La Anmat prohibió un aceite de oliva premium y otros productos
A través del Boletín Oficial, el organismo alegó desconocer las condiciones de elaboración del producto, al exhibir en su rótulo números de registros inexistentes
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este viernes la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país de un aceite de oliva por encontrar sus productos “falsamente rotulados”, desconocer las condiciones bajo las que son elaborados y, por ende, considerarlos “ilegales”, según informó en el Boletín Oficial.
A través de la disposición 11296/2023, detalló que se trata del “Aceite de Oliva Calidad Premium, marca Arauco, RNE: 24589668 - RNPA: 24555178, Elaborado por Agroverde R 60 Km 170 - Estación Mazan, La Rioja”.
El organismo explicó que la medida se adoptó luego de una consulta particular al Instituto Nacional de Alimentos (INAL). Tras una serie de inspecciones, en comunicación con organismos de la provincia, se conoció que el registro era inexistente.
En este sentido, la ANMAT catalogó los productos como “ilegales” por “carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de registros inexistentes”.
Para ello, se valieron de la recomendación del Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), que expone: “Toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, se recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en los sitios de venta en línea del citado producto”.
En otra disposición, la número 11299/2023, la Anmat prohibió también unas agujas de microrelleno importadas de Corea por carecer de las debidas autorizaciones sanitarias. Se trata del producto identificado como: “Micro filler Needle x 24 ea, SILK– fabricante FEEL TECH CO ltd - Korea”.
“La ausencia de autorizaciones sanitarias necesarias para su comercialización subraya los riesgos potenciales para la salud que pueden surgir de productos médicos no regulados”, precisaron.
Por último, el organismo prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Fécula de Mandioca LIBRE DE GLUTEN - “SIN TACC” marca Ranchito, Peso Neto: 1000 g, RNPA N°14000585, 11 JUN 2023 - 11 JUN 2025 (sin lote)”, por ser un producto falsificado, carecer de registros sanitarios, y estar falsamente rotulado al consignar los datos que pertenecen a un producto legítimo, resultando ser un producto ilegal.
La denuncia de un fabricante legítimo llevó a la investigación y posterior confirmación de la comercialización de un producto falsificado. La Dirección de Bromatología de Chaco intervino, decomisando el producto falsificado que carecía de registros sanitarios y estaba falsamente rotulado.
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