Fallo positivo para las empresas automotrices
La Corte Suprema falló en favor de las empresas automotrices acusadas de evadir impuestos por valor de 700 millones de pesos.
La resolución del máximo tribunal calificó de "manifiestamente inatendibles" los reclamos de la DGI en la causa por la cual había apelado Autolatina tras la causa iniciada por el entonces titular del organismo recaudador, Carlos Tacchi.
El conflicto se originó en 1991, cuando Tacchi denunció que las empresas automotrices habían liquidado incorrectamente el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y otros impuestos internos.
En 1996, un fallo en primera instancia dio razón a la empresas, pero la DGI lo apeló.
Fallo positivo
Corte: el tribunal falló en favor de los fabricantes de automóviles y no reconoció la presunta evasión del IVA que reclamaba la Dirección General Impositiva.
(DyN).- La Corte Suprema de Justicia de la Nación falló ayer en favor de las empresas automotrices acusadas por la Dirección General Impositiva (DGI) de evadir impuestos por un monto superior a los 700 millones de pesos en el mecanismo de facturación por los planes de ahorro.
La resolución fue adoptada en una demanda iniciada por la firma Autolatina (ex Ford-Volkswagen) contra la DGI y rechazó los argumentos del ente recaudador, defendidos pública y encendidamente por el ex titular de ese organismo, Carlos Tacchi.
"Los agravios formulados por la DGI ante esta Corte, tendientes a descalificar la facturación realizada por la actora por el hecho de estar dirigida a los concesionarios y no a los suscriptores, resultan manifiestamente inatendibles", expresó el más alto tribunal.
Los ministros de la Corte ratificaron lo resuelto por los magistrados de primera y de segunda instancia que intervinieron en la causa, y recordaron la existencia de un peritaje a favor de la postura de las empresas automotrices y que no fue objetado por la DGI.
"En tal dictamen se afirma que la sociedad administradora de los planes de ahorro constituían grupos cerrados de ahorro integrados por adherentes que se comprometían a aportar cuotas que mensualmente conformaban el valor móvil de los vehículos", expresó el voto mayoritario del alto tribunal.
Añadió que "los fondos eran remitidos a Autolatina S.A., ex Ford Motor Argentina, concertándose desde ese momento la adquisición de las unidades".
Las cuotas estaban acordadas
"La facturación de esas unidades era efectuada por Ford Motor al concesionario con el cual el adherente había acordado y suscripto el plan, aplicando los precios que regían según las listas de precios al concesionario", sostuvo la Corte.
Agregó que "frente a las conclusiones del peritaje pierden consistencia los argumentos de la DGI, pues carece de relevancia que las cuotas a cargo de los adherentes hayan continuado ajustándose inclusive después de la adjudicación y de la entrega del automóvil".
El conflicto tuvo origen a mediados de 1991, cuando el entonces secretario de Ingresos Públicos, el licenciado Carlos Tacchi, sostuvo que las automotrices habían liquidado de manera incorrecta los pagos del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y de otros impuestos internos.
De acuerdo con la visión de las autoridades del Palacio de Hacienda de entonces, las terminales tendrían una deuda con el fisco de 700 millones de pesos.
Un fallo en primera instancia, a principios de 1996, les dio la razón a las automotrices, pero la DGI resolvió apelar esa decisión, la que fue ratificada por la Cámara Federal del fuero Contencioso Administrativo.
Ya en diciembre de 1995, el entonces ministro de Economía Domingo Cavallo intentó convencer, sin éxito, a las empresas automotrices para que pagasen la deuda presuntamente contraída con la DGI a través de la moratoria instrumentada en esa época.