La institución afirmó que “no es posible brindar garantías acerca del cumplimiento de la condiciones higiénico-sanitarias pertinentes” y remarcó que su rol es “proteger la salud” de la población
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso, comercialización y publicidad en todo el país de una crema regeneradora marca Lash Lifting y otros siete productos, según fue publicado este miércoles en el Boletín Oficial.
A través de la disposición 4124/2024, el organismo dependiente del Ministerio de Salud argumentó que la decisión es para “proteger la salud de los ciudadanos”. La Anmat sostuvo que “se trata de productos cosméticos ilegítimos para los que no es posible brindar garantías acerca del cumplimiento de la condiciones higiénico-sanitarias pertinentes o si fueron formulados con ingredientes permitidos por la normativa vigente aplicable”.
La institución que dirige Nélida Agustina Bisio, a partir de la nueva gestión que tiene a Mario Russo como ministro de Salud, ordenó que la decisión sea comunicada a las autoridades sanitarias provinciales y a la ciudad Autónoma de Buenos Aires para que, a su vez, tomen las medidas correspondientes.
Otros productos prohibidos
Además de la crema regeneradora, la Anmat prohibió un te verde hecho en China marca Navina que nunca fue inscripto ante la institución. También otros dos productos de la marca Vicky Nail, uno de ellos un gel y una tintura para cejas y pestañas con queratina y colágeno de la marca Sabbuha. Este último, según la Anmat, contaba con una rotulación en árabe.
La institución del Ministerio de Salud, además, declaró ilegal “la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica, así como la publicidad, de todos los lotes de todos los productos domisanitarios de marca Doy Lif hasta tanto se encuentren regularizados” ante la propia institución.
La Anmat tomó la misma decisión pero para productos de otra empresa: la marca TF3. En este caso especificó que se prohíbe la publicidad de los productos, que son “quitasarro” y “óxido” y los que se focalizan en destapar cañerías, según fue detallado en el Boletín Oficial.
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