La Anmat prohibió la venta de todos los productos de una marca de insumos médicos descartables
La disposición, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, sostuvo que la firma deberá obtener un nuevo Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación para volver a comercializar
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este miércoles el uso, la comercialización y la distribución de todos los productos de una marca de equipamientos médicos descartables.
Tal como se estableció en la disposición 9199/2021, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, se prohibieron todos los lotes elaborados por la firma Productos Médicos Descartables SA hasta tanto la firma obtenga el Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación correspondiente.
Tal como indicaron en el documento, las actuaciones se iniciaron en virtud de una denuncia recibida por parte del Centro de Salud Villa Odorico, respecto de la legitimidad de jeringas descartables de distintas capacidades, marca TJ, con y sin aguja, elaboradas por esta firma y en cuyas cajas figuraba el número de legajo de la firma adulterado e ilegible y no poseían número de registro de producto médico.
Debido a esto, la Dirección de Gestión de Información Técnica informó que Productos Médicos Descartables SA se encuentra habilitada ante la Anmat como empresa fabricante e importadora de productos médicos, emitiéndose el Certificado de Cumplimiento de Buenas Prácticas de Productos Médicos Nº 007/13 el 14 de enero de 2013 y cuyo vencimiento operó el 14 de enero de 2018.
Seguido de esto, la administración informó que personal de la ex Dirección Nacional de Productos Médicos se dirigió al domicilio de la firma, ubicado en Juan José Castelli N° 718, Morón, Provincia de Buenos Aires, y que pese a los reiterados llamados no fueron atendidos.
En tanto, esta dirección sugirió a la Anmat que, a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los productos fabricados por esta firma, se recomienda prohibir el “uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional todos los productos y lotes elaborados por Productos Médicos Descartables SA”.
En consecuencia, el organismo precisó que deberán iniciar un trámite de renovación del Certificado de Cumplimiento de las BPF y que de no ser cumplido en un plazo de 120 días corridos previos a la fecha de vencimiento, se producirá la caducidad del pleno derecho de los productos, hasta tanto se realice una nueva verificación y se otorgue el certificado correspondiente.
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