La Anmat prohibió la venta de un repelente contra el mosquito que transmite el dengue
Se trata de una serie de productos de la marca Chakra que no contaban con los requisitos y autorizaciones del organismo dependiente del Ministerio de Salud; la medida se dio a conocer en el Boletín Oficial
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En la madrugada de este lunes, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió “el uso, comercialización, publicación y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea” de la marca de repelente natural contra mosquitos “Chakra”, con la intención de “proteger a los eventuales usuarios” dado que el producto carecía de los “registros de establecimiento y de producto”.
La medida se determinó a través de la disposición 7502/2024 publicada en el Boletín Oficial luego de una investigación llevada a cabo mediante el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal, al verificarse que se trataba de producto que no contaban con las garantías sanitarias requeridas por la Anmat, y por la tanto no había sido autorizado para su uso.
Es así que en el artículo primero de la disposición se decidió: “Prohíbese el uso, la comercialización, la publicidad, la distribución en todo el territorio nacional y la publicación en plataformas de venta en línea de los repelentes de insectos de origen nacional, en todos los lotes, presentaciones y contenidos netos: Repelente Natural De Aedes Aegypti, Marca Chakra Profesional; Repelente Natural De Mosquitos, Marca Chakra Profesional; Y Repelente De Vainilla Extracto Natural, Marca Chakra Profesional”.
En tanto en su su segundo apartado se dio extendió la comunicación a las dependencias correspondientes: “Comuníquese a la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras del Ministerio de Salud de la Nación, a las autoridades sanitarias provinciales, a la del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Dirección de Relaciones Institucionales y a la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud. Comuníquese la prohibición dispuesta a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos. Cumplido, dese a la Coordinación de Sumarios a sus efectos”.
La semana pasada, la Anmat había decidido quitar del mercado otro repelente para mosquito. Se trataba de la marca Elohin Coof la cual no estaba registrada en su base de datos: “No se hallaron productos cuyos datos identificatorios se correspondan con los obrantes”.
Ante la falta de información, se hizo una fiscalización en medios electrónicos en busca de sitios web o publicaciones en plataformas de venta online donde se lo comercializara. Una vez encontrado, tomó intervención el “Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos Sujetos a Vigilancia Sanitaria” a fin de que gestionen la baja de las publicaciones de venta electrónicas.
Con esto en mente, y de la misma forma que con la marca Chakra, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud recomendó prohibir el uso, comercialización, publicación y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto de origen nacional denominado “repelente de insectos marca Elohin Coof en todos sus lotes, presentaciones y contenidos netos”.
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