La Anmat prohibió la venta de la versión falsificada de un reconocido aceite de oliva y alertó sobre otros productos
El organismo tomó conocimiento de que circulaba en el mercado un apócrifo de la marca Nucete y tomó cartas en el asunto a fin de proteger la salud de posibles consumidores
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) advirtió este martes sobre la falsificación de un reconocido aceite de oliva y tomó cartas en el asunto para proteger la salud de posibles consumidores. También, prohibió hoy otros productos.
A través de la disposición 6759/2022, publicada en el Boletín Oficial, indicaron que todo comenzó a raíz del reclamo de un consumidor quien dijo que un aceite de oliva virgen extra clásico de la marca Nucete no cumplía con la normativa vigente. Según manifestó esta persona, al consumirlo habría tenido síntomas gastrointestinales.
Sin embargo, luego de comunicarse con el servicio de atención al cliente de la firma Agro Aceitunera S.A., responsable de esta reconocida marca, habrían advertido que se trataba de un producto ilegítimo. A continuación, pudieron determinar las diferencias entre ambos productos.
Precisamente, el producto falsificado cuenta con un capuchón que protege la tapa del envase con textura lisa, con el logo dorado estampado ilegible. También, observaron que la etiqueta frontal es opaca con el logo impreso digitalmente en color marrón oscuro; características que no son propias del producto genuino. Y alertaron que el lote indicado en el producto falsificado (C5-205612 – Vto. NOV 2023) no se condice con la fecha de vencimiento de ninguno de los lotes originales de la empresa. Tras esto, se retiraron nueve botellas del comercio señalado y se precisó que el encargado no aportó datos del proveedor.
Según determinaron, el “Aceite de Oliva Virgen Extra, Clásico, marca Nucete, Cont. Neto 500 ml (botella), RNPA Nº 18-008914, C5-204603 - Vto. NOV – 2023, Elaborado y Fraccionado por RNE N° 025-18000699, San Juan, Argentina, Para Agro Aceitunera S.A., RNE N° 12000041, Espectación F de Avila S/N, Aimogasta, La Rioja, Argentina” se trata de un producto apócrifo.
Como sucede en estos casos, al ser un producto falsificado, carecer de registros sanitarios, y estar falsamente rotulado -al consignar los datos que pertenecen a un producto legitimo- la Anmat considera que se trata de un producto “ilegal”.
A raíz de esto, en los considerandos del documento se detalló que “por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República”. Luego, la administración subrayó que tomó la determinación de prohibirlo “a fin de proteger la salud de los ciudadanos”.
Otros productos prohibidos
A través de una serie de disposiciones, la administración nacional, que depende del Ministerio de Salud, prohibió también este martes una máquina de depilación definitiva, una empresa que se dedicaba a la elaboración de galletitas, otro aceite de oliva y un relleno de ácido hialurónico.
A través de la disposición 6757/2022, la Anmat relató que fue alertada por el robo de una máquina de depilación definitiva “Soprano ICE Platinum s/n: PLAT052544 y Cabezal Trio s/n: PLAT3D2015582″ e indicó que el aparato fue alquilado a un particular quien no devolvió los elementos a su propietario.
Por este motivo, a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios, toda vez que se trata de unidades individualizadas de las que se desconoce su estado y condición, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud recomienda prohibir la comercialización, uso y distribución en todo el territorio nacional de los productos identificados, y la Anmat así lo dispuso.
También, en otro documento prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de todos los producto elaborados por “GREENCOOK S.A” y/o “Servicios Logísticos Copérnico S.R.L” en el establecimiento con RNE N°02-033.245, marca “NS GALLETAS”, por ser elaborados en un espacio que no cumple con las condiciones higiénico sanitarias, y por carecer de registros sanitarios. “Resultando ser en consecuencia ilegales”, indicaron.
Asimismo, la administración prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta online de otro aceite de oliva. Esta vez, por carecer registros de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal. Se trata del “Aceite de oliva extra virgen, Sabor Intenso, marca Monte del Rey, RNPA: Expte. N° 2021-01874252, RNE: 03-951.357, Origen Mendoza, Envasado por Casanova S.A.”, según se precisó en la disposición 6769/2022.
Por último, en otra disposición publicada este martes en el Boletín Oficial, el ente alertó sobre un relleno dérmico inyectable de ácido hialurónico, “Juvederm Voluma with Lidocaine 2 X 1 mL INJECTABLE GEL, LOT VB20A90720, (fabricación) 2022.02, (vencimiento) 2024.01, REF 96637JR, ALLERGAN”.
Ante la sospecha de una posible falsificación, se decidió prohibir el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional del producto. “La existencia de unidades falsificadas en el mercado representa alto riesgo para la salud de los potenciales pacientes a los que se pudieran administrar”, argumentaron.
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