La Anmat prohibió la producción y la venta de una miel por ser “ilegal” y estar “falsamente rotulada”
La investigación sobre ese producto se inició por la denuncia de un particular ante la Dirección de Bromatología de esa provincia sureña por posibles irregularidades en el envase cuyo peso neto es de 500 gramos, con fecha de envasado en marzo 2022 y vencimiento en marzo de 2024, según se explica en la normativa publicada hoy en el Boletín Oficial
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración y comercialización de la “Miel de abeja & jengibre” elaborada por la empresa “Sebastián” en Neuquén. De acuerdo a un control establecido por el organismo, el producto está “falsamente rotulado”.
La investigación sobre ese producto se inició por la denuncia de un particular ante la Dirección de Bromatología de esa provincia sureña por posibles irregularidades en el envase cuyo peso neto es de 500 g, con fecha de envasado en marzo 2022 y vencimiento en marzo de 2024, según se explica en la normativa publicada hoy en el Boletín Oficial.
El organismo realizó entonces una consulta a la municipalidad de la ciudad de Plottier, donde se supone estaba radicada la empresa, para verificar si existían datos de registro de fraccionadores de miel en su jurisdicción, a lo que se informó que no poseía establecimientos registrados en ese rubro.
Además, la Anmat se encontró, tras la información suministrada por la autoridad sanitaria de Rio Negro y el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), que la etiqueta de ese producto tenía un número de autorización que existe e incluso pertenece a un establecimiento habilitado para fraccionamiento de mieles y productos derivados de la apicultura, pero que no se correspondía con la jurisdicción indicada y sería de otra razón social “resultando ser un producto en consecuencia ilegal”.
“Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio nacional”, dispuso la Anmat.
De acuerdo a las normas, todos los productos alimenticios deben contar con sus respectivos registros para garantizar su trazabilidad, sus condiciones de elaboración y su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente. Si esta información no es clara, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento.
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