La justicia civil determinó que el Jockey Club debe tener socias mujeres en su directorio
La Sala M de la Cámara Civil confirmó la resolución de la Inspección General de Justicia de finales de junio
- 5 minutos de lectura'
Se aproxima el fin de una era. La Sala M de la Cámara Civil confirmó hoy la resolución de la Inspección General de Justicia (IGJ) donde obligaba a la Asociación Civil Jockey Club a “respetar la diversidad de género” y que los órganos de conducción de la entidad estén “integrados por la misma cantidad de miembros femeninos como masculinos”.
El Jockey Club había interpuesto un recurso directo contra la Cámara con el objetivo de que la Justicia resuelva la nulidad de la medida, pero la sentencia le resultó finalmente adversa. El fallo —firmado por los jueces Carlos Calvo Costa, María Isabel Benavente y Guillermo González Zurro— resolvió que la ausencia total de mujeres entre sus 6000 socios afiliados permite determinar que existe “una barrera” que impide su acceso a la institución.
El tribunal sostuvo que la decisión de la IGJ “no solo se ajusta a las facultades reglamentarias y legales conferidas al órgano estatal, sino que es coincidente con los compromisos internacionales asumidos por la República Argentina, que condenan la discriminación contra la mujer en todas sus formas”.
Por otro lado, le concedió un plazo de 90 días para que el club instrumente los cambios en la composición de sus socios. También le impuso a la institución el pago de los costos del juicio realizado.
El margen de maniobra del Jockey para revertir la situación en la justicia es escaso, solo le resta interponer un recurso extraordinario ante la Corte Suprema si pretende mantener su postura. Consultados por LA NACION, desde el Jockey confirmaron que la próxima semana se reúne la Comisión Directiva para definir cómo seguirán con el tema.
Los magistrados tuvieron en cuenta lo planteado por ambas partes del conflicto. Desde el Jockey Club esgrimieron que la IGJ no tiene competencia para inmiscuirse en su organización y reglamentos internos. Alegaron que la medida solicitada afectaba su derecho a la “libertad de asociación” que concede la Constitución Argentina.
Para rebatirlo la IGJ planteó que si bien es cierto que existe una imposibilidad real de que el club pueda cumplir con la paridad de género en su directorio debido a la composición actual de sus afiliados, es necesario reconfigurar “el vínculo que presenta el Jockey Club sobre las personas del género femenino”.
El organismo que conduce Ricardo Nissen sostuvo que a lo largo de su historia consolidó “patrones socioculturales” y de restricción de acceso a las mujeres al órgano de gobierno de la entidad mediante el ocultamiento de la información que necesitan para solicitar su inclusión en la categoría de socias activas.
Barreras
En una resolución dictada el 24 de junio pasado, la IGJ había señalado que el Jockey Club no cuenta en la actualidad con ningún miembro activo de sexo femenino con más de 10 años de antigüedad, un requisito que plantea el estatuto de la entidad para integrar la Comisión Directiva.
A la hora de resolver, los magistrados definieron que los estatutos del club incurrían en una “categoría sospechosa”, por incluir estereotipos discriminatorios que afectan a grupos socialmente desaventajados. Su postura fue que el “género” constituye este tipo de categorías.
“Este tribunal no puede soslayar que la redacción que contiene el artículo 23 del estatuto del Jockey Club, al mencionar socios, hijos, sobrinos, nietos y yernos (pero no menciona a las nueras) sugiere con suficiente grado de certeza que la afirmación que hicieron el presidente y secretario general de la institución, en cuanto a que no hay restricción al ingreso para mujeres, no se corresponda con lo que efectivamente sucede en el club”, sostuvo el fallo.
Y agregó: “El reconocimiento de sus autoridades de que nunca hubo a lo largo de la historia socias mujeres ni tampoco en la actualidad, a pesar de no existir formalmente restricciones al ingreso y contar con 6000 socios, permite suponer que el mecanismo de ingreso al club tiene, en los hechos, una barrera que impide el acceso de mujeres”.
Los jueces entendieron que el plazo de 30 días impuesto por la IGJ para adecuar la composición no era razonable y lo extendieron a tres meses. Finalizado aquel tiempo el club deberá poner a disposición en la secretaría el nuevo reglamento que detalle el método de solicitud de afiliación con criterios que no excluyan el ingreso en base al sexo. Ello a los fines que las personas interesadas, independientes de su género, puedan iniciar el trámite y pertenecer a la institución.
El Jockey Club de Buenos Aires fue fundado el 15 de abril de 1882. Su principal impulsor y primer presidente fue el Dr. Carlos Pellegrini. Las dos premisas de su creación fueron dar origen a una entidad capaz de organizar y regir la actividad turfística nacional, y que fuera un centro social de primer orden, similar a los mejores clubes europeos de la época.
Por la falta de pago del ABL durante la pandemia, al Jockey Club se le acumuló una deuda de $480 millones. Para tratar de resolver el conflicto, la asamblea de sus socios votó a favor de un acuerdo con el Municipio de San Isidro para así obtener una rebaja de hasta el 60% de la deuda a cambio de ceder el uso de terrenos del club a la comuna por 25 años.
La institución, además de ser una de las más antiguas y exclusivas del país, es de los pocos clubes que se mantienen en la posición de segregar el ingreso en base al género.