Incendios en el delta del Paraná: la decisión de un fiscal que podría dar un giro a una causa por las quemas
Los tres apicultores imputados por comenzar el fuego en un sector de las islas habían pedido una probation; el Ministerio Público lo rechazó por considerar que es un delito grave
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ROSARIO.- Desde principios de 2020 hasta este año inclusive, la bajante del Paraná, la prolongadísima sequía que aún afecta la zona central del país y el uso del fuego como herramienta de manejo para extender el terreno que se dedica a la ganadería en las islas dejaron miles de hectáreas quemadas en el delta de ese río, un ecosistema de humedales valioso por los beneficios que aporta, donde el control estatal suele estar ausente.
En el marco de las diferentes causas que tanto la Justicia Federal como las provinciales de Entre Ríos y Santa Fe tramitan para intentar determinar responsabilidades y asignar penalidades por los incendios, a principios de este mes se conoció una decisión del fiscal general de Paraná, José Ignacio Candioti, de rechazar un pedido de probation en beneficio de Rodolfo Herrera, Daniel Herrera y Adán Herrera, tres apicultores entrerrianos que fueron imputados por haber iniciado quemas intencionales en islas ubicadas frente a Villa Constitución hace poco más de un año.
La argumentación
Para Candioti, en este caso la imputación está atada a conductas “que derivaron en incendios con peligro para el bien común”. “El conflicto penal suscitado tiene entidad y gravedad suficiente para ser resuelto a través de un juicio oral y público”, explicó el profesional en un documento publicado el 6 pasado, en el que recuerda que la imputación a estos tres hombres es por haber provocado un incendio intencional y quema de pastizales, el 14 de agosto de 2022 en la zona del arroyo Los Laureles, en jurisdicción entrerriana, cuando la policía de esa provincia los vio con “horquilla, pala y baldes”.
Esa conducta, según el fiscal, fue violatoria del artículo 186, inciso 1º, del Código Penal –que prevé penas de hasta 10 años de prisión– por causar un incendio “cuando hubiera peligro común para los bienes”. “No puede soslayarse que se trata de un delito cuyo bien jurídico protegido es la seguridad pública frente a actos que la pongan en peligro”, argumenta Candioti en su texto.
Protección de la naturaleza
A la hora de justificar su decisión, el fiscal general de Paraná alegó que cuando se trata de hechos cometidos (en este caso, las quemas) en áreas protegidas como los humedales, se hace referencia a un delito cuyo bien jurídico protegido es la seguridad pública. Candioti recordó que los humedales son ecosistemas caracterizados por encontrarse permanentemente en estado de inundación o bien con el suelo saturado de agua, que se constituye como el elemento clave que define su flora, su fauna, las condiciones ecosistémicas y los vínculos entre todos estos.
Para el funcionario “su protección es primordial”, ya que permiten “el mantenimiento de la diversidad biológica, la paliación de inundaciones, el reparo al cambio climático, la provisión y el abastecimiento de agua”. En ese punto, recordó que el Estado argentino suscribió la Convención de Ramsar, que otorga un estatus especial a humedales considerados de importancia internacional.
Además, estableció una relación entre el cuidado del ambiente y el de la salud, al señalar que la realización de incendios en sitios catalogados como humedales “compromete a su vez la salud de los habitantes y el ambiente, y cuyo derecho a su goce tiene jerarquía constitucional, en razón de lo establecido por el artículo 41 de nuestra Constitución Nacional, que establece que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano”.
Un caso en la agenda pública
Los incendios en el delta, que entre muchas otras consecuencias negativas generaron una muy importante contaminación del aire durante muchas semanas en ciudades ribereñas como Rosario, Villa Constitución, San Lorenzo y San Nicolás en diferentes momentos de 2020, 2021 y 2022, instalaron el tema en la agenda pública, política y, finalmente, judicial.
Por eso, Candioti subraya que los operadores judiciales no pueden ignorar que estos incendios “constituyeron un caso de gran repercusión nacional debido al grave daño que causaron”, lo que justifica su decisión de ir a juicio oral y público “donde se expongan todas las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que acaecieron los hechos”. “El compromiso del Estado nacional en la tutela del ambiente constituye una obligación primordial no sólo de cara a la sociedad actual, sino, para garantizar el aprovechamiento del ambiente de las futuras generaciones”, concluyó el fiscal.
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