La Anmat prohibió la venta de un dulce de leche falsificado de una reconocida marca
A través del Boletín Oficial, el organismo prohibió un producto apócrifo que era vendido en una feria
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este miércoles un dulce de leche falsificado de una reconocida marca a raíz de una denuncia que logró determinar que estaba siendo elaborado de forma ilegal.
A través de la disposición 1037/2022, publicada hoy en el Boletín Oficial, el organismo prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto falsificado en cuyo rótulo dice: “Dulce de leche libre de gluten marca Havanna, RNPA Nº 02-514559, RPE Nº 02-030322, Insc SENASA 84-04510, presentación: envase de cartón, en cuya tapa posee un sello con la identificación Riviere e Hijos S.A., Ind. Arg. PAMS 02-349454″. Tal como precisaron, se trata de un producto falsificado, por carecer de registros y por estar falsamente rotulado al consignar en su rótulo un registro de producto inexistente y por consignar el logo de Alimento Libre de Gluten con la leyenda “SIN TACC”.
La Anmat informó que el legítimo elaborador realizó una denuncia ante la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) de la provincia de Buenos Aires en la cual advertían que este producto no había sido elaborado por la firma Havanna SA. En esa oportunidad, relataron que se tomó conocimiento a través de propios consumidores que adquirieron este producto en comercios de una feria de la ciudad de Iguazú, en la Provincia de Misiones.
A simple vista, los potes de cartón tenían aparentes características normales de identificación, envasado y rotulación, sin embargo el producto falsificado se identificaba con una versión de rotulo anterior a la que se utiliza actualmente. Asimismo, tal como precisaron, el rotulo del producto falsificado era de papel y se desgarraba, mientras que el que utiliza la firma Havanna SA son de polipropileno. Tampoco el fechado y la dirección de email del servicio de atención al cliente correspondía con la que utiliza la firma.
La empresa agregó en la denuncia que el producto ilegítimo tenía detallado en su rotulo la leyenda sin TACC (Producto Libre de Gluten) por lo que resultaba peligroso para el consumo de la población celíaca. A su vez, otro dato a tener en cuenta era que el RNPA N° 02-514559 declarado en el rotulo afirmaba que se correspondía al producto “Dulce de Leche Havanna envasado en potes de cartón” pero ese registro venció el 21 de enero de 2015.
La Dirección de Industrias y Productos Alimenticios de Buenos Aires notificó y le dio intervención a la Dirección de Saneamiento Ambiental de la provincia de Misiones que realizó una inspección en un local de dicha feria en la localidad de Iguazú, donde pudieron verificar la comercialización del producto denunciado en presentaciones de 500 y 1000 gramos. Luego de ello, tomaron intervención de todas las unidades en stock y enviaron a la firma imágenes de los rótulos hallados. Acto seguido, Havanna confirmó que se trataba de un producto falso.
“Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284″, precisó la Anmat en esta disposición.
El organismo prohibió además la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de un aceite de girasol marca “Gira-sol, RNE 20-041081 - RNPA EX-2020-15273133, Industria Argentina”. Según detalló en la disposición 1036/2022, carecía de registros sanitarios, consignaba un RNE inexistente y un RNPA correspondiente a otra marca y razón social, resultando así, ser productos falsamente rotulados y por lo tanto ilegales.
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