La Anmat prohibió dos aceites de oliva por carecer de establecimientos y estar falsamente rotulados
La institución lo comunicó a través del Boletín Oficial; son de una empresa mendocina y otra riojana; el organismo, además, inhabilitó un antiséptico y un producto dietario
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este viernes la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país de dos aceites de oliva, según se publicó en el Boletín Oficial. Uno de Mendoza, de la marca San Marcos Cuyanos, y el otro de La Rioja, de la empresa Maders Hermanos.
La institución dependiente del Ministerio de Salud justificó para ambos casos que “carecen de registros de establecimiento y producto”, además de “estar falsamente rotulados”, por lo que se trata de “productos ilegales”.
A través de la disposición 8698/2023, publicada en el Boletín Oficial en las primeras horas del viernes, la Anmat informó que la medida supone prohibir “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea del producto: “Aceite de oliva extra virgen, marca San Marcos Cuyanos, RNE: 020-52375, RNPA: 03176054, Procedencia Mendoza, Envasado por San Marcos Cuyanos S.A.”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.
Mientras que, en el caso del producto producido en La Rioja se prohibió “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Aceite de Oliva Virgen Extra - Prensado en frío, marca Lietuva - Elaborado y envasado por MADERS HERMANOS - Zona de producción: Ruta 60 km 1332, Villa Mazan, La Rioja, RNE 03000115, RNPA 030003335-3″, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulado al indicar números de RNE y RNPA inexistentes.
Valiendose de la recomendación del Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), la Anmat advierte que “toda vez que se trata de un producto falsificado del que se desconocen sus condiciones de elaboración/ fabricación, sugirió prohibir el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes y presentaciones del producto”.
El mes pasado, se había prohibido otro aceite de oliva de la marca Monte del Rey luego de una serie de inspecciones, también, al igual que estos dos casos por “carecer de autorización de establecimiento y producto”.
La institución gubernamental, por otra parte, inhabilitó otros productos, como un antiséptico y suplementos dietarios, entre otros.
A través de la disposición 8696/2023, prohibió el uso, la distribución y la comercialización en todo el territorio nacional de todos los lotes y presentaciones del producto rotulado como: “Solución de Iodopovidona al 10% FA VI ed., elaborado y envasado por el laboratorio DRINAS S.A.S.” hasta tanto obtenga sus autorizaciones.
Por último, la Anmat alertó a la población por una serie de suplementos dietarios, que detalló en la disposición 8699/2023, dado que carecían de registros sanitarios de establecimiento y producto y resultaban ser en consecuencia productos ilegales.
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