La Anmat prohibió la venta de una marca de miel por tratarse de un producto “ilegal”
El organismo dependiente del Ministerio de Salud identificó que el establecimiento donde se producía y se vendía no cumplía con los requisitos mínimos para asegurar la buena calidad del producto
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración y comercialización en todo el país de una marca de miel de la provincia de Córdoba. Se trata de los productos de la marca “Miel del Valle”, la cual no cumplía con los requisitos necesarios para ser vendidos al público, y fue considerada “ilegal”.
De acuerdo a la disposición 10586/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial, el organismo descentralizado estableció prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización del producto en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea tras llegar a la conclusión de que no poseía la correcta rotulación en su envase y por carecer de registros sanitarios correspondientes de establecimiento y producto.
“Miel Multifloral, marca Miel del Valle, elaborado por Agropecuario del Valle, Ruta 30 km 158, Achiras, Córdoba, Argentina, Análisis Municipal N° 77610″, indicó la Anmat que se leía en la etiqueta del producto. Definió además, que la prohibición abarca “cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento”.
Cómo se llegó a la resolución
La resolución a la que llegó la Anmat se inició a raíz de una denuncia sobre el establecimiento en el que se vendía el producto mediante una notificación de la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de Córdoba, por medio del Incidente Federal N°3308 a través del Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA).
En el proceso de investigación se consignó que ya se habían realizado averiguaciones sobre legalidad del producto vendido tanto en las ciudades de Cosquín y Río Cuarto en la mencionada provincia cordobesa.
Por lo tanto, luego del chequeo del establecimiento, se determinó que no cumplía los requisitos mínimos para asegurar la integridad del alimento vendido, y tras averiguar que el envase y su etiquetado no contenía la validez del RNP y RNA, a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomendó prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento.
Esto ocurre toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad.
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