El per saltum es un atajo
El per saltum es un recurso atípico para llevar un caso judicial a estudio de la Corte Suprema, saltando ( saltum ), es decir, pasando por alto, uno de los requisitos que siempre se exigen: que el caso haya sido resuelto, previamente, por el tribunal superior, que normalmente es la Cámara de Casación o una cámara de apelaciones.
Cuando un juez resuelve un caso, el recurso de apelación lleva el tema a estudio de alguna cámara y, en las causas penales, todavía es necesario presentar otro recurso, ante la Cámara de Casación, antes de poder trasladar al asunto para que lo analice la Corte.
Cuando la cámara se pronuncia, la vía normal para reclamar que el tema sea estudiado por la Corte es el recurso extraordinario o, si éste no es admitido, el denominado recurso de queja. Pero quien los plantea debe cumplir numerosos y exigentes requisitos procesales.
Frente a esa situación, el per saltum pretende ser un atajo para abrir las puertas de la Corte, sin cumplir algunos de esos recaudos.
Pero el alto tribunal sólo admitió el per saltum en algunos casos extremos, cuando supuestamente encontró que existía alguna circunstancia que daba al caso una gravedad institucional de gran repercusión social.
El caso más recordado en el que la Corte aplicó el per saltum fue la causa Dromi [Roberto, ministro durante el gobierno de Carlos Menem]: el Gobierno había encarado la privatización de Aerolíneas Argentinas y un juez de primera instancia dictó una medida que frenó el proceso privatizador. La Corte, sin esperar a que el caso fuese resuelto por la Cámara de Apelaciones, tomó en estudio ese expediente y dictó una sentencia.
Luego, en 2002, el per saltum estuvo regulado por una ley, pero ésta fue derogada. Y, ahora, la mayoría de los jueces se niega a tomar un caso per saltum si no está regulado por ley.