nivel internacional sobre los beneficios de su empleo para morigerar la epilepsia".
A pesar de ello, el paciente no pudo iniciar el tratamiento porque Facoep "se niega a brindarle la cobertura y ella carece de medios económicos para procurárselos por su cuenta", explicó el juez en su decisión.
También indicó que "la vida de las personas y su protección -en particular, el derecho a la salud- constituyen un bien fundamental".
"La protección de la salud es uno de los principios fundamentales en cualquier Estado moderno, principio que se plasma en la actualidad como un derecho de toda persona a exigir aquellas prestaciones básicas que en materia de salud le garanticen su dignidad como ser humano", agregó.
Trionfetti recordó que "durante 2017, el Congreso de la Nación sancionó la ley 27350 con el objeto de establecer un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados para garantizar y promover el cuidado integral de la salud".
Agencia Télam
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